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55 NORMAS LEGALES Jueves 8 de agosto de 2024 El Peruano / la correcta ejecución del programa en las instituciones educativas. h) Asamblea General de Padres de Familia: reunión de todos los padres de familia de una institución educativa para la toma de decisiones importantes, como la elección de proyectos escolares. i) Co fi nanciamiento: modalidad de fi nanciamiento mediante la cual, la municipalidad aporta recursos económicos que son complementados con otras fuentes de fi nanciamiento. j) Mesa de Partes: o fi cina de la municipalidad, a cargo de la O fi cina de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo, o la que haga sus veces, donde se reciben y registran documentos y solicitudes presentadas por los ciudadanos y entidades. CAPÍTULO III ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN Artículo 8.- Involucrados en el PEC Los actores involucrados en el PEC son: a) Consejo estudiantil (alcalde, teniente alcalde y regidores). b) Director de la Escuela.c) Profesor asesor.d) Asociación de Padres de Familia (APAFA).e) Veedor municipal.f) Comisión evaluadora. Artículo 9.- Del fomento organizacional Se promoverá la organización y fortalecimiento de las instituciones educativas, comités de padres de familia, asociaciones comunitarias y otras entidades relacionadas con el ámbito educativo, con el fi n de crear una red de apoyo y colaboración que facilite la implementación de las acciones del programa. Artículo 10.- De los convenios El municipio podrá suscribir convenios con entidades públicas, privadas, nacionales e internacionales, que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del PEC, facilitando recursos técnicos, fi nancieros y humanos necesarios para su ejecución. CAPÍTULO IV OBJETIVOS Y RESPONSABLES DEL PROGRAMA Artículo 11.- Objetivo general Promover la participación activa de los estudiantes en la mejora de su entorno educativo. Artículo 12.- Objetivos Especí fi cos a) Fortalecer las capacidades de los municipios escolares en la formulación y gestión de proyectos. b) Incentivar la colaboración entre estudiantes, docentes y la comunidad educativa. c) Generar un impacto positivo en la calidad educativa a través de la mejora de la infraestructura escolar. Artículo 13.- Responsables del Programa a) Subgerencia de Programas Sociales, Salud, Educación, Deporte y Juventud o quien haga sus veces, es responsable de la gestión del PEC, bajo la supervisión de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal. Para llevar a cabo esta gestión, contará con el apoyo de la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Gerencia de Administración y Finanzas y sus subgerencias, la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como de otras unidades orgánicas de la municipalidad, según sus funciones y competencias, y conforme a las disposiciones establecidas en la presente directiva. Además, la subgerencia brindará asesoramiento técnico a las instituciones educativas y sus representantes para facilitar su postulación y participación en el PEC. b) Dirección de la escuela: responsable de facilitar la participación de los estudiantes y coordinar con los docentes y la APAFA. c) Consejo Estudiantil: responsable de la formulación y presentación de los proyectos, con el apoyo del profesor asesor. d) Profesor Asesor: Responsable de orientar y apoyar al consejo estudiantil en la formulación y presentación de los proyectos. e) APAFA: Responsable de apoyar y participar activamente en el proceso de selección y ejecución de los proyectos. f) Veedor Municipal: responsable de supervisar la correcta ejecución del programa y garantizar la transparencia en el uso de los recursos. g) Comisión Evaluadora: responsable de la evaluación y selección de los proyectos presentados por los municipios escolares. CAPÍTULO V BENEFICIARIOS Y REQUISITOS Artículo 14.- Bene fi ciarios del programa El PEC está dirigido a todas las instituciones educativas públicas de nivel inicial, primario y secundario del distrito de Pachacámac que cuenten con un municipio escolar debidamente constituido. Artículo 15.- Requisitos de participación Para participar de fondo de co fi nanciamiento PEC para la ejecución de proyectos educativos, las instituciones educativas públicas deben cumplir con los siguientes requisitos: a) Formato de solicitud: presentar un formato de solicitud dirigido al alcalde, suscrito por Director (a) de la institución educativa pública (Anexo Nº 01). b) Resolución de reconocimiento: copia simple de la resolución de la institución educativa pública que reconozca a los miembros del municipio escolar. c) Acta de asamblea general: se debe presentar el acta de la Asamblea General de la APAFA, conforme al Anexo Nº 02 de la presente directiva. Esta acta comprende: • Presentación de proyectos: Se debe documentar la presentación de un máximo de tres proyectos, propuestos por el consejo estudiantil. • Conteo de votos: registro detallado del conteo de votos emitidos para cada proyecto. • Resultados de la votación: los resultados de la votación, especi fi cando el proyecto seleccionado. • Firmas: el acta debe estar fi rmada por el presidente y el secretario de la APAFA, así como por los representantes de los proyectos propuestos. d) Acta de compromiso de uso y destino: acta de compromiso del responsable del uso y destino de los materiales y/o elementos que entregue la municipalidad en calidad de co fi nanciamiento (Anexo Nº 03). e) Acta de Compromiso de Almacenamiento: en el caso de hacer entrega de materiales de construcción y/o insumos similares, acta de compromiso de contar con un espacio adecuado para el almacenamiento de dichos materiales (Anexo Nº 04). Artículo 16.- Declaración jurada y fi scalización Toda la información consignada en la documentación de postulación al PEC tiene carácter de declaración jurada, y será objeto de fi scalización posterior por parte de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Artículo 17.- Presentación de documentación Toda la documentación para la participación en el PEC debe presentarse a través de las mesas de parte de la Municipalidad Distrital de Pachacámac.