Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (26/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 26 de abril de 2024 El Peruano / parámetros normativos; asimismo, según informado por la Dirección de Recursos Humanos, el Dr. Luis Wilfredo Robles Trejo, tiene vacaciones acumuladas del Periodo 21-22, por 60 días y del Periodo 22-23, por 60 días; por lo que recomienda : Que, en sesión de Consejo Universitarito, se rati fi que la Resolución de Consejo de Facultad Nº 018-2024-FDCCPP/D, de fecha 27 de marzo de 2024, en todos sus extremos; Que, de acuerdo a los considerandos expuestos, en aplicación del artículo 8° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, que prescribe: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución (…) ”; en sesión extraordinaria del Honorable Consejo Universitario de fecha 15 de abril de 2024, analizado y debatido el caso, se acordó por unanimidad: Rati fi car la Resolución de Consejo de Facultad Nº 018-2024-FDCCPP/D, de fecha 27 de marzo de 2024, en todos sus extremos; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 153º del Estatuto de la UNASAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RATIFICAR la Resolución de Consejo de Facultad Nº 018-2024-FDCCPP/D, de fecha 27 de marzo de 2024, que resuelve: Artículo 1° AUTORIZAR la Licencia con Goce de Haber por capacitación al Dr. Luis Wilfredo Robles Trejo, desde el 29 de abril hasta el 20 de junio de 2024; periodo en el cual se desarrollará el módulo presencial del “Máster de Formación Permanente en Argumentación Jurídica”, en el Campus Universitario de San Vicente del Raspeig de la Universidad de Alicante -España, así mismo, se autoriza la licencia a cuenta de vacaciones desde el 21 de junio hasta el 06 de julio de 2024; y Artículo 2° ENCARGAR la Decanatura de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNASAM al Dr. Elmer Robles Blacido, docente principal a tiempo completo y miembros del Consejo de Facultad, desde el 29 de abril hasta el 06 de julio de 2024, periodo que durará la licencia concedida al Dr. Luis Wilfredo Robles Trejo. Artículo 2º.- AUTORIZAR el viaje del Dr. Luis Wilfredo Robles Trejo, al país de España a fi n de participar en el módulo presencial del “Máster de Formación Permanente en Argumentación Jurídica”, en el Campus Universitario de San Vicente de Raspeig de la Universidad de Alicante -España, desde el 29 de abril hasta el 20 de junio de 2024. Artículo 3º.- DISPONER a la Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNASAM, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4º.- DISPONER a los órganos y dependencias competentes, el estricto cumplimiento a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CARLOS ANTONIO REYES PAREJA Rector NÉLIDA ROSARIO BRONCANO OSORIO Secretaria General (e) 2280383-1 Otorgan duplicado de diploma de Título Profesional de Licenciada en Trabajo Social de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 4051-CU-2024 Huancayo, 16 de abril de 2024Visto, el expediente N° 307996-2024, de fecha 11.04.2024, seguido por doña CARLA ROSSANA RODRIGUEZ FIGUEROA, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario ofi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones N° 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modi fi caciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos - SUNEDU”; DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, por pérdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. Se encuentra asentado en el Tomo N° 038-T, Fojas Nº 401, Registro Nº 998 y fecha de expedición 07.05.2014, el cual obra en la Unidad de Grados y Títulos de Secretaría General. Para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem 16.6 del artículo 16 de la Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 16 de abril de 2024. SE RESUELVE:1º ANULAR el DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, de doña CARLA ROSSANA RODRIGUEZ FIGUEROA, de fecha primigenio 07.05.2014, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR el DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, a doña CARLA ROSSANA RODRIGUEZ FIGUEROA, de acuerdo al siguiente detalle: Registro Nº 998, Tomo N° 038-T, Fojas Nº 401. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad. Regístrese, comuníquese y archívese. AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ Rector ROY PEDRO SACAICO PALACIOS Secretario General 2281316-1