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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (30/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / Humanos de la UNCA, propone el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional Ciro Alegría, a fi n de realizar las acciones de reordenamiento por la modi fi cación de denominación y clasi fi cación de cargos, por haberse modi fi cado el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la entidad, en concordancia a lo dispuesto en el numeral 6.4 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH - Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, la Ley Nº 31419 - Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confi anza en las entidades públicas; Que, mediante Informe Nº 130-2024-OPP-UNCA/E, de fecha 13 de agosto de 2024, el Jefe (e) de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable a la propuesta de reordenamientos de cargos del CAP Provisional de la Universidad Nacional Ciro alegría; Que, en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría Nº 027-2024, de fecha 13 de agosto de 2024, los miembros de la Comisión Organizadora, acordaron por unanimidad, APROBAR el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional Ciro Alegría; Que, en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría, contenidas en la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la UNCA y Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modi fi cada por Resolución Viceministerial Nº 055-2022-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional Ciro Alegría; el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- NOTIFICAR al Despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Recursos Humanos y Responsable de Actualización del Portal de Transparencia, para su conocimiento y acciones pertinentes. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente Resolución en el diario O fi cial el Peruano y su anexo (Cuadro para Asignación de Personal Provisional - Actualizado) en el portal de transparencia de la página web institucional de la Universidad Nacional Ciro Alegría (www.unca.edu.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.DENESY PELAGIA PALACIOS JIMÉNEZ Presidenta JEAN EBERE CRUZ IGLESIAS Secretario General 2317320-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo el Acuerdo Nº 001-2024- MPP, que desaprobó solicitud de vacancia presentada en contra de regidor del Concejo Provincial de Pisco, departamento de Ica RESOLUCIÓN Nº 0225-2024-JNE Expediente N.º JNE.2024000425 PISCO - ICA VACANCIA APELACIÓN Lima, catorce de agosto de dos mil veinticuatroVISTO: en audiencia pública virtual del 12 de agosto de 2024, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Albert Antonio Pacheco Ramírez y don Luis Alberto Córdova Mendoza (en adelante, señores recurrentes), en contra del Acuerdo N.º 001-2024-MPP, del 16 de enero de 2024, que desaprobó la solicitud de vacancia presentada en contra de don Edgar Alan Ku Navarro, regidor de la Municipalidad Provincial de Pisco, departamento de Ica (en adelante, señor regidor), por la causa de nepotismo prevista en el numeral 8 del artículo 22, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); PRIMERO. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia 1.1. El 1 de diciembre de 2023, los señores recurrentes solicitaron la vacancia del señor regidor, por la causa de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM, bajo los siguientes argumentos: a) El 23 de octubre de 2023, la Contraloría General de la República (CGR) le noti fi có al alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco el O fi cio N.º 0613-2023-OCI/0409, con el cual le trasladó el Informe de Acción de O fi cio Posterior N.º 059-2023-2-0409-AOP, en el que se menciona expresamente lo siguiente: “Contratación de servicios a proveedores impedidos de contratar con el estado por tener parentesco en segundo grado de consanguinidad con el regidor de la Municipalidad Provincial de Pisco”. b) En dicho documento se precisa que se ha comprobado que el señor regidor tiene el segundo grado de consanguinidad con doña Kimberlin Mariel Ku Navarro (en adelante, doña Kimberlin Ku) y doña Diana Ysabel Ku Navarro (en adelante, doña Diana Ku) –es decir, son sus hermanas–, dado que el padre de los tres es don Alberto Augusto Ku Díaz; así lo corrobora el Dictamen N.º 760-2023/DGR-SIR, del 31 de mayo de 2023. c) Doña Kimberlin Ku laboró como locadora de servicios en la Municipalidad Provincial de Pisco en los periodos de enero a junio de 2023, con los Expedientes SIAF N. os 506, 640, 1912, 2713, 3665, 4293, y con los Comprobantes de Pago N.os 607, 1325, 2013, 2914, 3954 y 4720, con los importes de S/ 1800.00, en el cargo de asistente administrativo en la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, información que se encuentra en el Informe de Acción de O fi cio Posterior N.º 059-2023-2- 0409-AOP. d) Del mismo modo, doña Diana Ku fue locadora de servicios como apoyo en la Biblioteca Municipal; por ello, la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial emitió y suscribió las Órdenes de Servicios N. os 154, 398, 1186, 1695, 2148 y 2779, por el importe de S/ 1500.00, en el periodo de enero a mayo de 2023, y en junio del mismo año, por S/ 750.00. e) En el aplicativo informático a cargo de la CGR, se puede veri fi car que el señor regidor registró a doña Kimberlin Ku y a doña Diana Ku como sus hermanas. A fi n de acreditar los hechos alegados, los señores recurrentes presentaron como medios probatorios los siguientes: - Partida de nacimiento del señor regidor, de doña Kimberlin Ku y de doña Diana Ku. - Informe de Acción de O fi cio Posterior N.º 059-2023- 2-0409-AOP. Descargos de la autoridad cuestionada1.2. El 9 de enero de 2024, el señor regidor presentó sus descargos sobre la solicitud de vacancia en los siguientes términos: a) Conforme establece la Resolución de Alcaldía N.º 554-2018-MPP-ALC, del 31 de octubre de 2018, la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial es la responsable de ejecutar los procesos de contratación de bienes o servicios requeridos por las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Pisco.