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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (30/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, mediante la Resolución N° 211-2021-SUNARP/ SN, se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 018-2021-JUS, conteniendo la estructura orgánica y el organigrama de la Sunarp; Que, mediante el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 131- 2018-PCM, N° 064-2021-PCM y N° 097-2021-PCM, se aprueban los “Lineamientos de Organización del Estado”, que regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; estableciendo en su artículo 43 que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene sus competencias y funciones generales y las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de los citados lineamientos, el ROF se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones especí fi cas asignadas a sus unidades de organización, la misma que es aprobada por resolución del titular de la entidad; Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2024-JUS, publicado el 23 de agosto del 2024 en el diario o fi cial El Peruano, se modi fi ca la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; estableciendo en su Segunda Disposición Complementaria Final que la modi fi cación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, se aprueba mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación del citado Decreto Supremo; Que, en ese contexto, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del Memorándum N° 1393-2024-SUNARP/OPPM, señala que es necesario proceder con la aprobación de la modi fi cación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, a efectos de modi fi car su organización y estructura orgánica; así como, sus funciones de administración interna y de línea, con la fi nalidad de fortalecer la gestión institucional de la entidad; Que, por las consideraciones expuestas la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 889-2024-SUNARP/OAJ, concluye que resulta legamente viable emitir el acto resolutivo que modi fi que la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, el cual debe materializarse a través de una resolución de la Superintendencia Nacional, en su calidad de titular de la entidad, en virtud a lo dispuesto en el artículo 10 y literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado con Resolución N° 035-2022-SUNARP/SN, debiendo publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 008-2024-JUS; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado” y sus modi fi catorias; contando con el visado de la Gerencia General, O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Apruébese la modi fi cación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobada por Resolución N° 211-2021-SUNARP/SN, la misma que consta de un (1) título, treinta (30) artículos y dos (2) Anexos, que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la Sunarp, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación La presente resolución es publicada en el diario o fi cial El Peruano. La modi fi cación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp es publicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2319819-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES