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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (27/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de setiembre de 2023 El Peruano / Fokker F-50/60, para participar en el Entrenamiento en Simulador de Vuelo en el Programa F-50/60, en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, divididos en tres grupos de la siguiente manera: PERSONAL TITULAR : Primer Grupo: del 2 al 10 de octubre de 2023, salida del país el 30 de setiembre y su retorno el 12 de octubre de 2023: N° GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. 1 Capitán de Navío Juan Carlos ZUÑIGA LIRA 00952047 43305878 2 Capitán de Navío José Luis MAURY VILLAVICENCIO00961061 43302962 3 Capitán de Navío Carlos Manuel Guillermo VARELA GARCÍA00915105 43557243 4 Capitán de Corbeta Deniss Antonio RIOJAS GONZALES01022192 44427293 Segundo Grupo: del 9 al 17 de octubre de 2023, salida del país el 7 de octubre y su retorno el 19 de octubre de 2023: N° GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. 1 Capitán de Fragata Rubén Mauricio FERNANDINI ZÁRATE00930817 40139112 2 Capitán de Corbeta Samuel Jesús PARRALES RODRÍGUEZ00026347 44299543 3 Capitán de Corbeta Gonzalo ROJAS ASPIAZU 00023395 44393549 4 Capitán de Corbeta Gustavo MANTILLA RODRÍGUEZ00006555 44325456 Tercer Grupo: del 17 al 25 de octubre de 2023, salida del país el 15 de octubre y su retorno el 27 de octubre de 2023: N° GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. 1 Capitán de Fragata Bruno Ricardo FLORES CARRUITERO00918751 43427555 2 Capitán de Fragata Maurice Josef HOYLE FUENTES-DÁVILA00930908 43313768 3 Capitán de Corbeta Carlos Mauricio BEJARANO GARCÍA00005502 45115974 4 Teniente Primero Milan Josip PERKOVIC GRUBISIC01011972 73105318 PERSONAL SUPLENTE: N° GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. 1 Capitán de Fragata Gabriel EGO-AGUIRRE ÁLVAREZ00931858 43314746 Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Estocolmo (Reino de Suecia) - Lima clase económica US$ 4,050.00 x 12 personas US$ 48,600.00Viáticos:US$ 540.00 x 12 personas x 9 días US$ 58,320.00 ---------------------- Total a pagar: US$ 106,920.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje; asimismo, podrá variar el nombre de los participantes que por razones del servicio, médicas y/o disciplinarias deba ser reemplazado por otro personal naval que cumpla con los requisitos para el citado entrenamiento. Artículo 4.- El personal militar más antiguo de cada grupo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2218624-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0200-2023-MIDAGRI-SENASA 22 de septiembre de 2023VISTOS:El INFORME-0114-2023-MIDAGRI-SENASA-DIAIA- JCARRASCO de fecha 12 de setiembre de 2023, de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria; el INFORME-0071-2023-MIDAGRI-SENASA-OPDI-KLARRAURI de fecha 15 de setiembre de 2023, de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional, así como el INFORME-0067-2023-MIDAGRI- SENASA-OAJ-KPEREZ de fecha 18 de setiembre de 2023 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1.13 del inciso 1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en adelante TUO de la LPAG, dispone que el procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente, entre otros, en el principio de simplicidad según el cual los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir; Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del TUO de la LPAG, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos pueden aprobarse, entre otros, por resolución del titular de los organismos técnicos especializados; asimismo, el numeral 44.5 del artículo 44 del mismo cuerpo normativo, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar del mismo modo y que se publicará según