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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (27/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural y de sus Anexos en el portal del diario ofi cial El Peruano (www.elperuano.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), en la misma fecha de publicación del presente acto resolutivo en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL QUEVEDO VALLE Jefe NacionalJefatura NacionalServicio Nacional de Sanidad Agraria 1 La Resolución Ministerial N° 0025-2019-MINAGRI fue publicada en el diario ofi cial el Peruano el 31 de enero de 2019 y eliminó según su Anexo 1, el requisito denominado “Certi fi cado de análisis, sólo en caso de insumos agrícolas, insumos pecuarios, y alimentos de procesamiento primario y piensos” regulado en el literal h) del numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Supremo N° 015-2015-MINAGRI y que tiene como nombre en el TUPA vigente: “Análisis de laboratorio de alimentos de procesamiento primario y piensos” que forma parte del requisito N°1 (solicitud) para el trámite del procedimiento administrativo N° 09 “Reporte de Inspección y Verifi cación (RIV) para la importación y tránsito internacional de alimentos de procesamiento primario y piensos”. 2 Decreto Supremo que modi fi ca y complementa normas reglamentarias para fortalecer el marco normativo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA. * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2218744-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos gobiernos locales ganadores del Concurso FIDT 2022 DECRETO SUPREMO Nº 208-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, conforme a los artículos 1 y 3 del Decreto Legislativo N° 1435, Decreto Legislativo que establece la implementación y funcionamiento del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial - FIDT, se dispone la reestructuración del Fondo de Promoción de la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL como FIDT, así como la liquidación del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE, estableciendo que toda referencia al FONIPREL y al FONIE debe entenderse hecha al FIDT y señalando que dicho fondo tiene por fi nalidad el fi nanciamiento o co fi nanciamiento de inversiones o estudios de preinversión, incluyendo estudios de per fi l y fi chas técnicas, de los gobiernos regionales y gobiernos locales, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, orientados a reducir las brechas en la provisión de servicios e infraestructura básicos, que tengan mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país y que generen un aumento de la productividad con un enfoque territorial; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1435, establece que los recursos depositados en la cuenta del FIDT se incorporan en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y gobiernos locales que resulten ganadores del concurso respectivo, mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; las que se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FIDT; Que, mediante Acuerdo N° 02-13-2022 del Acta N° 13 de la Sesión del Consejo Directivo del FIDT de fecha 14 de febrero de 2022, se aprobaron las Bases del Concurso FIDT 2022 “Concurso para el fi nanciamiento o co fi nanciamiento de inversiones y estudios de preinversión a nivel de per fi l y fi chas técnicas” (Concurso FIDT 2022), por un monto de hasta por S/ 319 048 846,64 (TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 64/100 SOLES); Que, luego de la evaluación realizada por la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FIDT a las solicitudes presentadas por diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, se cuenta con ciento noventa y cinco (195) propuestas seleccionadas, correspondientes a ciento sesenta y tres (163) gobiernos locales y cuatro (04) gobiernos regionales, por el monto ascendente a S/ 319 042 680,42 (TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 42/100 SOLES), de las cuales ciento veintitrés (123) propuestas obtuvieron el 100% de fi nanciamiento por el monto ascendente a S/ 230 190 353,03 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES CIENTO NOVENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 03/100 SOLES); mientras que setenta y dos (72) propuestas, obtuvieron un co fi nanciamiento entre el 80% y 95%, por el monto ascendente a S/ 88 852 327,39 (OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE Y 39/100 SOLES); Que, conforme a lo informado por la Secretaria Técnica del FIDT, a la fecha, de las ciento noventa y cinco (195) propuestas seleccionadas, se suscribió un total de ciento noventa y tres (193) convenios con ciento sesenta y dos (162) gobiernos locales y tres (03) gobiernos regionales por el monto total ascendente a S/ 312 814 471,41 (TRESCIENTOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 41/100 SOLES), toda vez que el Gobierno Regional de Junín y el Gobierno Local de Chuquis, que corresponden a dos (02) propuestas seleccionadas, no cumplieron con presentar, dentro del plazo establecido en el cronograma, la subsanación de la documentación obligatoria para la suscripción de sus convenios, conforme se establecía en el numeral 5.1.1 de las Bases del Concurso FIDT 2022, quedando de esta forma excluidas de la lista de propuestas seleccionadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 203-2022-EF, Decreto Supremo que Autoriza Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales ganadores del Concurso FIDT 2022, se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 67 116 954,00 (SESENTA Y SIETE MILLONES CIENTO DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales y gobiernos regionales, ganadores del Concurso FIDT 2022, para fi nanciar los gastos que demanden la ejecución de inversiones y la elaboración de los estudios de preinversión a nivel de per fi l y fi chas técnicas, de sus propuestas ganadoras. Del mismo modo, dicha norma autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 119 998 322,00 (CIENTO DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, ganadores del Concurso FIDT 2022, para fi nanciar los gastos que demanden la ejecución de inversiones y la elaboración de los estudios de preinversión a nivel de per fi l y fi chas técnicas, de sus propuestas ganadoras; Que, mediante Decreto Supremo N° 075-2023-EF, Decreto Supremo que Autoriza Crédito Suplementario