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52 NORMAS LEGALES Jueves 8 de agosto de 2024 El Peruano / el proceso de diseño de cualquier elemento de publicidad relacionado a la difusión y comunicación del programa de bene fi cios. La O fi cina de Gobierno Digital, será responsable de coadyuvar en lo que resulte competente para mantener y dar soporte al aplicativo PACHACARD del PBP. Artículo 11.- De la incorporación de bene fi ciarios al PBP Todo aquel ciudadano que desee incorporarse al PBP en calidad de bene fi ciario, según su tipo de categoría se deberá acercar a la respectiva unidad orgánica de la Municipalidad Distrital de Pachacámac conforme se detalla a continuación: a. Los vecinos de la jurisdicción que sean contribuyentes del distrito deberán aproximarse a las ofi cinas de la Subgerencia de Registro y Recaudación de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. b. Los vecinos de la jurisdicción que se encuentren condecorados y/o se les haya otorgado alguna de las distinciones establecidas en la Ordenanza N° 034-2008-MDP/C deberán aproximarse a la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal. c. Los representantes legales de los establecimientos comerciales que se encuentren a fi liados al PBP, deberán aproximarse a las o fi cinas de la Gerencia de Licencias y Desarrollo Económico. d. Los visitantes o turistas que visiten el distrito de Pachacámac deberán aproximarse a las o fi cinas de Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales. Todas las unidades orgánicas mencionadas en el presente artículo, son responsables de brindar la información correspondiente a los vecinos y/o ciudadanos en general que deseen incorporarse al PBP, así como de evaluar la procedencia o improcedencia de la incorporación al PBP en su padrón correspondiente. En el caso de los vecinos contribuyentes del distrito, la Subgerencia de Registro y Recaudación realizará la evaluación y cali fi cación según los criterios establecidos en los literales a y b del Artículo 5 de la presente norma, determinando el tipo de categoría que le corresponde a cada vecino contribuyente. Artículo 12.- De la pérdida de la condición de bene fi ciario del PBP Los vecinos y ciudadanos en general perderán la condición de bene fi ciarios al PBP, en caso concurran alguna de las siguientes causales: a. Incumpla con el pago de sus obligaciones tributarias. b. Incurra en subvaluación u omisión de predios o infracción tributaria,c. Cuando inicien un procedimiento contencioso tributario y éste se encuentre en trámite o se haya perdido la condición de titularidad del predio. La condición de categoría Premium se podrá recuperar a partir de la subsanación de la causal que motivo la perdida de la condición de bene fi ciario del programa. En caso se produzca el fallecimiento del titular de la obligación tributaria, se anulará de forma inmediata el acceso del bene fi ciario. Artículo 13.- De la validación de las ofertas, promociones y descuentos del PBP Los vecinos y ciudadanos en general bene fi ciarios del PBP, podrán acceder y validar sus bene fi cios en los establecimientos comerciales correspondientes mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad y su Tarjeta Pachacard que contiene un Código QR único, el cual será escaneado por el establecimiento comercial para validar el descuento y/o bene fi cio. Asimismo, el aplicativo PACHACARD contendrá los cupones virtuales de los descuentos y/o bene fi cios. Artículo 14.- Del plazo de vigencia El PBP, así como sus ofertas, bene fi cios y promociones, así como su sistema virtual tendrán una vigencia y operatividad hasta el 31 de diciembre del 2026. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- FACULTAR al alcalde para que mediante decreto dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Licencias y Desarrollo Económico; Gerencia de Administración Tributaria; Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales; Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal; Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización; O fi cina General de Administración y Finanzas, O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional y la O fi cina de Gobierno Digital, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Tercera- PUBLICAR la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacámac.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE V. CABRERA SULCA Alcalde ACTA DE AFILIACIÓN AL “PROGRAMA DE BENEFICIOS Y DESCUENTOS PACHACARD” - PBP (ANEXO N° 01) I. Datos del establecimiento comercial 1: Nombre comercial: ___________________________________________________________________________ Razón social: ________________________________________________________________________________ RUC N°: ___________________________________________________________________________________ Licencia de Funcionamiento N°: ________________________________________________________________ Certi fi cado ITSE N°: __________________________________________________________________________ II. Datos del representante legal: Representante legal: _________________________________________________________________________ DNI N° ____________________________________________________________________________________ Partida N° __________________________________________________________________________________ III. Datos del o de los bene fi cios a otorgar: Descripción detallada: __________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________