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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (26/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Viernes 26 de abril de 2024 El Peruano / Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N.° 1440 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”, en su artículo 31° numeral 31.3, establecen los PIAs correspondientes a los Gobiernos Regionales y Locales, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional, Consejo Municipal respectivamente, a más tardar 31 del año fi scal anterior a su vigencia. (…); Que, el artículo 13º de la Ley N. º 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria, establece que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. (…)”; prescribiendo en su artículo 15º sobre las Atribuciones del Consejo Regional: “a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…) c) Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal; Que, el artículo 38º de la Ley N.º 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precepto normativo que señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”; Que, de conformidad con el numeral 1.1) del artículo IV del TUO de la Ley 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, precisa EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD: El cual dispone que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidos; Que, con Informe N° 1167-2023-G.R. AMAZONAS/ GRPPAT-SGPPTO, de fecha 14 de diciembre de 2023, el Sub Gerente de Presupuesto y Tributación, Arq. Tito Domínguez Bocanegra, se dirige al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y le hace llegar el reporte del Presupuesto Institucional de Apertura PIA, años fi scal 2024, para su aprobación correspondiente; Que, con Informe Técnico N° 401-2023-G.R. AMAZONAS/GRPPAT, de fecha 15 de diciembre de 2023, se eleva al Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Ing Auwer Carrasco Contreras, el reporte para la aprobación del PIA del Pliego 440 – Gobierno Regional Amazonas para el año fi scal 2024, por el importe total de S/ 1,359´236,282.00, cuya distribución es la siguiente: Gasto Corriente. S/ 990´432,824.00. Gasto Capital S/ 368´803,458.00; Que, con O fi cio N° 535-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR, de fecha 15 de diciembre de 2023, el Gerente General Regional, se dirige al consejero delegado Prof. Engels Escobedo Portal y eleva los reportes para la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura – PIA del pliego 440 Gobierno Regional Amazonas para el año fi scal 2024 para ser considerado en agenda de sesión de Consejo Regional, para su cébate y posterior aprobación; Que, con Informe N° 1357-2023-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ORAJ, de fecha 15 de diciembre de 2023, el director de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Abg. Erick Clavo Zuta, emite OPINION FAVORABLE par – Gobierno a aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 440 – Gobierno Regional Amazonas, correspondiente al Año Fiscal 2024. La aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 440 – Gobierno Regional de Amazonas para el Año Fiscal 2024, se efectúa en el marco de lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política y el Artículo 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de la Descentralización que dispone que los Gobiernos Regionales tienen como competencia exclusiva el de aprobar su Presupuesto Institucional conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y a las Leyes Anuales de Presupuesto; Es de precisar que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad, se debe asumir que los órganos competentes del Gobierno Regional de Amazonas le proporcionan información a su Consejo Regional, que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información es de naturaleza iuris tantum, por tratarse de una presunción admite prueba en contrario, y por tanto podrá ser objeto de fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas luego de la deliberación correspondiente y con el voto por unanimidad de sus miembros presentes, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Extraordinaria Nº 023 llevada a cabo el miércoles 28 de diciembre de 2023, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA, correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 440: Gobierno Regional de Amazonas, conforme la Ley N° 31953 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, de acuerdo a la siguiente distribución: - Gasto Corriente : S/ 990´432,824.00 - Gasto Capital : S/ 368´803,458.00 - TOTAL : S/ 1,359´236,282.00 Los Anexos que se adjuntan, forman parte integrante del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para que, mediante el acto resolutivo, promulgue de acuerdo a las formalidades de Ley, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 440: Gobierno Regional de Amazonas. Artículo Tercero.- NOTIFICAR con el presente Acuerdo Regional al Gobernador Regional de Amazonas, Sr. GILMER WILSON HORNA CORRALES, para que DISPONGA a través de los funcionarios, el Gerente General Regional, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación del presente Acuerdo Regional, de conformidad con la normativa vigente. Artículo Cuarto.- Deróguense o Déjense sin efecto, según corresponda, las Disposiciones que se opongan al presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- DISPONER su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y, en la página web del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas.), conforme dispone el artículo 61º literal B) segundo párrafo del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 452-2019-GRA/CR-SE, modi fi cado con Ordenanza Regional Nº 006-2020-GRA/ CR-SE. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 29 días del mes de diciembre de 2023. ENGELS ESCOBEDO PORTAL Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas 2250273-1