NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (24/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 71
71 NORMAS LEGALES Domingo 24 de setiembre de 2023 El Peruano / arregle con ella eso. Yo no quiero que otra persona ya lo manosee, ya eso está próximo, ella qué va a hacer, va a estudiar y me va a dar el mismo resultado que me pasó por cambiarlo a mi hermano del doctor Gutiérrez, lo pasé a la doctora Marilyn con fi ando que usted nos iba a ayudar y pasó todo lo contrario, y yo no quiero que eso pase, entonces por eso no doctora, yo no lo autorizo, ni estoy de acuerdo. Para mí la solución era que usted converse con la doctora Marilyn, que arreglen el asunto entre ustedes y que ella continúe, yo le dije. Igual el de mi querella, que lo continúe. La nueva querella si ya no se la iba a dar a ninguno, le dije que no quería que ni usted ni ella, que yo iba a ver por eso quería que usted, y yo vea algunas cositas y luego reunirnos para ver el costo de cuánto me iba a cobrar por esa querella, lo que ha elaborado y el resto ya tenemos que arreglar cómo me lo va a devolver, pues. Segunda Persona: Ya.Primera Persona: Claro, por eso, es que ya no es conveniente. Segunda Persona: Mira, sabes qué, vamos hacer algo, vamos a reunirnos mejor mañana, porque hay cosas que no podemos conversar por teléfono. (…)”. Décimo Tercero. Que, mediante Ofi cio N° 0336-2017-OP-UAF-CSJSA/PJ del veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, de fojas ciento sesenta y dos, el coordinador de la o fi cina de personal, Manuel Joel Aranguri Castillo, informa a la magistrada contralora que en el sistema de apoyo a la gestión administrativa - SAGA, la servidora judicial Jhovanna esperanza Gutiérrez Gonzáles ha consignado el teléfono móvil N° 999130034 , conforme se veri fi ca del reporte del mencionado sistema que obra a fojas ciento sesenta y cinco. Décimo Cuarto. Que, mediante Carta TSP- 83030000-RAM-342-2018-C-F del veintinueve de mayo de dos mil dieciocho, de fojas cuatrocientos noventa y uno a cuatrocientos noventa y dos, la empresa telefónica envía el registro de llamadas telefónicas y mensajes sms del número de celular 999130034, el cual se encuentra a nombre de Daniel Abanto Cabrera Pérez, pero que venía siendo usado por la servidora investigada Jhovanna Esperanza Gutiérrez Gonzáles para su comunicación con la quejosa Florita Cruz Lara Chávez. De acuerdo a lo informado mediante Ofi cio N° 489-2018-OP-UAF-CSJSA/PJ del diecinueve de junio de dos mil diez, de fojas quinientos doce, emitido por el jefe de la Unidad Administrativa de Finanzas de la Corte Superior de Justicia del Santa, el titular de la línea Daniel Abanto Cabrera Pérez fue declarado por la investigada como su cónyuge en el sistema SADEJ, conforme se verifi ca de fojas quinientos catorce a quinientos quince. Dicha medida de levantamiento del secreto de las comunicaciones fue ordenada por el 8° Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Santa, mediante Resolución número cuatro del treinta de abril de dos mil dieciocho, copiada de fojas cuatrocientos cincuenta y ocho a cuatrocientos sesenta y siete, conforme al requerimiento de la magistrada contralora. De acuerdo al Acta de Apertura, Visualización y Transcripción de CD de fecha veintisiete de junio de dos mil diecisiete, de fojas quinientos cuarenta y tres a quinientos cuarenta y cuatro, el archivo conteniendo el registro de llamadas del número 999130034 del periodo del primero de setiembre de dos mil dieciséis al primero de junio de dos mil diecisiete, arroja como resultados los siguientes: i) llamadas y mensajes entrantes realizados del número 944862454 correspondiente a Florita Lara Cruz: 286 registros; ii) llamadas y mensajes de texto salientes realizados al número 944862454 correspondiente a la quejosa: 358 registros; iii) llamadas y mensajes de texto entrantes realizados del número 956432181 correspondiente a la abogada Marilyn Kathy Calderón Sotomayor: 137 registros; y, iv) llamadas y mensajes salientes realizados al número 956432181 correspondiente a la mencionada abogada: 378 registros. Décimo Quinto. Que, mediante escrito del veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho, de fojas setecientos sesenta y cinco, el Perito en Fonética Vadick Acurio Carrasco cumple con presentar el Informe Pericial de Homologación de Voz realizado