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43 NORMAS LEGALES Jueves 11 de enero de 2024 El Peruano / recursos administrativos de impugnación, iniciar y proseguir procedimientos o cualquier actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa; y en general emitir los documentos que sean requeridos por dichas entidades; que no sean privativas del cargo del Presidente de la Entidad, exceptuando las facultades especi fi cas delegadas a otras autoridades de la entidad. 2) Suscribir contratos o convenios, incluidas sus respectivas adendas, con las entidades fi nancieras supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, además del Banco de la Nación, para prestar servicios de recaudación y cobranza de las tasas y multas, en el marco de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF-77.15, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 y modi fi catorias. 3) Reconocer el precio de los bienes y servicios, en los casos que resulte aplicable la acción por enriquecimiento sin causa en la vía correspondiente, previa evaluación técnica del área usuaria y del área de abastecimiento, así como legal del órgano jurídico de la entidad y de la correspondiente disponibilidad presupuestal; sin perjuicio del deslinde de responsabilidades 4) Reconocer los créditos internos y devengados de ejercicios fenecidos, así como aquellos adeudos en los que resulte aplicable la acción por enriquecimiento sin causa en la vía correspondiente, en concordancia con la normativa vigente, y sin perjuicio del deslinde de responsabilidades correspondiente. 5) Tramitar licencias, derechos y otros permisos ante las Municipalidades Provinciales y Distritales. 6) Representar legalmente al CONCYTEC ante las entidades prestadoras de servicios públicos y suscribir los contratos de prestación de dichos servicios a favor de sus Unidades Ejecutoras, modi fi carlos o resolverlos y efectuar cambio de titularidad de suministros de servicios ante las indicadas entidades. 7) Regular, tramitar y expedir los actos destinados o vinculados a la administración, disposición, adquisición, transferencia, donación, registro y supervisión de los bienes muebles del Pliego CONCYTEC, así como la aceptación de donaciones, previa emisión del informe técnico y legal que sobre el particular vayan a expedirse. 8) Aprobar y declarar la extinción de los contratos que se celebren en el marco del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo, sus normas reglamentarias, complementarias y modi fi catorias, cuando corresponda. 9) Autorizar y resolver solicitudes respecto del desplazamiento de personal (rotación) comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, ley de Fomento del Empleo, a propuesta de la O fi cina de Personal. Artículo 3.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración las siguientes facultades, durante el Año Fiscal 2024: 1) Suscribir contratos de bienes y servicios, cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), así como su ampliación, resolución y/o modi fi cación de los mismos. 2) Formalizar la relación contractual mediante Orden de Compra y/o Servicios, en las contrataciones derivadas de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, cuando el monto de la contratación no supere los S/ 100, 000.00 (Cien Mil con 00/100 Soles), asimismo, efectuar las modi fi caciones, resolver las solicitudes de ampliación y resolver la relación contractual derivadas de dicha contratación especial. 3) Suscribir, modi fi car y resolver contratos, órdenes de compra y órdenes de servicios correspondientes a los supuestos expresamente excluidos del ámbito de aplicación de la normatividad de contratación estatal, previsto en el literal d) del artículo 4 del TUO de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, que establece la contratación de notarios públicos para que ejerzan las funciones previstas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 4) Gestionar las Invitaciones a los postores que participaron en el procedimiento de selección cuyo contrato fue resuelto o declarado nulo en los supuestos establecidos en el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF. 5) Emitir, suscribir, controlar y registrar las Constancias de Prestación de bienes, servicios y obras. Artículo 4.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina de Personal de la O fi cina General de Administración las siguientes facultades, durante el Año Fiscal 2024: 1) Suscribir los contratos y adendas regulados por los Decretos Legislativos Nº 728 y Nº 1057, y la Ley Nº 30057. 2) Suscribir los convenios, modi fi caciones y prórrogas de prácticas profesionales y preprofesionales celebrados de conformidad a lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia. 3) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia de personal. 4) Suscribir contratos con Entidades Prestadoras de Salud – EPS, adendas y renovaciones u otros derivados del mismo. 5) Conceder Licencia Sindical a los representantes del sindicato. 6) Convocar el Comité y/o Junta electoral para llevar a cabo el proceso de elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuando el sindicato no lo realice. 7) Suscribir los contratos o el acuerdo de cambio de modalidad de teletrabajo, de conformidad a lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia. Artículo 5.- Delegar en el (la) Jefe(a) de la O fi cina de Tecnologías de la Información de la O fi cina General de Administración del CONCYTEC la siguiente facultad, durante el Año Fiscal 2024: 1) Gestionar la emisión y cancelación de Certi fi cados Digitales para el uso de autenticación y fi rma digital en el marco del Contrato de Prestación de Servicios de Certi fi cación Digital Certi fi cado Clase III – Persona Jurídica. Artículo 6.- Delegar en el (la) Director(a) del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados –PROCIENCIA las siguientes facultades, durante el Año Fiscal 2024: 1) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias. Artículo 7.- Delegar en el (la) Responsable de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA las siguientes facultades, durante el Año Fiscal 2024: 1) Suscribir los contratos o el acuerdo de cambio de modalidad de teletrabajo, de conformidad a lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia. Artículo 8.- Delegar en el (la) Director (a) de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, en el marco del Acuerdo de Ejecución del Programa Nº SEDI/AICD/DCF/048/21-24 suscrito por la Secretaría General de la OEA, a través de su Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral de la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo, y el CONCYTEC, la siguiente facultad, durante el Año Fiscal 2024: 1) Suscribir los contratos para la adquisición de bienes y/o servicios que resulten necesarios para la ejecución y administración del Programa “Espacio Ciencia: Centro interactivo virtual de la ciencia, tecnología, innovación y emprendimiento (CTI-e)”, cuyos pagos serán efectuados por la Organización de los Estados Americanos, con cargo a los recursos fi nancieros de la contribución, bajo los términos y condiciones establecidos en el Acuerdo de Ejecución del Programa Nº SEDI/AICD/DCF/048/21-24.