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89 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / • Por lo referido, señala que corresponde cerrar el turno temporalmente (6 meses sujeto a prorroga) del 1º Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial (Colegiado A) y crear el Juzgado Penal Colegiado Exclusivo. Para ello, es necesario que la carga pendiente del 5º y el 6º Juzgados Penales Unipersonales sea redistribuida al 7º y 8º Juzgados Penales Unipersonales, y sean estos últimos juzgados los que reciban toda la carga procesal de la función unipersonal durante el periodo de funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Exclusivo. Asimismo, se recomienda que el 7º Juzgado de Investigación Preparatoria Subespecializado VcMeIGF de la Provincia de Huaraz, sea el que integre el 1º Juzgado Penal Colegiado Exclusivo. En este caso, se deberá redistribuir la carga procesal pendiente del 7º Juzgado de Investigación Preparatoria al 6º, 8º y el 9º Juzgados de Investigación Preparatoria. Finalmente, la competencia territorial del Juzgado Penal Colegiado Exclusivo correspondería a la actual competencia del 1º Juzgado Penal Colegiado Conformado (Provincias de Huaraz -aleatorio con el Colegiado Conformado B-, Huaylas, Carhuaz, Recuay, Yungay, Bolognesi, Aija y Ocros); con sede en Huaraz y con modalidad itinerante. • Se advierte que en los casos de inhibición por razón de haber sido atendidos por el 7º Juzgado de Investigación Preparatoria, los magistrados del 2º Juzgado Penal Unipersonal de las Provincias de Huaylas y Huari, deberán asumir la conformación del Juzgado Penal Colegiado Exclusivo de manera temporal. • Asimismo, corresponde renombrar al 2º Juzgado Penal Colegiado Conformado subespecializado en VcMeIGF, como Juzgado Penal Colegiado Conformado Subespecializado en VcMeIGF. En la misma línea, alternar la reconformación temporal del citado Juzgado Penal Colegiado Conformado subespecializado en VcMeIGF, del 7º y 8º Juzgados Penales Unipersonales subespecializados en VcMeIGF de la Provincia de Huaraz con el 2º Juzgado Penal Unipersonal subespecializado en VcMeIGF de las sedes de Huaylas y de Huari, turnando su participación por tres meses cada uno, de la siguiente forma: Del primer al tercer mes: - 7º Juzgado Penal Unipersonal VcMeIGF de la Provincia de Huaraz - 8º Juzgado Penal Unipersonal VcMeIGF de la Provincia de Huaraz - 2º Juzgado Penal Unipersonal VcMeIGF de la Provincia de Huaylas Del cuarto al sexto mes: - 7º Juzgado Penal Unipersonal VcMeIGF de la Provincia de Huaraz - 8º Juzgado Penal Unipersonal VcMeIGF de la Provincia de Huaraz - 2º Juzgado Penal Unipersonal VcMeIGF de la Provincia de Huari Mantiene su sede en Huaraz, con modalidad itinerante y competencia territorial en las Provincias de Huaraz (aleatorio con el Juzgado Penal Colegiado Exclusivo), Huari, Huacaybamba, Carlos Fermín Fitzcarrald, Antonio Raimondi, Mariscal Luzuriaga, Pomabamba y Sihuas; y adicionalmente la Provincia de Asunción. Sétimo. Que, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Octavo. Que, el artículo 82, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdo y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1090-2024 de la vigésima novena sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 14 de agosto de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero. Renombrar, a partir del 1 de setiembre del 2024 y por un plazo de 6 meses, al 2º Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Áncash, como Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Áncash. Artículo Segundo. Alternar desde el 1 de setiembre del 2024 y por un plazo de 6 meses, la reconformación del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Áncash, del 7º y 8º Juzgados Penales Unipersonales subespecializados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaraz, con el 2º Juzgado Penal Unipersonal subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de las sedes de Huaylas y de Huari, turnando su participación por tres meses cada uno, de la siguiente forma: Del primer al tercer mes: - 7º Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaraz - 8º Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaraz - 2º Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaylas Del cuarto al sexto mes: - 7º Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaraz - 8º Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaraz - 2º Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huari Se mantiene su sede en Huaraz, con modalidad itinerante y competencia territorial en las Provincias de Huaraz (aleatorio con el Juzgado Penal Colegiado Exclusivo), Huari, Huacaybamba, Carlos Fermín Fitzcarrald, Antonio Raimondi, Mariscal Luzuri Luzuriaga, Pomabamba, y Sihuas. Artículo Tercero. Disponer, a partir del 1 de setiembre de 2024, que la Provincia de Asunción del Departamento de Ancash sea de competencia territorial del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Áncash. Artículo Cuarto. Cerrar, a partir del 1 de setiembre de 2024, el turno del 1º Juzgado Penal Colegiado Conformado supraprovincial subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Áncash, por el plazo de 6 meses sujeto a prorroga, y redistribuir toda su carga procesal al Juzgado Penal Colegiado Exclusivo subespecializado