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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (22/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2024 El Peruano / Productividad (PNCP), cuyo objetivo general es la generación de bienestar para todos los peruanos sobre la base de un crecimiento económico sostenible con enfoque territorial; estableciendo como Lineamiento de Política N° 6.1: Mejorar los instrumentos de desarrollo productivo, de asociatividad y de articulación empresarial, fomentando el desarrollo de economías de escala; Que, con Decreto Supremo N° 237-2019-EF se aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030, el cual tiene como uno de sus hitos a la Estrategia Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales; Que, el Decreto Supremo N° 005-2020-PRODUCE aprueba la Estrategia Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, cuyo objetivo general es impulsar el desarrollo industrial a través de la implementación de una red de parques industriales a nivel nacional, articulados con instrumentos de política orientados al desarrollo productivo inclusivo, sostenible e innovador; Que, el Decreto Supremo N° 016-2022-PRODUCE aprueba la Política Nacional de Desarrollo Industrial, la cual tiene como Objetivo Prioritario N°03: Incrementar la infraestructura productiva industrial adecuada y servicios especializados para las empresas manufactureras; cuyo servicio propuesto es la asistencia técnica para la inclusión de proyectos industriales en los Planes de Ordenamiento Territorial y Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano; Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024 – 2030 del Sector Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 00088-2024-PRODUCE, tiene como Objetivo Estratégico Sectorial N° 5: Elevar los niveles de productividad de la industria manufacturera y como Acción Estratégica N° 5.2: Incrementar la infraestructura productiva, mediante la inversión pública y privada en Parques Industriales y servicios complementarios; Que, en ese sentido, la propuesta normativa tiene por objeto establecer los lineamientos para la modernización de zonas industriales que actualmente se encuentran en operación, tales lineamientos son de carácter orientativo y tienen como fi nalidad, servir de guía a los Gobiernos Regionales y Locales para el cierre de brechas en infraestructura productiva industrial, con el propósito de promover el desarrollo económico local, a través del impulso de aglomeraciones productivas manufactureras, en armonía con el ambiente, el ordenamiento y acondicionamiento territorial; Que, la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, a través del Informe N° 00000017-2024-IARROYO, sustenta la necesidad de establecer “Lineamientos generales para la modernización de las Zonas Industriales Existentes”; a fi n de ofrecer un documento orientativo a los Gobiernos Regionales y Locales para que atiendan la problemática sobre el inadecuado saneamiento físico legal o la limitada infraestructura básica en dichas zonas industriales; Que, la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe N° 00000233-2024-PRODUCE/OPM, señala que resulta viable el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos generales para la modernización de las Zonas Industriales Existentes”, al encontrarse acorde con las políticas y planes del Sector Producción, sobre Parques Industriales y Zonas Industriales Existentes; Que, atendiendo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos generales para la modernización de las Zonas Industriales Existentes”, y su Anexo , en la sede digital del Ministerio de la Producción, por el plazo de quince (15) días hábiles, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 00000882-2024-PRODUCE/OGAJ señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial, conforme a lo propuesto; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Legislativo N°1199, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Parques Industriales; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos generales para la modernización de las Zonas Industriales Existentes” y su Anexo, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, por el plazo de quince (15) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas o privadas así como de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Mecanismo de Participación Disponer que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o al correo electrónico: jrojasc@produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZÁLEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2317315-1 Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del IMARPE RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA Nº 049-2020- IMARPE/DEC Callao, 30 de diciembre de 2020 VISTOS:El Informe Nº 007-2020-IMARPE/OGPP de fecha 30 de octubre de 2020, emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 329-2020- IMARPE/OGAJ de fecha 30 de diciembre de 2020, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-PRODUCE, modi fi cado mediante Resolución Ministerial Nº 292-2009-PRODUCE, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente del IMARPE, el cual contenía diez procedimientos administrativos; Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP parte de la modernización de la gestión pública, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó los