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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (09/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Sábado 9 de setiembre de 2023 El Peruano / mínimos con los que debe contar el cargo estructural de Adjunto/a (FP).”; en ese sentido, concluye que: “(…) se ha visto por conveniente aprobar la modi fi cación de cargo de Adjunto/a, contenido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado con Resolución de Secretaría General N° 124 -2022/DP-SG.”; Que, por su parte, a través del Informe N° 057- 2023-DP/OPP, de fecha 01 de setiembre de 2023, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que: “4. (…) la Ley N° 31419 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 052-2023-PCM, no es aplicable al cargo de Adjunto/a. 6. (…) esta o fi cina a través de su Área de Modernización ha veri fi cado que los cargos contenidos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos guarden coherencia y alineamiento con el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Defensorial N° 007-2019/DP, modi fi cado por Resolución Defensorial N° 004-2022/DP y Resolución Defensorial N° 009-2022/DP.”; en ese sentido, concluye lo siguiente: “La propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos presentada por la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, se delimita al cargo de Adjunto/a; precisando su clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad. Asimismo, las O fi cinas de Recursos Humanos, o la que hagan sus veces, bajo responsabilidad, tienen la obligación de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 31419 su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, en lo que le resulte aplicable; así como las demás disposiciones complementarias emitidas por SERVIR. El proyecto de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Defensoría del Pueblo propuesto por la OGDH ha sido elaborado de acuerdo a la estructura orgánica de la Defensoría del Pueblo contenida en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Defensorial N° 007- 2019/DP y modi fi cado con Resolución Defensorial N° 004- 2022/DP y Resolución Defensorial N° 009-2022/DP.”; Que, mediante Informe N° 452-2023-DP/OAJ, de fecha 04 de setiembre de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que: “(…) habiéndose cumplido con el procedimiento y requisitos establecidos en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, resulta procedente aprobar la modi fi cación del Manual Clasi fi cador de Cargos de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 124-2022/DP-SG.”; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones, la Secretaría General se constituye en la autoridad de gestión administrativa y conforme al artículo 18° del Reglamento citado, se encarga de dirigir, coordinar y supervisar la ejecución de las actividades de los órganos de administración interna en asuntos de recursos humanos, entre otros; ello en concordancia con el literal i) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; Que, en ese sentido, el literal d) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones, señala que la Secretaría General representa a la Defensoría del Pueblo en los actos y contratos propios de la gestión administrativa de la entidad, comprendidos en los sistemas de recursos humanos, entre otros; Que, por los considerandos expuestos, corresponde aprobar la modi fi cación del Manual Clasi fi cador de Cargos de la Defensoría del Pueblo, propuesto por la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano y con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Con los visados de la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal h) del numeral 5.1, el inciso 5.2.2 del numeral 5.2, al inciso 6.1.7 del numeral 6.1 y al inciso 6.1.10 del numeral 6.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 17°, 18° y los literales b), c), d), n) y v) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobada por Resolución Defensorial N° 007-2019/DP y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación al Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Defensoría del Pueblo, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo, en este último en la misma fecha en que se publica en el Diario O fi cial El Peruano, de acuerdo a los incisos 6.1.7 y 6.1.9 del numeral 6.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS GONZALES HIDALGO Secretario General ANEXO Clasi fi cación Sigla Cargo estructural Funcionario Público FP Adjunto/a Funciones del cargo estructural: 1 Organizar, plani fi car y coordinar las actividades del personal a su cargo. 2Proponer, coordinar, supervisar y dirigir en el ámbito de su competencia la política institucional, en materia de la Adjuntía. 3Elaborar y proponer al Titular, los proyectos de informes y resoluciones defensoriales en temas de competencia de la Adjuntía respectiva 4Dirigir y supervisar las investigaciones e informes que se realizan en la Adjuntía. 5 Supervisar y evaluar los servidores a su cargo. 6Realizar las gestiones necesarias ante las autoridades, funcionarios y servidores de los organismos, entidades públicas para el cumplimiento de sus funciones. 7Absolver en el ámbito de su competencia las consultas que se planteen en el curso de las investigaciones. 8Aprobar los proyectos de supervisión a entidades del Estado y supervisar su ejecución a nivel nacional. 9 Emitir directivas y lineamientos de actuación en temas de su competencia 10Proponer a la Alta Dirección la creación de Programas de acuerdo a las competencias de la Adjuntía, supervisando su actuación. 11Brindar declaraciones sobre temas de su competencia a los diferentes medios de comunicación en coordinación con la O fi cina de Comunica- ciones e Imagen Institucional y la Primera Adjuntía. 12Plani fi car y programar las actividades de la Adjuntía en el Plan Operativo Institucional (POI) para dar cumplimiento a los objetivos del Plan Es-tratégico Institucional (PEI). Requisitos del cargo estructural: Formación académica a) Nivel educativo