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60 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de enero de 2024 El Peruano / con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y su reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras; asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8 del citado precepto normativo, dispone que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga; Que, por su parte, el artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se derivan; asimismo, dicho precepto normativo indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, conforme lo establece el numeral 20 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Alcalde delegar atribuciones administrativas en el Gerente Municipal; facultad que concuerda con lo señalado en los artículos 27º y 39º de la Ley Nº 27972, en cuanto señala que la administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de con fi anza a tiempo completo y dedicación exclusiva designado por el Alcalde quien resuelve los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas; Que, a efectos de agilizar la carga administrativa que posee la Alcaldía de la municipalidad de Chorrillos, se hace necesario liberarla de cualquier rutina de ejecución y de tareas de formalización de actos administrativos, presupuestarios, de contrataciones del Estado y de gestión; por lo que, se sustenta la delegación de facultades en un único instrumento que efectivice y facilite su identi fi cación desde la Alcaldía a diferentes unidades de organización de la institución; Que, de conformidad a lo previsto en el numeral 85.3 del artículo 85 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, a los órganos jerárquicamente dependientes se les trans fi ere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses; Que, mediante Memorándum Nº 98-2023-ALC-MDCH, el Despacho de Alcaldía remite a la Gerencia Municipal, la propuesta de ampliación de delegación de atribuciones establecidas en la Resolución de Alcaldía Nº 061-2023-MDCH, modi fi cándose el artículo primero: delegar en el gerente municipal “Designar y/o cesar a Directivos Públicos de cuarto nivel organizacional”, y mediante Memorándum Nº 1683-2023-GAJ-MDCH, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General, a fi n de emitir el acto resolutivo correspondiente Que, mediante el Memorándum N° 1703-2023- MDCH/GM, la Gerencia Municipal informa que luego del análisis de los resultados de la ejecución de dicha delegación de facultades en el ejercicio 2023, por lo que considera que para el ejercicio 2024 se continuar con las delegaciones de facultades descritas en la Resolución de Alcaldía Nº 061-2023-MDCH, asimismo se incluya la propuesta de delegación de facultades a la Subgerencia de Recursos Humanos, señaladas en el Memorándum Nº 1702-2023-MDCH-GM; Que, mediante el Informe N° 006-2023-GAJ-MDCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta legalmente procedente emitir la Resolución de Alcaldía de delegación propuesta por encontrarse enmarcada en la normativa vigente; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Decreto Legislativo N°1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, modi fi catoria y su Reglamento; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y su Reglamento; la Ley N° 29227, Ley que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías y su Reglamento; y la Ordenanza Nº 423-MDCH; y con los vistos de la Secretaría General, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia Municipal; RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR en el GERENTE MUNICIPAL, durante el Ejercicio Fiscal 2024, las siguientes facultades: En materia de Contrataciones del Estado, presupuestaria, administrativa y de gestión a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y sus modi fi catorias, así como evaluar y supervisar su ejecución. b) Designar a los representantes de la municipalidad de Chorrillos ante comités, comisiones, mesa de trabajo y afi nes para formular y recomendar las acciones más apropiadas, para el desarrollo de la gestión municipal. c) Representar a la municipalidad distrital de Chorrillos ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativos, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores entre otras pretensiones administrativas con excepción de aquellas que por ley le corresponde al procurador público municipal. d) Las atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponda al alcalde, en su calidad de Titular del pliego y las acciones administrativas de gestión y de resolución en materia presupuestaria, que no sean privativas a la función del Alcalde. e) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, previo informe técnico favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. f) Aprobar las directivas de racionalización y de austeridad del gasto público en la municipalidad de Chorrillos, para un manejo adecuado de los recursos asignados por cualquier fuente de fi nanciamiento. g) Autorizar el trámite, gestión y fi rma del duplicado de la tarjeta de identidad y placa vehicular de las unidades vehiculares y la gestión de las placas vehiculares de las nuevas adquisiciones de la municipalidad de Chorrillos. h) Autorizar la fi rma del acta de trasferencia vehicular y conciliación a favor de la aseguradora con la fi nalidad de cobrar indemnización a favor de la municipalidad de Chorrillos y consecuentemente recepcionar el cobro de la indemnización por parte de la compañía de seguros. i) Expedir resoluciones administrativas en última instancia administrativa, respectos a los asuntos de competencia del despacho de alcaldía de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la municipalidad de Chorrillos. j) Participar en remates públicos y suscribir los documentos necesarios, en caso se adjudiquen el bien a favor de la municipalidad. k) Suscribir la Declaración Jurada (D100), establecida como requisito para la determinación de la clasi fi cación socioeconómica, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 032-2020-MIDIS, que aprueba la Directiva Nº 001-2020-MIDIS, denominada Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH). l) Suscribir en representación de la municipalidad de Chorrillos contratos y/o minutas ante Notario Público, para formalizar la transferencia a título oneroso o gratuito de bienes muebles o inmuebles, a favor de la municipalidad o a favor de terceros, así como para formalizar todo acto de disposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. m) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes, servicios y obras, y las reducciones de prestaciones adicionales de bienes, servicios y obras, hasta por el máximo permitido por la normativa aplicable.