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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (22/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2024 El Peruano / excepcionales, y que dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, la Decisión 827 de la Comisión de la Comunidad Andina (CAN), establece los Lineamientos para la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad en los Países Miembros de la Comunidad Andina y a nivel comunitario; Que, mediante el O fi cio N° 00421-2024-MINAM/ VMGA/DGCA, la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente remitió al Ministerio de la Producción el Informe N° 00061-2024-MINAM/VMGA/DGCA, a través del cual se emite opinión favorable al proyecto de Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reutilizables, con la fi nalidad que se continúen con los trámites correspondientes para el proceso de consulta pública; Que, a través del Informe N° 00000080-2023-PRODUCE/ DS, de la Dirección de Sanciones y de la Dirección de Supervisión y Fiscalización de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, se otorga la opinión favorable sobre el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reutilizables; Que, por los Informes N°s. 00000464-2024-PRODUCE/ DN y 00000515-2024-PRODUCE/DN, de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, se propone y sustenta la necesidad de disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reutilizables, del referido Reglamento Técnico y sus Anexos, así como de su Exposición de Motivos, por el plazo de noventa (90) días calendario; Que, a través del Informe N° 00000869-2024-PRODUCE/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, desde el punto de vista legal, resulta viable disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reutilizables, del referido Reglamento Técnico y sus Anexos, así como de su Exposición de Motivos; Que, de acuerdo con el sustento técnico antes indicado y atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 149-2005-EF y en el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, resulta necesario publicar el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reutilizables, el referido Reglamento Técnico y sus Anexos, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción, por el plazo de noventa (90) días calendario, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 149-2005-EF, Decreto Supremo que dicta disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ámbito de servicios, de la OMC; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre vajilla y/o utensilios de mesa de plástico reutilizables, del referido Reglamento Técnico y sus Anexos, así como de su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, por el plazo de noventa (90) días calendario, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general. Artículo 2.- Mecanismo de Participación Disponer que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitidos a la dirección de correo electrónico: dn@produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2317307-1 Disponen la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos generales para la modernización de las Zonas Industriales Existentes” y su Anexo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000337-2024- PRODUCE Lima, 21 de agosto de 2024VISTOS: El Memorando N° 00000717-2024-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 00001001-2024-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00000710-2024-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 00000882-2024-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, establece que dicho Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la citada ley, señala que el Ministerio de la Producción, en el marco de sus competencias, cumple la función de aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1199, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Parques Industriales, autoriza al Ministerio de la Producción y entidades bajo su ámbito a promover, formular, aprobar, ejecutar e implementar, proyectos de infraestructura productiva especí fi ca, que incluye parques, áreas y espacios industriales; Que, por Decreto Supremo N° 345-2018-EF se aprueba la Política Nacional de Competitividad y