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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (20/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALESMiércoles 20 de setiembre de 2023 El Peruano / Segundo . En atención a ello, mediante la resolución de vistos esta Presidencia dispuso las acciones administrativas necesarias para el adecuado funcionamiento de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva en esta Corte Superior de Justicia, siendo una de las citadas medidas, el cierre de turno de los Juzgados de Investigación Preparatoria y Juzgados Penales Unipersonales de Proceso Inmediato, así como de los Juzgados de Investigación Preparatoria de los distritos de Surco y de La Victoria y San Luis, únicamente para el ingreso de procesos de delitos cometidos en fl agrancia, a partir del 18 de setiembre de 2023. Tercero . Mediante Resolución Administrativa Nº 389-2023-CE-PJ se dispuso modi fi car los artículos segundo, tercero y cuarto de la Resolución Administración Nº 370-2023- CE-PJ, estableciendo que el 1º y 2º Juzgado de Investigación Preparatoria y el Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Flagrancia tendrán competencia territorial en los distritos de Cercado de Lima, Jesús María, Breña y Rímac. Cuarto . Asimismo, en su artículo cuarto dispone dejar sin efecto el artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 123-2023-CE-PJ, en el cual se dispuso: “Establecer a fi n de mantener una celeridad y dinamismo en la tramitación y resolución de los procesos de fl agrancia delictiva, que la etapa de ejecución de estos procesos sea conocida también por aquellos juzgados que tendrán el turno cerrado”. Quinto. Mediante el correo de vistos, la Coordinación de Informática formula la consulta referida a los juzgados que serían competentes en caso de inhibición del 1º y 2º Juzgado de Investigación Preparatoria y del Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Flagrancia. Sexto. Estando a lo expuesto, corresponde disponer las acciones que se deben ejecutar para el cumplimiento de lo acordado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, así como para establecer el procedimiento para reemplazar a los jueces de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva, cuando se otorgue a alguno de ellos licencia por cualquier causa atendible, o, en caso de inhibición o recusación. Sétimo. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de justicia en sus distintos niveles y áreas. Octavo . Por estos fundamentos, y en ejercicio de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo de 2018; SE RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 561-2023-P-CSJLI-PJ, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- DISPONER a partir del 18 de setiembre de 2023, el inicio del funcionamiento de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de esta Corte Superior de Justicia, que se ubicará en Jirón Huancavelica Nº 313, Cercado de Lima, conformada por el 1º y 2º Juzgado de Investigación Preparatoria y el Juzgado Penal Unipersonal Especializado de Flagrancia, con competencia, en esta primera etapa, en los distritos de Cercado de Lima, Breña, Jesús María y Rímac, exclusivo para el conocimiento de los procesos en fl agrancia delictiva. Artículo Segundo.- EXCLUIR, a partir del 18 de setiembre de 2023, los distritos de Cercado de Lima, Jesús María, Breña y Rímac de la competencia territorial de los Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados Penales Unipersonales y del Juzgado Penal Colegiado Conformado de Proceso Inmediato, respecto a los ingresos de procesos por delitos cometidos en fl agrancia; manteniendo sus competencias territoriales para los procesos por delitos de Conducción en Estado en ebriedad y/o drogadicción y Omisión a la asistencia familiar. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el cierre de turno dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 561-2023-P-CSJLI-PJ. Artículo Cuarto.- DISPONER que los Juzgados de Investigación Preparatoria, Juzgados Penales Unipersonales y el Juzgado Penal Colegiado Conformado de Proceso Inmediato deberán culminar con el trámite y ejecución de su carga penal existente respecto a los procesos por delitos en fl agrancia provenientes de los distritos de Cercado de Lima, Breña, Jesús María y Rímac. Artículo Quinto.- DISPONER para los casos en que a los jueces de los Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Flagrancia se les otorgue licencia por vacaciones, capacitación, enfermedad, duelo, cualquier otra causa atendible o se encuentren impedidos de atender su despacho por alguna causa temporal, por un período que no supere los 07 días calendarios, o, en caso de inhibición o recusación; serán reemplazados por el juez de investigación preparatoria correspondiente de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Sexto.- DISPONER que, en el caso que al juez del Juzgado Penal Unipersonal Especializados en Flagrancia se les otorgue licencia por vacaciones, capacitación, enfermedad, duelo, cualquier otra causa atendible o se encuentren impedidos de atender su despacho por alguna causa temporal, por un período que no supere los 07 días calendarios, o, en caso de inhibición o recusación; será reemplazado por el juez menos antiguo del 5º, 6º, 7º y 8º Juzgado Penal Unipersonal de Proceso Inmediato, que no tenga impedimento. Artículo Sétimo.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, a través de la Coordinación de Informática, realice las acciones necesarias para la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, garantizando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse para la presente Resolución Administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del SIJ, debiendo informar a esta Presidencia sobre las actividades ejecutadas y las acciones pertinentes que se deberán realizar para el óptimo funcionamiento de estos órganos jurisdiccionales. Artículo Octavo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, de la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima y del Administrador del Módulo Penal, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2216461-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior de Gerente de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera para participar en evento a realizarse en Ecuador RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0036-2023-BCRP-N Lima, 12 de setiembre de 2023