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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Jueves 21 de setiembre de 2023 El Peruano / CIENEGUILLA, por 180 días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación en Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, y otras que correspondan, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, realizar la publicación del presente Decreto en el Portal de Transferencia Estándar de la entidad y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su adecuada difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 2216497-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Ordenanza Municipal que modifica el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac ORDENANZA MUNICIPAL Nº 316-2023-MDP Pachacámac, 25 de agosto de 2023VISTOS: En sesión ordinaria de concejo de la fecha, los memorandos N°1103, 934 y 930-MDP/GSCF cursado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, el informe N°262-2023-MDP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el memorando N°1155-2023-GM/MDP cursado por la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la misma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 46 de la norma invocada, establece que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar; en tal sentido, señala que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, fi jando las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias, siendo que el concejo municipal, según el artículo 47 de la misma, aprueba y modi fi ca la escala de multas respectivas; Que, mediante ordenanza N°236-2019-MDP/C se aprueba el régimen de aplicación de sanciones administrativas (RASA) y el cuadro único de infracciones y sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac; Que, mediante memorandos de vistos, la gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización detecta la ausencia de determinadas medidas complementarias en el RASA y en el CUIS dentro del procedimiento sancionador que regula la ordenanza N°236-2019-MDP/C, en concreto, la colocación de elementos de seguridad que permitan asegurar el cumplimiento de las disposiciones municipales ante las infracciones cometidas por los administrados, de modo que las medidas correctivas de clausura, provisionales o fi rmes, no sean burladas por los infractores, incorporando el literal “o” en el artículo 25 de la susodicha ordenanza, por otro parte, advierte también, la necesidad de introducir los bene fi cios del pago de multa a la sola subsanación de la falta, sin necesidad de esperar a la emisión de la resolución, pues no fi gura como opción en el régimen vigente, por lo que, asimismo, urge modi fi car el artículo 60, fi nalmente, pide se incorporen nuevos códigos; Que, a través del informe de vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, señala que, efectivamente, el artículo 246 del texto único ordenado de la ley N°27444, prevé que las entidades solo podrán dictar medidas cautelares y correctivas siempre que estén habilitadas por ley, mediante decisión motivada, observando el principio de proporcionalidad; para el caso, la unidad orgánica que ejerce la titularidad de la potestad sancionadora dentro de la jurisdicción del distrito de Pachacámac, con la atribución para imponer multas administrativas y ejecutar medidas correctivas, es la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, siempre y cuando, cuente con el marco legal adecuado y las infracciones se encuentren tipi fi cadas en el cuadro único de infracciones y sanciones; es así, que el artículo 25 del régimen de aplicación de sanciones administrativas (RASA), establece como medidas correctivas y cautelares de carácter provisional aquellas complementarias a la multa administrativa, entre otras, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, paralización de obra, demolición, tapiado, revocatoria de autorización y licencia, resarcir y reponer; no obstante, no fi gura dentro del elenco, la colocación de elementos de seguridad por persistir la conducta infractora en desacato a la orden municipal; por otra parte, en efecto, el bene fi cio previsto en el artículo 60 del régimen de aplicación de sanciones administrativas (RASA) para el infractor que haya subsanado la multa, solo aplica dentro de los cinco días hábiles posteriores a la emisión de la resolución, disuadiendo al infractor con ánimo de pago ipso facto, por lo que corresponde acceder a lo propuesto, pues corrige la conducta infractora y restituye el daño ocasionado, siendo que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, conforme prevé el numeral 72.9 del artículo 72 de la ordenanza N°306-2023-MDP/C, Reglamento de Organización y Funciones MDP, tiene como función proponer la modi fi cación y actualización del régimen de aplicación de sanciones administrativas y el cuadro único de infracciones y sanciones, en suma, es procedente aprobar la modi fi cación del régimen y el cuadro derivado del mismo; Estando a lo expuesto, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9 y el artículo 40 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal, por unanimidad, aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC Artículo 1.- MODIFICAR los artículos 25 y 60 de la ordenanza N°236-2019-MDP/C, Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y Cuadro Único de Infracciones Administrativas, como sigue: “Artículo 25.- Medidas correctivas y cautelares de carácter provisional (…)o) Colocación de elementos de seguridad. - Consiste en la colocación de bloques de concreto, adhesión de carteles, el uso de instrumentos y herramientas de cerrajería, soldadura de puertas, tapiado, destinados a impedir que la conducta infractora persista.