sobre los audios proporcionados por la quejosa, que en algunos extremos han sido precedentemente citados, el mismo que obra como Anexo en la presente investigación, y que señala como conclusiones las siguientes: “1. Se ha determinado mediante la aplicación de procedimientos técnico cientí fi co informáticos, que la grabación de audio regrabada en el CD con texto manuscrito en su parte superior “Toma de Muestras Exp. N° 318-2017” (“181025 001.mp3”) muestra indubitada y las grabaciones de audio en el dispositivo de almacenamiento fonográ fi co de data digital DVD con texto manuscrito en su parte superior “Copia Audio CD-R ID. N° 318-2018” (…) muestras cuestionadas de grabación de voz, atribuidas a Jhovanna Esperanza Gutiérrez Gonzáles, provienen de un mismo tracto bucal, se concluye que las muestras analizadas provienen de un mismo locutor que corresponden a la persona de Jhovanna Esperanza Gutiérrez Gonzáles , (…)”. (El resaltado es nuestro). Décimo Sexto. Que como puede apreciarse de la valoración conjunta de los medios probatorios, se encuentra acreditado que la servidora judicial Jhovanna Esperanza Gutiérrez Gonzáles realizó asesoría privada a favor de la señora Florita Cruz Lara Chávez, respecto del proceso penal seguido en contra de su hermano y otros dos sobre querellas, los mismos que fueron tramitados por la abogada Marilyn Calderón Sotomayor, a excepción de la segunda querella, siendo la investigada quien cobraba a la quejosa por dichos servicios de asesoría, tal como se desprende de lo expuesto por la quejosa según Acta de Queja Verbal del dos de mayo de dos mil diecisiete, de fojas uno a cuatro, lo cual se encuentra corroborado con las capturas de pantalla de las conversaciones vía WhatsApp y SMS que obran de fojas siete a cuarenta y cinco, por ejemplo en los siguientes extremos: 27/10/16 Dr Jovana: “Uy traje tus dctos Bueno Tu dirás fl ori”; 16/11/16 Quejosa: “Dra. Buenas tardes Una consultiya No podrá venir alguien A llevar los 140 No puedo salir” (…) Dr Jovana: “Lo dejas en casa d santa. Ok”; 05/01/17 Quejosa: “Dr buen día… la ley de la que le hablaba ayer… es para los reos primerisos… cheque por favor para ver si en algo favorece a mi hermano… me avisa cuando tenga tiempito.. gracias” Dr Jovana 999130034: “Ok Te llamo luego, si.”, Quejosa: “Me vine a conseguir la plata dr es probable que hoy mismo le de el dinero…”, Dr Jovana 999130034: “Ok”. Décimo Sétimo. Que, asimismo, también se desprende del contenido de los audios presentados por la queja Florita Cruz Lara Chávez cuya transcripción obra de fojas ochenta y uno a ciento tres, y cuya autenticidad respecto de la voz de la servidora investigada Jhovanna Esperanza Gutiérrez Gonzáles se encuentra corroborada con el informe pericial de homologación de voz del veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho, de fojas setecientos sesenta y cinco. respecto a dichos audios, cabe citar por ejemplo los siguientes extremos: 13. aud- 2017502-wa0021_1_: (…) investigada: “que tal fl orita?”, (…), quejosa: “pero mis documentos ya los regresó”, investigada: “tus documentos están en el centro para recogerlos y para entregártelo. tengo que ir a recoger a la agencia.”; 14. aud-20170502-wa0022_1_: (…) investigada: “(…) a ver mándame por un mensajito el nombre completo de tu hermano, ya?”, quejosa: “nombre complete de Nelson?”, investigada: “sí, sí, el nombre completo nada más, ya, igual el tuyo también. no ya, tú solo tienes fl orita verdad?”, quejosa: “para qué es eso, para qué?”, investigada: “luego te explico, no es para nada malo, a ver, mándamelo nada más.”; 15. aud-20170502- wa0023_1_: (…) quejosa: “(…) yo no voy a dar más dinero del que ya he dado porque yo no tengo doctora”, investigada: “no, no, no… ah ya, no pues, muy aparte de eso”, (…) quejosa: “no muy aparte del arreglo con la doctora Marilyn, muy aparte del dinero que le di a usted, o sea, eso supuestamente ya está arreglado, va haber una persona que lo sustente y encima le voy a dar más dinero, en qué cabeza cabe doctora”, investigada: “no, ella lo ha recibido ya, por eso es que yo necesito cruzarme con ella. yo mañana voy a ubicarla”, quejosa: “(…) usted tiene que darle cara y explicarle porque ninguna de ustedes se va a quedar con el dinero, eso sí no lo voy a permitir”, investigada: “bueno, escúchame, eso es un punto aparte,