Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (09/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Viernes 9 de febrero de 2024 El Peruano / OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Aprueban Directiva sobre la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción, otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante y sanción de las denuncias de mala fe en la Oficina de Normalización Previsional RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 000018-2024-GG-ONP Lima, 6 de febrero del 2024 VISTOS: El Informe N° 000190-2023-GG.INT-ONP y el Memorando N° 000053-2024-GG.INT-ONP de la Unidad Funcional de Integridad Institucional; el Informe N° 000388-2023-OPG-ONP, el Informe N° 000417-2023-OPG-ONP y el Memorando N° 000081-2024-OPG-ONP, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; el Informe N° 000004-2024-OAJ-ONP y el Memorando N° 000152-2024-OAJ-ONP, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por Decreto Legislativo N° 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, se disponen, conforme a lo señalado en sus artículos 1 y 2, los procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe respecto de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe; con la fi nalidad de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, es función de la O fi cina de Integridad Institucional, o la que haga sus veces, recibir, evaluar trasladar, realizar el seguimiento y sistematización de las denuncias por actos de corrupción, y de las solicitudes de medidas de protección al denunciante; así como, evaluar si la denuncia presentada es maliciosa y disponer las medidas correspondientes; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 084-2021-ONP/GG se conforma la Unidad Funcional de Integridad Institucional, al interior de la Gerencia General, para que se encargue de la recepción y evaluación de denuncias sobre actos de corrupción, así como, de la aplicación de medidas de protección al denunciante, para lo cual se le asignan las funciones previstas en el numeral 6.2 de la Directiva N° 001-2019-PCM/SIP “Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública”, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, las mismas que resultan concordantes con las funciones de integridad señaladas en la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público”, aprobada con Resolución de Secretaría Pública Nº 002-2021-PCM/SIP; Que, en el marco de la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno en la O fi cina de Normalización Previsional, según lo dispuesto en la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2017. Sistema de Gestión Antisoborno. Requisitos con orientación para su uso. Primera edición; se contempla dentro de la información documentada requerida por la entidad, el procedimiento para la presentación de denuncias, toda vez que la Política Antisoborno vigente, aprobada con Resolución Jefatural N° 016-2022-ONP/JF, se compromete, entre otros, a garantizar la con fi dencialidad de las inquietudes de buena fe y las comunicaciones recibidas, brindando medidas de protección para evitar cualquier represalia, así como, implementar, difundir y promover el uso de canales de denuncias para que las/los servidoras/es civiles y público en general, comuniquen posibles casos de soborno; Que, en dicho contexto normativo, la Directiva N° 004- 2022-ONP/GG, Directiva sobre la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción, otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante y sanción de las denuncias de mala fe en la O fi cina de Normalización Previsional, aprobada mediante Resolución de Gerencia General N° 114-2022-ONP/GG, tiene el objetivo de establecer los lineamientos que regulen la atención de las denuncias presentadas por cualquier persona natural o jurídica sobre la comisión de un presunto acto de corrupción en la O fi cina de Normalización Previsional; así como, el otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante y sanción de las denuncias de mala fe; Que, mediante Informe N° 000190-2023-GG.INT- ONP y Memorando N° 000053-2024-GG.INT-ONP, la Unidad Funcional de Integridad Institucional, como órgano proponente, sustenta la propuesta de Directiva sobre la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción, otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante y sanción de las denuncias de mala fe en la Ofi cina de Normalización Previsional, a fi n de modi fi car la Directiva vigente, para establecer los lineamientos que regulen la atención de las denuncias presentadas por cualquier persona natural o jurídica sobre la comisión de un presunto acto de corrupción en la O fi cina de Normalización Previsional; así como el otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante y sanción de las denuncias de mala fe; Que, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 000388-2023-OPG-ONP, Informe N° 000417-2023-OPG-ONP y Memorando N° 000081-2024-OPG-ONP, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 000004-2024-OAJ-ONP y Memorando N° 000152-2024-OAJ-ONP, opinan que resulta técnica y legalmente viable, respectivamente, la aprobación de la propuesta de Directiva sobre la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción, otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante y sanción de las denuncias de mala fe en la O fi cina de Normalización Previsional, en el marco de la implementación del Modelo de Integridad y del Sistema de Gestión Antisoborno en la entidad; así como la consecuente derogación de la Directiva vigente; Que, atendiendo a los informes técnico y legal detallados en los considerandos precedentes, corresponde aprobar la propuesta de Directiva sobre la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción, otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante y sanción de las denuncias de mala fe en la O fi cina de Normalización Previsional; Con los vistos de la Coordinadora de la Unidad Funcional de Integridad Institucional; el Director General de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión y la Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), en el artículo 10 y en el literal g) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado por Resolución Ministerial N° 174-2013-EF/10; así como lo dispuesto en la Directiva N° 001-2021-JF/ONP, Directiva sobre regulación de los dispositivos normativos de la O fi cina de Normalización Previsional, aprobada por Resolución Jefatural Nº 018-2021-JEFATURA/ONP; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobación Apruébase la Directiva Nº 000001-2024-GG-ONP, Directiva sobre la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción, otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante y sanción de las denuncias de mala fe en la O fi cina de Normalización Previsional, la