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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (27/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Sábado 27 de abril de 2024 El Peruano / Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2007-EM se aprobó el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad, en cuyo artículo 6 se prevé que Osinergmin debe aprobar las Bases en un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la presentación de las Bases Ajustadas, el cual se prorrogará por quince (15) días en tanto existan observaciones de Osinergmin no subsanadas a su satisfacción; Que, mediante Resolución N° 688-2008-OS/CD se aprobó la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley N° 28832” (“Procedimiento”), el cual es de aplicación obligatoria a todas las Licitaciones que se efectúen en el marco del numeral 5.1 de la Ley N° 28832. En el numeral 4.6 del Procedimiento se dispone que la publicación del aviso de la expresión de interés del Distribuidor que requiera iniciar una Licitación se puede efectuar desde el 01 hasta el 30 de setiembre de cada año, para aquellas con plazos contractuales menores a cinco (5) años, conforme fue realizado por Enel Distribución Perú S.A.A. (“Enel Distribución”), mediante aviso del 29 de setiembre de 2023; Que, en los artículos 5 y 6 del Procedimiento se establecen las etapas, las responsabilidades, las actividades y los plazos, para la aprobación de las Bases de la Licitación; Que, dentro del plazo establecido, las empresas: Electro Ucayali S.A. (“Electro Ucayali”), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - Hidrandina (“Hidrandina”), y, Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. (“Electrocentro”) manifestaron su intención de integrarse al proceso; Que, el 13 de noviembre de 2023, Osinergmin recibió de Enel Distribución (Conductora y Licitante), la propuesta de Bases Ajustadas para la licitación, que incluyó los requerimientos de energía y potencia. Al respecto, se procedió a analizar el contenido de la propuesta y se remitieron observaciones mediante los O fi cios N° 2270-2023-GRT y N° 036-2024-GRT, las cuales fueron respondidas mediante las Cartas OC-GE-096-2023, OC-GE-097-2023 y OC-GE-011-2024; Que, mediante Resolución N° 006-2024-OS/CD, publicada el 25 de enero de 2024, se aprobaron las Bases Ajustadas para el proceso la Licitación de Suministro de Energía - Licitación ED-01-2023-LP, para la respectiva remisión de las consultas y sugerencias por parte de los interesados hasta el 01 de marzo de 2024; Que, el 01 de febrero de 2024, la empresa Enel Distribución publicó la convocatoria a la Licitación Pública, a fi n de que los interesados presenten sus ofertas para suministrar potencia y energía asociada destinadas al mercado regulado. De acuerdo con el Calendario del Proceso, se ha puesto en venta las Bases hasta el 30 de abril de 2024; Que, con fecha 02 de abril de 2024, Enel Distribución presentó la carta N° OC-GE-028-2024 con la propuesta de Bases Integradas, en la cual, entre otros aspectos, absuelve las sugerencias y consultas realizadas por los interesados. Asimismo, adjuntó la propuesta de software a ser utilizado en el acto de adjudicación; Que, en ese sentido, corresponde aprobar las Bases Integradas de la Licitación Pública de Suministro de Energía Eléctrica - Licitación ED-01-2023-LP, a efectos de que continue con el proceso de licitación conforme a los plazos establecidos en el Calendario del Proceso; Que, se han emitido el Informe N° 276-2024-GRT y el Informe N° 277-2024-GRT, elaborados por la División de Generación y Transmisión Eléctrica y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, documentos que forman parte integrante de la presente resolución y complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin; cumpliéndose de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado con Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, en el Reglamento General de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad aprobado por Decreto Supremo N° 052-2007-EM; en la Norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros”, aprobada mediante Resolución N° 688-2008-OS/CD; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión N° 14-2024, de fecha 25 de abril de 2024. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las Bases Integradas para la Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas de Distribución Eléctrica: Enel Distribución Perú S.A.A, Electro Ucayali S.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A.-Hidrandina y Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A., - Licitación ED-01-2023-LP, las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolución; y el software que será utilizado durante la adjudicación, a ser remitido al Conductor del Proceso. Artículo 2.- Disponer que las reglas especiales contenidas en las Bases aprobadas al amparo del artículo 6 de la Ley N° 28832 deben ser aplicadas para este proceso (Licitación ED-01-2023-LP) y su ejecución, en complemento con las disposiciones generales como el Reglamento de Licitaciones aprobado con Decreto Supremo N° 052-2007-EM y la Norma Licitaciones aprobada con Resolución N° 688-2008-OS/CD; y sus modi fi catorias. Artículo 3.- Disponer: i) la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y consignarla, junto con el Anexo, el Informe N° 276-2024-GRT y el Informe N° 277-2024-GRT, en la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx, y ii) la noti fi cación del software aprobado a Enel Distribución Perú S.A.A. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2283543-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Inician el procedimiento de revisión tarifaria periódica de oficio de EPS EMSAPA CALCA S.A. RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN DE REGULACIÓN TARIFARIA N° 00012-2024-SUNASS-DRT EXP.: 012-2024-SUNASS-DRT-FT Lima, 24 de abril de 2024CONSIDERANDO:Que, el párrafo 74.1 del artículo 74 del Decreto Legislativo N° 1280, Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento (en adelante, Ley del Servicio Universal) establece que el periodo regulatorio de las tarifas aprobadas por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) tiene una vigencia no menor de tres ni mayor de cinco años e inicia desde el primer día del año fi scal. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 174.1 del artículo 174 del Texto Único Ordenado del