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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (27/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Viernes 27 de diciembre de 2024 El Peruano / desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la sociedad civil y cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justi fi cada; Que asimismo, se dispuso autorizar la gratuidad hasta el 31 de diciembre de 2024, en todo tipo de trámites para la obtención y expedición del DNI, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta (60) años de edad, en situación de vulnerabilidad, a nivel nacional, que se realicen a través de campañas y/o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y hasta la meta conjunta de 29,000 procedimientos; Que la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social a través del Informe N° 000027-2024/DRIAS/RENIEC (05DIC2024), solicita la emisión de la Resolución Jefatural que disponga continuar durante el año 2025, con la atención de los grupos vulnerables a través de la gratuidad de los procedimientos registrales, hasta la meta conjunta de 18,000 procedimientos; sustentando su propuesta en el pronunciamiento de la Comisión Multisectorial del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (Enfen), respecto a los eventos climatológicos que afectan sobre todo a la población vulnerable en nuestro país, así como las situaciones de urgencias médicas y personas adultas mayores a partir de los 60 años en situación de vulnerabilidad; lo cual hace necesaria una especial protección del Estado, teniendo en cuenta que la indocumentación en esta población vulnerable agrava el nivel de afectación, poniendo en riesgo que puedan acceder a los diversos programas sociales o de salud implementados por el Estado a efectos de proteger sus derechos constitucionalmente reconocidos; Que asimismo, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, señala que nuestra entidad se encuentra en la ejecución del Plan Nacional de Identidad Digital y Servicios Disponibles (PNIDSD) 2022-2025, el mismo que cuenta con acciones estratégicas orientadas a la ejecución de campañas descentralizadas para la emisión del DNIe dirigidas a poblaciones que viven en situación de vulnerabilidad, esta dirección tiene previsto que para el año 2025, los trámites realizados por la DRIAS se realicen con emisión de DNI electrónico, pero sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales correspondientes en la aplicación del procedimiento regular, con la posibilidad de que los ciudadanos puedan solicitarlo posteriormente en la EREP más cercana de manera gratuita; como se viene realizando actualmente; Que si bien la fi nalidad de la emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico - DNIe, es acreditar la identidad del ciudadano a través de dos (02) mecanismos (físicos y electrónicos) esto no imposibilita que, de manera excepcional y atendiendo el carácter identi fi catorio del DNI, se entregue sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales para que, posteriormente, los certi fi cados digitales puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano, en este sentido corresponderá a los órganos involucrados adoptar las medidas que resulten necesarias para que los Documentos Nacionales de Identidad electrónicos - DNIe que se emitan en mérito al presente acto resolutivo, cuenten con los certi fi cados digitales; Que la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), a través de los documentos de vistos, ha evaluado la propuesta presentada por la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y señala que desde el punto de vista presupuestal será factible de ser fi nanciada con cargo al presupuesto institucional que se ha asignado en la Ley N° 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que en este contexto, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a la propuesta de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; Que por su parte, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable autorizar la gratuidad solicitada, a ejecutarse en el año 2025, precisando que en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, corresponde la publicación obligatoria de las resoluciones administrativas cuando su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración pública; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024); y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, a nivel nacional y hasta la meta de 18,000 procedimientos de inscripción, duplicado, renovación y recti fi cación de datos del Documento Nacional de Identidad para personas con urgencias médicas (quienes se encuentren hospitalizadas, requieran de intervenciones quirúrgicas o necesiten a fi liarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose a personas menores y mayores de edad derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justi fi cada, según formato - Anexo 01, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, de los procedimientos de renovación y duplicado del Documento Nacional de Identidad, tramitados a nivel nacional, para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social, como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la sociedad civil y cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justi fi cada, según formato - Anexo 02, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural y hasta la meta conjunta de 18,000 procedimientos fi jada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, en todo tipo de trámites para la obtención y expedición del DNI, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta (60) años de edad, en situación de vulnerabilidad, a nivel nacional, que se realicen a través de campañas y/o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y hasta la meta conjunta de 18,000 procedimientos fi jada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Disponer que los procedimientos realizados en el marco de la presente Resolución Jefatural se realizarán con emisión de Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) de manera prioritaria desde la captura del trámite, el procesamiento y entrega. Para dicho efecto la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, la Dirección de Registros de Identi fi cación y la Dirección de Servicios Registrales coordinarán internamente las atenciones necesarias. Artículo Quinto.- Autorizar de manera excepcional y para los efectos de la presente Resolución Jefatural, la emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico - DNIe, sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales, para que posteriormente puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano ante cualquier Centro de Atención EREP o realizarse de manera autónoma desde la comodidad de un entorno web.