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40 NORMAS LEGALES Jueves 4 de enero de 2024 El Peruano / Tumbes, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Ofi cina Regional de Administración, O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y Secretaría General Regional del Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES; Que, estando aprobado por la Sub Gerencia de Presupuesto y contando con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y Secretaría General Regional del Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES; De, conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 denominada “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR A la O fi cina Regional de Administración para que a través de la O fi cina de Tesorería efectúe la Transferencia Financiera hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 1,194,756.00), a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”, siguiendo el procedimiento dispuesto para la transferencia fi nanciera a la Entidad de control nacional. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Contabilidad Pública, Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, así como a las instancias del Pliego 461: Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, Secretaría General Regional, Subgerencia de Presupuesto, O fi cina de Contabilidad, O fi cina de Tesorería. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. A. ROSARIO PALACIOS PALACIOS DE DE LAMA Gobernadora Regional (e) 2241383-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000591-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR Tumbes, 10 de noviembre de 2023VISTO:El Memorando N° 265-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 07 de noviembre de 2023; Informe Técnico N° 136-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, de fecha 03 de noviembre de 2023; O fi cio N.º 001245-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023; y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala en su Artículo Primero Objeto de la Ley: que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones públicos privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; destinando para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; habilitando el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la Categoría del Gasto de Capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar. Que, asimismo, en la citada Ley, señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su fi nanciamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente. Que, para el cumplimiento de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 31358, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la antes mencionada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de los establecido en la leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 – Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, mediante O fi cio Nº 001245-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República, mani fi esta que en el marco de los alcance de la Ley 31358 Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, esta Entidad Fiscalizadora Superior (EFS), el Gobierno Regional Tumbes ha priorizado nuevas inversiones para los cuales se ha determinado el costo de control concurrente, actualizando el costo de concurrente de inversiones requeridos anteriormente, conforme a lo señalado en el Anexo adjunto, con la fi nalidad de desplegar los servicios de control gubernamental en las referidas inversiones, considerándose la información del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte del 14 de setiembre de 2023, conforme a los criterios establecidos en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL; En ese sentido, solicitan al Gobierno Regional Tumbes efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República (Unidad Ejecutora 001-196 Contraloría General), por lo que solicita transferencias fi nancieras para el Control Gubernamental