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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2024 (24/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de enero de 2024 El Peruano / m) Aprobar la procedencia del otorgamiento y nivelación de la pensión de cesantía, invalidez, viudez y orfandad, así como el incremento de éstas cuando corresponda. n) Aprobar el Rol de vacaciones y sus modi fi catorias de todos los trabajadores de la Municipalidad de Chorrillos, incluyendo funcionarios, directivos y personal permanente. o) Suscribir los Convenios de Prácticas Pre- Profesionales y Profesionales, al amparo del Decreto Legislativo Nº 1041 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2019-PCM. p) Disponer las acciones de desplazamiento de personal. q) Aceptar la renuncia de los servidores, con excepción de aquellos que son cargos de con fi anza. r) Suscribir las constancias y certi fi cados de remuneraciones de los funcionarios. s) Suscribir las actas de incorporación, reincorporación u otras a fi nes que se deban emitir, en cumplimiento de las sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, previa coordinación con la Procuraduría Pública Municipal, conforme a la disponibilidad presupuestaria y fi nanciera de la entidad. t) Autorizar la exoneración del Registro de Control de asistencia de los servidores municipales, bajo cualquier régimen laboral por razones debidamente justi fi cadas. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 061-2023-MDCH de fecha13 de enero de 2023, la Resolución de Alcaldía Nº 282-2023-MDCH de fecha 08 de setiembre de 2023, y todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo Sexto.- Los funcionarios delegados deberán dar cuenta al Alcalde y al Gerente Municipal respecto a las resoluciones y actos administrativos emitidos como producto de la presente delegación según corresponda, en concordancia con el Principio del Debido Procedimiento previsto en el numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Artículo Séptimo.- Los actos que se expidan en base a la delegación de funciones conferidas en la respectiva Resolución de Alcaldía, deben ser efectuadas con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, bajo responsabilidad del personal administrativo que interviene en su sujeción y del funcionario competente que autoriza el acto administrativo pertinente. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal notifi car la presente Resolución a todas los órganos y unidades orgánicas de la municipalidad de Chorrillos, para su estricto cumplimiento y fi nes correspondientes. Artículo Noveno.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el Portal Institucional de la municipalidad distrital de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO E. VELASCO HUAMÁN Alcalde 2251677-1 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Ordenanza que establece cronograma de vencimiento de pagos del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales e importe mínimo de pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2024 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 490-2024/MDL Lurín, 15 de enero de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍNPOR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LURÍN:VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 010-2024-SRROC-GAT/MDL de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, el Informe Nº 001-2024-GAT/MDL de la Gerencia de Administración Tributaria, el Proveído Nº 034-2024-OGPP/MDL de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 008-2024-OPM-OGPP/MDL de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, el Memorándum Nº 009-2024-OGPP/MDL de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 013-2024-OGAJ/MDL de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 024-2024-GM/MDL de la Gerencia Municipal, sobre aprobación de la ORDENANZA QUE ESTABLECE CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE PAGOS DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES E IMPORTE MÍNIMO DE PAGO DE IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2024; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 30305, estipula que, las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que, según lo anotado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, mediante ordenanzas, los gobiernos locales crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y normas modi fi catorias, señala que, las municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 enero del año en que corresponda el impuesto; Que, el artículo 15º de la citada Ley de Tributación Municipal, enuncia que, la obligación de pago del Impuesto Predial, podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, o; en su defecto, en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, en este caso la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes deberán pagarse el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 482- 2023/ MDL, rati fi cada por el Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 073-2023/MDL, publicado en el diario O fi cial “El Peruano” el 24 de diciembre de 2023, se aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública (barrido de calles y vías públicas y recolección de residuos sólidos), mantenimiento de parques y jardines y serenazgo en la jurisdicción del Distrito de Lurín para el ejercicio 2024, la referida Ordenanza determina que el vencimiento de los arbitrios municipales es de periodicidad mensual, siendo su vencimiento el último día hábil de cada mes del año 2024, excepto el vencimiento del mes de enero, cuyo vencimiento es el último día hábil del mes de febrero; Que, mediante Informe Nº 010-2024-SRROC-GAT/ MDL, de fecha 05 de enero de 2024, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente remite a la Gerencia de Administración Tributaria,