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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2024 (04/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Jueves 4 de enero de 2024 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Autorizan transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000407-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR Tumbes, 3 de agosto de 2023VISTO: El Informe Técnico Nº 102-2023/GOB.REG.TUMBES- GGR-GRPPAT-SGP, de fecha 25 de julio de 2023; Memorando Nº 158-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 19 de julio de 2023; Memorando Nº 2389-2023-GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRI-GR, de fecha 14 de julio de 2023; Memorando Nº 143-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 10 de julio de 2023; O fi cio Nº 000974-2023-CG/SGE, de fecha 29 de mayo de 2023; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala en su Artículo Primero Objeto de la Ley: que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones públicos privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; destinando para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; habilitando el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la Categoría del Gasto de Capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar; Que, asimismo, en la citada Ley, señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su fi nanciamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente; Que, para el cumplimiento de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 31358, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la antes mencionada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de los establecido en la leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 – Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, mediante O fi cio Nº 000974-2023-CG/SGE, de fecha 29 de mayo de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República, en el marco de los alcances de la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modi fi ca el Artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se ha priorizado inversiones a cargo de la Ejecutora 001 Sede Central, cuyo monto de inversión se encuentra en el rango mayor a los cinco millones y 00/100 soles (S/ 5,000,000.00) y menor o igual a los Diez Millones y 00/100 (10,000,000.00), y con la fi nalidad de desplegar los servicios de control gubernamental a las inversiones priorizadas; esta Entidad Fiscalizadora Superior ha determinado el costo de control concurrente CCC 2%, considerando el saldo del monto de inversión por ejecutar con fecha de corte al 18 de mayo de 2023, de conformidad a los criterios establecido en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, aprobada mediante Resolución Contralora N° 275-2022-CG y modi fi cada por Resolución Contralora N° 139-2023-CG. Precisando que en cumplimiento a lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la entidad Regional deberá efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiendo al 1% del saldo de inversión por ejecutar; asimismo, el saldo restante (CCC 1%) conforme a los señalado en el referido dispositivo, deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; Que, con Memorando Nº 143-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 10 de julio de 2023, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita a la Gerencia Regional de Infraestructura la actualización en el banco de inversiones de la Obra CUI: 2377782 “Mejoramiento del Servicio de Educación Básica de la Institución Educativa Perú Canadá del Distrito, Provincia y Región Tumbes”; para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República la cual tiene como objetivo, la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos cuyos montos superen los S/ 5,000,000.00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) para tal efecto, se destina hasta el 2% de su valor total, incorporando dentro de su estructura de costo, como costo indirectos u otros costos, en el rubro denominado control concurrente el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República, bajo dicha modalidad de control gubernamental le corresponde el 1% y el saldo restante del 1% a ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público de acuerdo a lo señalado en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2023; Que, con Memorando Nº 2389-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRI-GR, de fecha 14 de julio de 2023, la Gerencia Regional de Infraestructura, convalida los montos solicitados por el órgano de control fi scal superior; asimismo, la Sub Gerencia de Presupuesto mediante Informe Técnico Nº 00102-2022-GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGP, de fecha 25 de julio de 2023, emite las cadenas funcionales que corresponde al proyecto mencionado en el párrafo anterior;