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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (28/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2024 El Peruano / transferir al Gobierno Regional de La Libertad, tomando en consideración que se trata de infraestructuras culminadas; Que, a través del Memorando Nº 000000688-2024-PRODUCE/DVPA, el Viceministro de Pesca y Acuicultura, en su calidad de Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de Pesca y Acuicultura, autoriza incluir al Desembarcadero Pesquero Artesanal Bahía Blanca en el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2024 del Ministerio de la Producción, para su transferencia al Gobierno Regional del Callao; Que, a través del Memorando Nº 000000762-2024-PRODUCE/DVPA, el Viceministro de Pesca y Acuicultura, en su calidad de Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de Pesca y Acuicultura, autoriza incluir al Desembarcadero Pesquero Artesanal Puerto Morin en el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2024 del Ministerio de la Producción, para su transferencia al Gobierno Regional de La Libertad; Que, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2024-PCM/SD, se aprueba la Directiva Nº 001-2024-PCM-SD, “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, la cual establece en el literal b) del numeral 7.2 que el Plan Anual de Transferencia Sectorial que elabora cada uno de los Sectores es remitido a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y se aprueba mediante Resolución Ministerial publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, a fi n de continuar en el marco de la normativa vigente con el proceso de descentralización, resulta necesario incluir en el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2024 del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 00060-2024-PRODUCE, los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales de Bahía Blanca y Puerto Morin, como nuevos activos a transferir al Gobierno Regional del Callao y La Libertad, respectivamente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la O fi cina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Con fl ictos Sociales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N°002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2024-PCM/SD, que aprueba la Directiva Nº 001-2024-PCM-SD, “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incluir en el numeral 1 del Capítulo VI del Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2024 del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 000060-2024-PRODUCE, al Desembarcadero Pesquero Artesanal Bahía Blanca, para su transferencia al Gobierno Regional del Callao. Artículo 2.- Incluir en el numeral 1 del Capítulo VI del Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2024 del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 000060-2024-PRODUCE, al Desembarcadero Pesquero Artesanal Puerto Morin, para su transferencia al Gobierno Regional de La Libertad. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- Remitir a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución Ministerial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZÁLEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2319226-1 Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios, destinadas a cofinanciar desembolsos de proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 669-2024- PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 26 de agosto de 2024 VISTOS: El Informe N° 141-2024-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 103-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 380-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 052-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.DCT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30230, se crea el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas, el cual cambió su denominación a Fondo MIPYME Emprendedor conforme lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 013-2020 y en el Decreto Supremo N° 225-20-EF; Que, Mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento a cargo del Ministerio de la Producción-PRODUCE. Asimismo, se autoriza a PRODUCE a constituir un fi deicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al citado Programa; Que, con fecha 23 de julio de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID con la fi nalidad de contribuir a la fi nanciación y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento; Que, mediante Ley N° 31953 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en cuyo artículo 73 se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios defi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Ofi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa;