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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2024 (14/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Domingo 14 de enero de 2024 El Peruano / desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones publico privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el fondo nacional de fi nanciamiento de la actividad empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del sistema de control, cuyos montos superen los cinco millones, son objeto de control concurrente por parte de la contraloría General de la República; para dicho efecto, el numeral 2.1 del artículo 2° de la citada ley establece que los pliegos destinan hasta el 2% (dos por ciento) del valor total de las inversiones, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, en relación a la transferencia de dichos recursos, el numeral 4.1 del artículo 4° de la Ley N° 31358 señala que los pliegos involucrados se encuentran autorizados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuados de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de realizar las transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República; Que, conforme dispone el numeral 4.2 del artículo en mención, concordante con el numeral 7.3 párrafo noveno de la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente”, la cual establece que: “Las transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría en el marco de la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias, las gestiona la OP de la entidad y se aprueban mediante resolución del titular del pliego, en el caso de gobierno nacional; con Resolución Ejecutiva Regional, en el caso de gobierno regional; o Resolución de Alcaldía, en el caso de gobierno local. En el caso de gobierno nacional y regional, los documentos que aprueban las transferencias fi nancieras se publican en el Diario O fi cial El Peruano y, en el caso de gobierno local, en su página web institucional”. Que, con O fi cio N° 1598-2023-CG/SGE suscrito por el Secretario General de la Contraloría General de la República, solicita transferencia fi nanciera para el control gubernamental en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, esta Entidad Fiscalizadora Superior (EFS) ha priorizado en su entidad nuevas inversiones para las cuales se ha determinado el costo total del control concurrente, asimismo, se ha actualizado el costo de control concurrente de inversiones requeridas anteriormente, conforme a lo señalado en el anexo adjunto al presente, con la fi nalidad de desplegar los servicios de control gubernamental en las referidas inversiones, para ello, se ha considerado la información del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte al 14 de setiembre de 2023, conforme a los Criterios establecidos en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL. En este sentido, se solicita proceder a efectuar la transferencia fi nanciera a favor del pliego 019 Contraloría General, en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente de recibida la presente solicitud; Que, mediante Memorándum Circ. N° 075-2023- GRM/GGR-GRPPAT de fecha 25 de octubre del 2023, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita transferencia fi nanciera para el control gubernamental en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, de acuerdo a lo requerido por la Contraloría General conforme a la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL; Que, con Memorándum Circ N° 077-2023-GRM/ GGR-GRPPAT de fecha 16 de noviembre del 2023, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial reitera solicitud de información respecto al Control Concurrente;Que, con Informe N° 171-2023-OAPR-PPPTO de fecha 20 de noviembre del 2023, el Jefe (e) de Plani fi cación y Presupuesto concluye que, se viene ejecutando el proyecto: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MO-100 DESDE EL KM 00+000 PUENTE EL CHORRO AL KM 05+979, DISTRITO DE QUINISTAQUILLAS - PROVINCIA GENERAL SÁNCHEZ CERRO - MOQUEGUA” - CUI N° 2333608, costo total de inversión total según Banco de Proyectos a la fecha es de S/. 27,548,320.69 soles. Considerando, que se encuentra a menos de mes y medio del cierre del ejercicio 2023 el importe que se va transferir es de S/ 14,200.00 soles, asumiendo el compromiso que en los primeros meses del año 2024. se realizará la transferencia fi nanciera del saldo en su totalidad a la Contraloría General de la República. Adjuntándose la Nota de Modi fi cación Presupuestaria correspondiente; Que, mediante Informe N° 381-2023-GRM/GGR-G. GSRSC de fecha 21 de noviembre del 2023, el Gerente de la Sub Región General Sánchez Cerro remite la información solicitada sobre control concurrente a favor de la Contraloría General de la República; Que mediante Informe N° 352-2023-GRM/PERPG- GG/OPP e Informe N° 353-2023-GRM/PERPG-GG/OPP de fecha 23 de noviembre del 2023, el Jefe de la Ofi cina de Presupuesto y Plani fi cación informa que se realizó la Modi fi cación Presupuestal en el Nivel Funcional Programático (Tipo III) a fi n de continuar con los tramites de la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República. Adjuntándose las Notas de Modi fi cación Presupuestarias correspondientes; Que, a través del O fi cio N° 1266-2023-GRM/PERPG y el O fi cio N° 1267-2023-GRM/PERPG de fecha 27 de noviembre del 2023, el Gerente General del Proyecto Especial Regional Pasto Grande remite la información del control concurrente, a fi n de continuar con los tramites de la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República; Que, con Informe N° 2366-2023-GRM/GRPPAT/SPRE de fecha 01 de diciembre del 2023, la Sub Gerencia de Presupuesto solicita la autorización para poder realizar la transferencia fi nanciera al control gubernamental en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, solicitado por la Contraloría General de la República conforme a lo establecido en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, correspondiente a las Unidades Ejecutoras Sub Región de Desarrollo General Sánchez Cerro y Proyecto Especial Regional Pasto Grande; Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por el cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representante o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe (...), principio previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; De conformidad con Ley N° 31358 - Ley que establece las medidas para la expansión del control concurrente, Directiva N° 008-2022-CG/GMPL - Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, aprobada por Resolución de Contraloría N° 103-2022-CG y en uso de las facultades y atribuciones otorgadas al Gobierno Regional, en virtud de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 21° de la Ley N° 27867 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Articulo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera solicitada por la Contraloría General de la República a efectos de realizar el Control Gubernamental pertinente, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, de acuerdo al siguiente detalle: