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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Jueves 21 de setiembre de 2023 El Peruano / • Actividades estratégicas relacionadas a seguridad ciudadana, servicios a la ciudad, desarrollo humano, desarrollo urbano y del medio ambiente, entre otros. • Los logros y avances alcanzados durante la gestión a la fecha. • Proyectos y metas al 2024.• Normatividad interna distrital: Ordenanzas, Acuerdos y/o Decretos. c) La Gerencia Municipal, aprobará el resumen ejecutivo y lo remitirá a la Alcaldía. d) La Agenda de la Audiencia Pública será determinada por el Alcalde de la Municipalidad de Pueblo Libre y comprendida dentro de la convocatoria la que debe comprender el Resumen Ejecutivo. 5.2. ORGANIZACIÓN Y DIFUSIÓN5.2.1. CONVOCATORIA Y DIFUSIÓN La Audiencia Pública es convocada por la Alcaldesa dos veces por año, esto de acuerdo a su programación. Su difusión será; a través, del Portal Institucional de la Municipalidad (https://www.muniplibre.gob.pe) y/o redes sociales a cargo de la Gerencia de Tecnología de la Información y la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional; respectivamente, o de manera directa por la Subgerencia de Participación Vecinal con siete (7) días calendarios antes de la Audiencia Pública. 5.3. DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA5.3.1. DE LOS PARTICIPANTESLa participación en la Audiencia Pública es libre y democrática, podrá acudir la población en general y todos aquellos actores sociales e instituciones públicas y privadas, los mismos que deberán registrar su asistencia el día del evento. Se puede participar de 2 formas como oyentes o para hacer uso de la palabra. Los oyentes podrán ver y escuchar la exposición sobre el Resumen Ejecutivo. Los participantes que harán uso de la palabra podrán ver e intervenir con el uso de la palabra el día de la audiencia pública, dando a conocer su pregunta, comentario o aporte sobre el Resumen Ejecutivo expuesto. 5.3.2. DE LA INSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE PARTICIPANTES PARA HACER USO DE LA PALABRA Únicamente aquellas personas que deseen hacer uso de la palabra durante la audiencia pública deberán inscribirse; a través, del Portal Institucional (https://muniplibre.gob.pe), y/o de manera directa en la Subgerencia de Participación Vecinal. El plazo para inscribirse es hasta dos (02) días antes de la realización del evento. 5.3.3. PUBLICACIÓN DE INSCRITOSLa Municipalidad de Pueblo Libre, publicará la relación de inscritos para uso de la palabra en la Audiencia Pública en su Portal Institucional (https://muniplibre.gob.pe) un (01) día antes de la realización del evento. 5.4. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA5.4.1. De la Audiencia Públicaa) Instalación de la Mesa Directiva conformada por la Alcaldesa. El Gerente Municipal, la Secretaría General y demás funcionarios. b) La Alcaldesa puede designar a un moderador para conducir democráticamente el evento, asegurando el desarrollo ordenado de la audiencia pública en un marco de respeto y consideración a los participantes. c) Palabras de apertura de la Alcaldesa del distrito.d) Se da la palabra a los funcionarios para la Exposición del Resumen Ejecutivo de acuerdo con el área de su competencia correspondiente. e) Ronda de preguntas con la intervención de los participantes inscritos para el uso de la palabra.f) Respuesta de la Alcaldesa o del funcionario que éste designe, a las preguntas planteadas por los participantes, g) Intervención fi nal de la alcaldesa del distrito. 5.4.2. DE LAS INTERVENCIONESCon el fi n de garantizar el mayor número de participantes se tendrá en cuenta estrictamente las normas siguientes: a) Cada participante tiene una duración máxima de tres (3) minutos en el uso de la palabra. b) Solo puede hacer uso de la palabra un representante por cada institución inscrita. c) Al momento de hacer uso de la palabra, el participante debe identi fi carse indicando su nombre, la parte de Pueblo Libre de la que proviene y de ser el caso, la institución a la que representan y su cargo. d) El moderador podrá intervenir interrumpiendo los comentarios del participante, si el tiempo programado para su intervención, se ha vencido o considera que los comentarios, no se concentran en el tema motivo de la audiencia. e) No se permitirán la acumulación de minutos de participación. f) Concluidas las intervenciones previstas para la audiencia o transcurrido el tiempo de duración de la audiencia, se dará por fi nalizada la misma. Como cuestión previa, se harán las siguientes precisiones: • Inicio a la ronda de preguntas; a través, de un equipo de facilitación. • Las preguntas serán absueltas al fi nal del rol de las preguntas, una por una, por la Alcaldesa o funcionarios que designe. Los participantes que hagan uso de la palabra realizarán sus preguntas por escrito previa Inscripción y registro de sus consultas y/o preguntas previas, mediante el Portal Web www.muniplibre.gob.pe o en la sede de la Subgerencia de Participación Vecinal, con anticipación de dos (02) días antes previo al inicio de la Audiencia Pública. Al fi nal se levantará un Acta Pública, la misma que será suscrita por la Alcaldesa, el Gerente Municipal, la Secretaria General, demás funcionarios y vecinos presentes que deseen suscribirla. 5.4.3. DE LAS INTERRUPCIONESLos participantes guardarán en todo momento el orden y respeto mutuo. No está permitido interrumpir en su disertación a la Autoridad Edil en la Audiencia Pública, cualquier desorden que se produzca durante la disertación de la Alcaldesa, el moderador, invitará al ciudadano a guardar el orden correspondiente y si fuese necesario el desalojo recurriendo a las autoridades del orden y seguridad en el distrito, si persistiese el desorden, la Alcaldesa dará por concluida la Audiencia Pública dejándose constancia en el Acta correspondiente. 5.5. CLAUSURA Y ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA5.5.1. De la clausura.- Una vez fi nalizada las intervenciones de los ciudadanos y demás intervenciones, se dará por concluida a la Audiencia Pública con una intervención fi nal de la Alcaldesa quien dará por clausurado el evento. 5.5.2. Del acta.- La Secretaría General de la Municipalidad de Pueblo Libre será la encargada de elaborar el Acta de la Audiencia Pública, en la cual se dejará constancia de lo actuado en la Audiencia Pública, la que será suscrita por el Alcalde, El Gerente Municipal, la Secretaria General, funcionarios y demás vecinos participantes acreditados que deseen suscribirla, debiendo la referida acta guardarse en un archivo especial, ser publicada en el Portal Institucional e informar al Concejo Municipal. 2216950-1