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32 NORMAS LEGALES Martes 9 de enero de 2024 El Peruano / Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a las contrataciones del Estado. k. Invitar a los postores que participaron en el procedimiento de selección cuyo contrato derivado fue resuelto o declarado nulo, en el marco del supuesto establecido en el artículo 167 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 5.- Delegar en el/la Gerente/a de Televisión, las facultades y atribuciones siguientes: a. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades, así como de los acuerdos tomados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Televisión. b. Suscribir las licencias de derecho de grabación de espectáculos y/o emisión de materiales audiovisuales que se celebre, a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos, otorgados por la Gerencia de Televisión. c. Suscribir los contratos con proveedores nacionales e internacionales, para la cesión y/o licenciamiento de derechos de material audiovisual a favor del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, previo cumplimiento de la normativa establecida sobre la materia. d. Suscribir Acuerdos de Facilidades de Producción en el marco de la Directiva N° 001-GTV/IRTPV.1 “Gestión de Facilidades de Producción” aprobado por Resolución de Gerencia General N° D000029-2021-IRTP-GG y sus modi fi catorias. Artículo 6.- Delegar en el/la Gerente/a de Prensa, las facultades y atribuciones siguientes: a. Suscribir las licencias de derecho de materiales audiovisual relacionados con la Gerencia de Prensa que se celebre a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos, otorgados por la Gerencia de Prensa. b. Suscribir los contratos con las Agencias Internacionales de Noticias, previo cumplimiento de la normativa establecida en la materia. c. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades, así como de los acuerdos tomados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Prensa. d. Suscribir Acuerdos de Facilidades de Producción en el marco de la Directiva N° 001-GTV/IRTPV.1 “Gestión de Facilidades de Producción” aprobado por Resolución de Gerencia General N° D000029-2021-IRTP-GG y sus modi fi catorias. Artículo 7.- Delegar en el/la Gerente/a de Radio, las facultades y atribuciones siguientes: a. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades, así como de los acuerdos adoptados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Radio. b. Suscribir las licencias de derecho de material radiofónico y audiovisual que se celebre a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos, otorgados por la Gerencia de Radio. c. Suscribir los contratos con proveedores nacionales e internacionales, para la cesión y/o licenciamiento de derechos de material radiofónico y audiovisual a favor del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, previo cumplimiento de la normativa establecida sobre la materia. d. Suscribir Acuerdos de Facilidades de Producción en el marco de la Directiva N° 001-GTV/IRTPV.1 “Gestión de Facilidades de Producción” aprobado por Resolución de Gerencia General N° D000029-2021-IRTP-GG y sus modi fi catorias. Artículo 8.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Informática y Estadística -OIE, las facultades y atribuciones siguientes: a. Solicitar y gestionar la emisión, cancelación, suspensión y renovación de certi fi cados digitales para suscriptor de persona jurídica, que se realiza a través de la Plataforma Integrada de la Entidad de Registro (PIER) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC. b. Suscribir documentos y/o comunicaciones necesarias con entidades públicas y/o empresas privadas nacionales e internacionales, en el ámbito del gobierno digital y de las tecnologías de la información y comunicaciones, para la gestión oportuna de la O fi cina de Informática y Estadística. Artículo 9.- Delegar en el/la Gerente/a de la Comercialización, las facultades y atribuciones siguientes: 9.1 En materia administrativa: a. Suscribir, en representación de la entidad, toda la documentación y/o declaraciones juradas, formatos necesarios y que correspondan a fi n de que la entidad se presente, ante las diferentes entidades del Estado, como proveedor de servicios para la difusión de publicidad estatal, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. b. Suscribir, en representación de la entidad, todos los documentos y/o declaraciones juradas necesarias y que correspondan para la formalización y/o ejecución de los contratos que deriven de los servicios para la difusión de publicidad estatal, celebrados en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. 9.2 En materia de contractual: a. Suscribir en representación de la entidad los contratos, adendas y toda documentación que deriven de la prestación de servicio de difusión de publicidad estatal. b. Suscribir en representación de la entidad todos los contratos de compra – venta de espacios publicitarios y/o canje publicitario y/o agentes libres y/o cesión de espacios, sus adendas, así como su resolución. c. Suscribir, en representación de la entidad, los contratos de publicidad programática y, sus adendas. d. Suscribir los acuerdos y/o licencias de derecho del material audiovisual y/o radiofónico de propiedad del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, que se celebren a título oneroso, previo informe favorable de validación respecto a la titularidad de derechos otorgada por la Gerencia de Televisión, la Gerencia de Prensa y la Gerencia de Radio, según corresponda. Artículo 10.- La delegación de facultades, aprobada mediante la presente resolución, tiene vigencia durante el Año Fiscal 2024 y surte sus efectos a la fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 11.- La delegación de las facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 12.- Disponer que los servidores a quienes se les delega las facultades materia de la presente resolución, informen trimestralmente a la Presidencia Ejecutiva, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas. Artículo 13.- Remitir copia de la presente resolución a los Jefes de O fi cina y Gerentes a quienes se les ha delegado facultades mediante la presente resolución, así como a todos órganos de la entidad del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú para su conocimiento y cumplimiento. Artículo 14.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Instituto Nacional