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51 NORMAS LEGALES Sábado 3 de agosto de 2024 El Peruano / Cortes Superiores de Justicia, y en 23 de las 48 lenguas indígenas del Perú. Sétimo. Que, esta mayor demanda de intérpretes y traductores de lenguas indígenas, a fi n que participen en procesos judiciales, ha supuesto asimismo un mayor uso del Registro Especial Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial – RENIT, lo cual ha signi fi cado, a su vez, identi fi car la necesidad de contar con más intérpretes y traductores, y con más lenguas indígenas cubiertas; además de una mayor especialización en distintas materias, resultando particularmente relevantes aquellas relacionadas con niñas, adolescentes y mujeres que hablan lenguas indígenas, por tratarse de personas en mayores condiciones de vulnerabilidad. Octavo. Que, advirtiendo la necesidad de que este conjunto de acciones sea sostenible, corresponde su institucionalización desde las distintas dimensiones y herramientas del Poder Judicial, lo cual implica, entre otras cosas, que la participación de intérpretes y traductores de lenguas indígenas en procesos judiciales sea registrada en el Sistema Integrado Judicial, de forma que, además, la respectiva información sea susceptible de seguimiento, sistematización y reporte, a la par de lo que sucede con la variable étnica, impulsada también por la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena desde el año 2021. Noveno. Que, fi nalmente, es importante difundir las prácticas que se desarrollan en el Poder Judicial para mejorar la gestión de los procesos judiciales, en particular aquellas que, de modo medible y veri fi cable, revierten en la garantía de los derechos de las personas; en este sentido, es preciso reconocer la experiencia “Justicia que reconoce las lenguas indígenas u originarias: traductores e intérpretes en procesos judiciales”, llevada a cabo por la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, la cual a su vez ha sido postulada al Premio Buenas Prácticas en Gestión Pública 2024 - Categoría Inclusión Social, evento organizado anualmente por Ciudadanos al Día con el fi n de identi fi car, documentar, reconocer, premiar y difundir experiencias exitosas en el sector público peruano, orientadas a brindar mejores servicios a la ciudadanía. Décimo. Que, es política de este Órgano de Gobierno reconocer el desempeño de jueces/zas y servidores/as de este Poder del Estado, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y/o administrativas, conforme a lo previsto en el artículo 233 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Décimo primero. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; evaluada la propuesta presentada, en mérito al Acuerdo N.º 946-2024 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 17 de julio de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse en comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Reconocer como buena práctica en gestión intercultural en el Poder Judicial a la experiencia “Justicia que reconoce las lenguas indígenas u originarias: traductores e intérpretes en procesos judiciales”, liderada por la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento a las jefaturas y personal de las o fi cinas y unidades de Servicios Judiciales a nivel nacional; así como a las jefaturas y personal de las Gerencias de Administración Distrital de las Cortes Superiores de Justicia del país, por su participación activa desde el año 2020 en: i) Canalizar y atender los requerimientos de intérpretes y traductores de lenguas indígenas que solicitan los juzgados de todo el país; y, ii) Cumplir con la entrega semestral de información sobre dichos requerimientos a la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; instando a que se siga actuando de esta forma. Artículo Tercero.- Expresar reconocimiento a la jefatura y personal de la Subgerencia de Logística de la Gerencia General del Poder Judicial, por la colaboración desde el año 2020 con el fi n de mejorar el diseño e implementación de los procesos administrativos, que facilitan el servicio de intérpretes y/o traductores de lenguas indígenas en procesos judiciales, incluyendo su participación activa en las actividades señaladas. Artículo Cuarto.- Felicitar al señor Johnny Cáceres Valencia, Consejero Responsable de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, a la abogada Alejandrina Lucy Luglio Mallima, Jefa de la mencionada ofi cina; así como a las abogadas Enith Pinedo Bravo y Erika León Angulo, integrantes del equipo de justicia intercultural de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; por el impulso, dirección, coordinación, implementación, acompañamiento, monitoreo y evaluación de la práctica “Justicia que reconoce las lenguas indígenas u originarias: traductores e intérpretes en procesos judiciales”, que viene desarrollándose con el objetivo de promover los derechos lingüísticos de las personas que hablan lenguas indígenas y son parte de procesos judiciales. Artículo Quinto.- Aprobar, con cargo a la disponibilidad presupuestal, la realización durante el presente año 2024 la IV edición del Curso de Especialización en Justicia para intérpretes y traductores de lenguas indígenas u originarias, bajo la organización de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, con el fi n de fortalecer el Registro Especial Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial – RENIT, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Disponer la realización de reuniones lideradas por la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena con los responsables de los programas presupuestales, los secretarios técnicos de los equipos técnicos institucionales por materias, la Gerencia de Informática y la Subgerencia de Estadística de la Gerencia de Plani fi cación de la Gerencia General, a fi n de coordinar la introducción de las funcionalidades y herramientas estadísticas necesarias en el Sistema Integrado Judicial – SIJ, que permitan el adecuado registro, seguimiento y reporte de la participación de intérpretes y traductores de lenguas indígenas, y de los principales criterios para verifi car la aplicación del enfoque intercultural en los procesos judiciales. Artículo Sétimo.- Disponer que la Gerencia de Imagen y Comunicaciones del Poder Judicial colabore con la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, en el diseño grá fi co, producción y difusión de la información estadística recabada sobre la participación de intérpretes y traductores de lenguas indígenas u originarias en procesos judiciales. Artículo Octavo.- Disponer que el Centro de Investigaciones Judiciales elabore una publicación u otro documento pertinente sobre la experiencia “Justicia que reconoce las lenguas indígenas u originarias: traductores e intérpretes en procesos judiciales”, llevada a cabo por la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. Artículo Noveno.- Noti fi car la presente resolución a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Plani fi cación, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2312322-1