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29 NORMAS LEGALES Viernes 13 de diciembre de 2024 El Peruano / siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial, solicite en la vía judicial la consignación del valor de la Tasación a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la misma que se mantiene hasta que se establezca de modo defi nitivo la propiedad del área afectada de los inmuebles para la ejecución de la obra en la vía judicial, arbitral o en otro mecanismo de solución de controversias, y se encuentra sometida a las reglas establecidas en el numeral 29.4 del artículo 29 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modifi catorias. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área afectada de los bienes inmuebles a favor del Benefi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contengan las partidas registrales. 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y notifi cada la consignación a los Sujetos Pasivos remita al Registro de Predios de la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modifi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada de los bienes inmuebles a favor del Benefi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto al área afectada de los bienes inmuebles. Artículo 4.- Inscripción Registral del área de los bienes inmuebles a Favor del Benefi ciario Disponer que la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del Benefi ciario el área expropiada de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notifi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modifi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área afectada de los inmuebles desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACION DEL ÁREA AFECTADA DE LOS INMUEBLES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: AEROPUERTO “CADETE FAP GUILLERMO DEL CASTILLO PAREDES” UBICADO EN EL DISTRITO DE TARAPOTO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACION DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE TASACION (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESASENCIO BARTRA VELA MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCÓDIGO: PM1G-AERTARAPOTO-PR-576AREA AFECTADA: 0.0028 ha.AFECTACION : PARCIAL 8 064,00LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL AREA AFECTADA TOTAL: *Por el Norte : Colinda con la PE N° 11112112 (Jorge Chávez 84), mediante una línea recta (1-2) con una medida de 4.11 ml. *Por el Este : Colinda con la Prolongación Jorge Chávez, mediante una línea recta (2-3) con una medida de 7.75 ml. *Por el Sur : Colinda con la PE N° 11112114 (Jorge Chávez 86), mediante una línea recta (3-4) de 4.03 ml . *Por el Oeste : Colinda con la PE Nº 11112113 (Jorge Chávez 85) mediante una línea recta (4-1) de 7.76 ml. COORDENADAS UTM DEL AREA AFECTADA TOTAL VERTICE LADODISTANCIA (m.)DATUM - WGS84 – 17 SUR ESTE (x) NORTE (y) 1 1-2 4.11 348702.6443 9279132.14632 2-3 7.75 348706.7435 9279132.49353 3-4 4.03 348703.7372 9279125.35044 4-1 7.76 348699.7291 9279124.9556 PARTIDA REGISTRAL: N° 11112113 de la Oficina Registral Tarapoto - Zona Registral N° III - Sede Moyobamba.PARTIDA REGISTRAL: N° 05005689 de la Oficina Registral Tarapoto - Zona Registral N° III - Sede Moyobamba. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL de fecha 08 de mayo de 2024, de acuerdo al Informe Técnico N°004520-2024-Z. R N° III–SEDE-MOYOBAMBA/UREG/CAT INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL Nº 022-2024-JYT, suscrito por el verificador catastral de fecha 15 de mayo de 2024. 2352822-1