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26 NORMAS LEGALES Jueves 8 de agosto de 2024 El Peruano / unidad ejecutora, en este caso, a la Gerencia General del Poder Judicial. Por lo tanto, al considerar que la Corte Superior de Justicia de Tumbes y la Corte Superior de Justicia de Sullana están subordinadas a una unidad ejecutora (la Gerencia General del Poder Judicial) y no operan como unidades ejecutoras independientes en el marco de la norma antes mencionada, la transferencia de recursos entre ellas no se ajustaría a los criterios establecidos por la ley. Por las razones expuestas, MI VOTO es por DESAPROBAR la propuesta de reubicación de una Unidad Modelo de Flagrancia Tipo II de la Corte Superior de Justicia de Sullana a la Corte Superior de Justicia de Tumbes. RAMIRO BUSTAMANTE ZEGARRA Consejero 1 Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Art. 7°.- Funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: (…) 30. Adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia y para que los Magistrados y demás servidores del Poder Judicial se desempeñen con la mejor conducta funcional. (…)2 Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 82.- Funciones y Atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: (…) 26. Adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia y para que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial se desempeñen con la mejor conducta funcional. (…) 2313277-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman la Octava Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°000523-2024 -P-CSJLI-PJ Lima, 7 de agosto del 2024 VISTO: Proveído N° 000792-2024-P-CED-CSJLI-PJ; CONSIDERANDO:Primero . Que, mediante Proveído N° 000972-2024-P-CSJLI-PJ de fecha 2 de agosto del 2024, la Presidencia del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, concede descanso vacacional a la magistrada Flor de María Madelaine Poma Valdivieso en su condición de Presidenta de la Octava Sala Penal de Apelaciones de Lima, desde el 7 al 13 de agosto del año en curso. Segundo. Que, con la fi nalidad que tal situación no afecte la conformación de la Octava Sala Penal de Apelaciones de Lima, materializado en la paralización de las labores jurisdiccionales por falta de Colegiado, resulta necesario que adoptar las medidas de orden administrativo oportunas, con el objeto de velar por el correcto y normal funcionamiento del mencionado órgano jurisdiccional, en aras de una continua y e fi ciente administración de justicia en bene fi cio del justiciable, por tanto, deberá designarse a un Juez Especializado Titular inmediato anterior al cargo, como Juez Superior Provisional. Tercero. Que, es menester precisar que, si bien las Salas Superiores en principio deben estar conformadas por Jueces Superiores Titulares designados por la Junta Nacional de Justicia previo concurso público, sin embargo, a falta de titulares se debe proceder a la conformación de las Salas Superiores con Jueces Titulares del grado inmediato anterior al cargo, es decir con aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentren dentro de la función jurisdiccional, observándose los principios rectores como la meritocracia y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial - Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial Cuarto. Que, en relación a la promoción de los Jueces Especializados como Jueces Superiores Provisionales, se ha tomado en cuenta la antigüedad en el cargo, orden de mérito y especialidad establecido en el Cuadro de Méritos y Antigüedad, por lo que, considerando que la Presidencia de esta Corte es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, por tanto, se encuentra facultada para designar Jueces Superiores Provisionales a aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentran desempeñando la labor jurisdiccional. Quinto. Que, esta Presidencia habiendo evaluado el desempeño, experiencia en el cargo, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe reunir un juez, ha considerado conveniente designar a la magistrada María del Pilar Castillo Soltero en su condición de Jueza Especializada Titular del Primer Juzgado Penal Liquidador, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Octava Sala Penal de Apelaciones de Lima, por el descanso vacacional de la magistrada titular Flor de María Madelaine Poma Valdivieso. Sexto. Que, esta Presidencia en uso de las facultades conferidas en los numerales 3º, 7° y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la magistrada María del Pilar Castillo Soltero en su condición de Jueza Especializada Titular del Primer Juzgado Penal Liquidador, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Octava Sala Penal de Apelaciones de Lima, desde el 7 al 13 de agosto del 2024 (por el descanso vacacional de la magistrada titular Flor de María Madelaine Poma Valdivieso), quedando conformado el órgano jurisdiccional, de la siguiente manera: Octava Sala Penal de Apelaciones - Kelly Rosario Ramos Hernández (P) Presidenta - María Luz Sandoval Sandoval (P) - María del Pilar Castillo Soltero (P) Artículo Segundo.- PONER en conocimiento la presente Resolución de la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control, O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control, Gerencia de Administración Distrital, Órgano de Imagen Institucional y Coordinación de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLimaPresidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima 2312966-1