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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (24/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Domingo 24 de setiembre de 2023 El Peruano / favorable que es recogida y compartida por la Gerencia Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y los artículos 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE LOS DEPÓSITOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO Y FINALIDAD, DEFINICIONES Y ALCANCES Artículo 1.- Objeto y fi nalidad La presente ordenanza tiene por objeto, regular el funcionamiento y administración de los depósitos municipales, o los que hagan sus veces de espacio físico destinado para tal efecto; ello con el fi n de efectuar un correcto desarrollo de los procedimientos de internamiento y liberación de los bienes muebles internados en este, como consecuencia de la aplicación de la medida correctiva que corresponda, o dispuesta como medida cautelar dentro del procedimiento administrativo sancionador, garantizando el procedimiento para la custodia y seguridad de los bienes muebles. Artículo 2.- De fi niciones Para uniformidad de criterios en la aplicación de la presente ordenanza, resulta oportuno considerar las siguientes de fi niciones: a. Fiscalización municipal: Son el conjunto de actos y diligencias de investigación, supervisión, control o inspección, respecto del cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, las cuales derivan de las disposiciones municipales administrativas. b. Acta de intervención: Documento físico que acredita que el propietario, poseedor o tenedor del bien mueble ha contravenido una o más disposiciones municipales contenidas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza N°369-MDSJL. c. Actor municipal: Personal designado por la autoridad competente para veri fi car el cumplimiento de los dispositivos legales vigentes, dispositivos cuya aplicación se circunscribe al distrito de San Juan de Lurigancho. En ese sentido, supervisa y detecta la comisión de infracciones, encontrándose facultado para intervenir, solicitar documentación, imponer actas de infracción, elaborar informes y aplicar las medidas preventivas, según corresponda. d. Acta de internamiento: Documento físico que recoge el registro del estado y las características físicas del o los bienes muebles materia de internamiento, al momento de su ingreso al depósito municipal. e. Acta de liberación: Documento físico que recoge la conformidad de la entrega del bien o bienes muebles que fueron materia de internamiento. f. Acta de abandono: Documento físico mediante el cual se deja constancia que el bien mueble, que fuere materia de internamiento, ha cumplido un periodo de internamiento no menor al de 30 días calendario luego de haberse emitido y noti fi cado la Resolución de Sanción Administrativa o de haberse formulado el Acta de Infracción que dio inicio al procedimiento administrativo sancionador. g. Internamiento del o los bienes muebles: Consiste en el traslado del bien o los bienes muebles al interior del depósito municipal, como consecuencia de la detección de la contravención a las disposiciones municipales vigentes. h. Guardianía: Servicio de vigilancia y custodia del bien o los bienes muebles internados en el depósito municipal, o el que haga sus veces. i. Entidad titular del Depósito Municipal: Es la autoridad que ostenta la dirección del espacio físico que fuere designado como depósito municipal. j. Encargado del Depósito Municipal: Es el personal designado mediante resolución o documento o fi cial que sirva como medio de designación, siendo el responsable y encargado de dirigir el funcionamiento del depósito y custodia de los bienes internados. k. Depósito municipal: Espacio físico autorizado y/o designado por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, destinado para el internamiento y custodia de los bienes muebles internados producto de la presunción de la comisión de una o más infracciones. l. Administrado: Persona natural o jurídica, de derecho público o privado, que cualquiera sea su cali fi cación o situación procedimental, participa en los procedimientos administrativos regulados en la presente ordenanza. m. Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS: Es el cuadro que contiene las sanciones administrativas, el cual fue aprobado mediante Ordenanza N°369-MDSJL - Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho y modi fi catorias. n. Traslado del bien mueble: Servicio mediante el cual, un vehículo es empleado para ejecutar el traslado de uno o más bienes muebles, pudiendo contar con o sin sistema de remolque, y cuya propiedad puede ser ostentada por la municipalidad o por un tercero, quien deberá estar facultado por la autoridad competente, y es empleado para el traslado del o los bienes muebles que son detectados contraviniendo a las normas municipales vigentes. Artículo 3.- Alcances La presente ordenanza es de aplicación para los responsables de los depósitos municipales y los órganos o unidades orgánicas involucradas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; asimismo, para todos los propietarios, poseedores, tenedores o quienes resulten responsables de los bienes muebles internados en el depósito municipal. CAPÍTULO II DE LAS COMPETENCIAS Artículo 4.- Autoridad responsable La Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho a través de la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad tendrá a su cargo el cumplimiento de la presente ordenanza; pudiendo delegar estas funciones a la unidad orgánica que estime conveniente; y, quien deberá velar por la operatividad, funcionamiento y administración de los depósitos municipales. El servicio y administración de los depósitos municipales podrá ser materia de tercerización a través de un proceso de selección o materia de convenio por medio del instrumento legal que corresponda. Artículo 5.- Órgano competente La Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, será la unidad orgánica responsable de la operatividad, funcionamiento y administración de los depósitos municipales, en armonía de lo dispuesto en el presente dispositivo legal. Esta competencia podrá ser materia de tercerización, según lo descrito en el artículo 4 de la presente ordenanza. Artículo 6.- Funciones y responsabilidades del Encargado del Depósito Municipal a) Custodiar los bienes muebles y velar por el mantenimiento de las condiciones en las que fueron internados, hasta el momento de su liberación o disposición.