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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (20/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALESMiércoles 20 de setiembre de 2023 El Peruano / Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Juan Pablo Vegas Torres 1,254.94 440.00 3 + 1 1,760.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.” Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 0607-2023-RE, de 15 de setiembre de 2023. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA CHOQUEHUANCA Ministra de la ProducciónEncargada del Despacho de Relaciones Exteriores 2216878-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de EMSAPUNO S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 407-2023-VIVIENDA Lima, 19 de setiembre de 2023 VISTOS:El Informe Nº 397-2023-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; el Memorándum Nº 1673-2023-VIVIENDA/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 831-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante la Resolución Ministerial Nº 381-2022-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 729 888 935,00 (TRES MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal b) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que, según el numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego que será publicada en el diario o fi cial El Peruano; asimismo, el numeral 16.3 del mismo artículo dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; Que, mediante el Informe Nº 397-2023-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, sustentado en el Informe Legal Nº 485-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2, de la Unidad de Asesoría Legal, el Memorándum Nº 1688-2023/VMCS/PNSU/3.1 y el Informe Nº 674-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del PNSU, y el Memorando Nº 1710-2023-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.3 de la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios, solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS, se gestione la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno S.A. - EMSAPUNO S.A., hasta por la suma de S/ 658 144,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para ser destinados únicamente y exclusivamente al fi nanciamiento de la adquisición de 3,200 medidores para asegurar el racionamiento del servicio de agua en el distrito de Desaguadero, que viene atravesando un desabastecimiento del servicio de agua como consecuencia de la grave crisis hídrica por la ausencia de lluvias y la presencia de sequías generalizadas. Que, con el Memorándum Nº 1673-2023-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 462-2023-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 658 144,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EMSAPUNO S.A., destinada para los fi nes señalados en el considerando precedente; Que, mediante el Informe Nº 831-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la EMSAPUNO S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 658 144,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EMSAPUNO S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EMSAPUNO S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 658 144,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno Sociedad Anónima - EMSAPUNO S.A., destinada al fi nanciamiento de la adquisición de 3,200 medidores que permitirá un adecuado control de racionamiento del servicio de agua potable en el distrito de Desaguadero, que viene atravesando un desabastecimiento del servicio de agua como consecuencia de la grave crisis hídrica por la ausencia de lluvias y la presencia de sequías generalizadas. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2023