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18 NORMAS LEGALES Jueves 8 de agosto de 2024 El Peruano / distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, dispone que corresponde al Jefe del Seguro Integral de Salud, “designar, suspender o remover al Jefe Adjunto y a los trabajadores en cargos de dirección y con fi anza, de acuerdo a la normatividad aplicable”; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 071-2022/ SIS de fecha 01 de abril de 2022, se designa al señor Juan Higinio Castro Miranda, en el cargo de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud; Que, según Carta s/n de fecha 03 de junio de 2024 el servidor Juan Higinio Castro Miranda, presenta su renuncia al cargo de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud; Que, a través del Memorando N° 000042-2024-SIS/J de fecha 05 de agosto de 2024, la Jefatura informa al Secretario General que se ha aceptado la renuncia del servidor Juan Higinio Castro Miranda al cargo de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud e informa que ha visto por conveniente designar a la señora Zulma Anaya Chacón en dicho cargo; Que, mediante Memorando N° 001492-2024-SIS/ OGAR de la O fi cina General de Administración de Recursos hace suyo el Informe N° 000266-2024-SIS/OGAR-UFGRH, de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos, a través del cual concluye que resulta viable (i) aceptar la renuncia del servidor Juan Higinio Castro Miranda en el cargo de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados; y, (ii) designar dentro de los alcances del Decreto Legislativo N° 1057 a la señora Zulma Anaya Chacón en el cargo de con fi anza de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud, a partir de la publicación de la resolución correspondiente; Que, mediante Informe Legal N° 000410-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que en mérito a lo opinado por la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos y al amparo del numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, resulta legalmente viable que el Jefe del Seguro Integral de Salud, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita la resolución jefatural que: (i) acepte la renuncia del servidor Juan Higinio Castro Miranda en el cargo de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados; y, (ii) designe, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, a la señora Zulma Anaya Chacón en el cargo de con fi anza de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS establece en el numeral 5 de su artículo 10 que la publicación de resoluciones es obligatoria cuando se trate de la designación de funcionarios públicos; Con los vistos del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016- SA.SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del servidor Juan Higinio Castro Miranda al cargo de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, a la señora Zulma Anaya Chacón en el cargo de con fi anza de Gerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud. Artículo 3.- Encargar a la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud la noti fi cación de la presente resolución a los interesados y a los órganos del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2313356-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Modifican el literal i) del artículo 61 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 150-2024-ATU/PE Lima, 7 de agosto de 2024VISTOS:El Informe N° D-001812-2024-ATU/GG-OA-UA, de la Unidad de Abastecimiento; el Memorando N° D-000949-2024-ATU/GG-OA, de la O fi cina de Administración; los Informes N° D-000137-2024-ATU/GG-OPP-UPO y Nº D-000125-2024-ATU/GG-OPP-UPO, de la Unidad de Planeamiento y Organización; las Notas N° D000187- 2024-ATU/GG-OPP y N° D000199-2024-ATU/GG- OPP, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° D-000138-2024- ATU/GG-OAJ y el Informe Nº D-000391-2024-ATU/GG-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, el artículo 28 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los organismos públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público y están adscritos a un Ministerio; Que, mediante Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como