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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (26/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 26 de abril de 2024 El Peruano / articulados a los objetivos y acciones estratégicas sectoriales del citado PESEM; Que con Resolución N° 105-2018-OSCE/PRE, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico del OSCE, de carácter permanente, presidida por la/el Presidenta/e Ejecutiva/o y conformada por los siguientes miembros: la/el Secretaria/o General, la/el Presidenta/e del Tribunal de Contrataciones del Estado, las/los Directoras/es de Órganos de Línea y las/los Jefas/es de las O fi cinas de Asesoramiento y Apoyo; Que, mediante la Resolución Nº 059-2019-OSCE/PRE se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019 - 2022 del OSCE y con Resoluciones N° 081-2020-OSCE/PRE, N° 064-2021-OSCE/PRE, N° 069-2022-OSCE/PRE y Resolución N° 092-2023-OSCE-PRE, se aprobó su ampliación del horizonte temporal al periodo 2023, 2024, 2025 y 2026, respectivamente; Que, el numeral 5.7 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, señala que, en el caso de los Pliegos del Poder Ejecutivo, previamente remiten su Plan Estratégico Institucional (PEI) al Órgano de Planeamiento Estratégico Sectorial perteneciente al Sector al cual se encuentra adscrito o el que haga sus veces; en ese sentido, corresponde a ese órgano elaborar un primer informe de validación sobre la consistencia y coherencia del PEI del Pliego con las políticas y planes bajo competencia del Sector; este informe, junto al PEI es remitido por el Pliego mediante correo electrónico al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). El CEPLAN veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI; Que, en ese sentido, mediante informe de vistos, la Ofi cina de Planeamiento y Modernización propone el proyecto del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2027 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), señalando que dicha propuesta cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, según Ofi cio Nº 0004-2024-EF/41.02 que traslada el Informe N° 0067-2024-EF/41.02, y con la validación de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, según O fi cio N° 000297-2024-CEPLAN-DNCP que traslada el Informe Técnico N° D000117-2024-CEPLAN-DNCPPEI; Que, mediante Acta N° 003-2024-CPE, la referida propuesta fue validada por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, conformada por Resolución N° 105-2018-OSCE/PRE; Que, mediante informes de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera viable la propuesta del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2027 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE); Que, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF, el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE, encontrándose presidido por el Presidente Ejecutivo; asimismo, el literal c) del artículo 8 dispone que es función del Consejo Directivo, aprobar los objetivos estratégicos, planes estratégicos y políticas institucionales; Que, en ese sentido, mediante Acuerdo N° 001-002- 2024/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 02-2024/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE acordó aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2027 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y disponer su formalización mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, de conformidad con el artículo 8 y el literal h) del artículo 9 del Reglamento Interno del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, formalizado con Resolución N° D000249-2023-OSCE-PRE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de Resolución cuando se disponga en el acta;Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con el visado de la Secretaria General, del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2027 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), aprobado mediante Acuerdo N° 001-002-2024/OSCE-CD del Acta de Sesión N° 02-2024/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE; el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento y Modernización efectúe el seguimiento y evaluación del instrumento de gestión formalizado en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), en la sede digital del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce) y en el Portal de Transparencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA LISSET GUTIÉRREZ GONZÁLES Presidenta EjecutivaPresidencia Ejecutiva 2283358-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL Designan Subintendente de la Subintendencia de Fiscalización de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000097-2024-SUNAFIL Lima, 25 de abril de 2024VISTOS: El Memorándum N° 69-2024-SUNAFIL/SP, de fecha 24 de abril de 2024, de Superintendencia; el Informe N° 220-2024-SUNAFIL/GG/ORH, de fecha 25 de abril de 2024, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 245-2024-SUNAFIL/GG-OAJ, de fecha 25 de abril de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:Mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;