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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (09/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 9 de febrero de 2024 El Peruano / que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2. Difusión Dispónese que la presente Resolución y su Anexo sean puestos en conocimiento de las/los servidoras/es de la entidad. Artículo 3. Publicación Publícase la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como, la presente Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onp) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Artículo 4. Derogación Derógase la Resolución de Gerencia General N° 114- 2022-ONP/GG. Regístrese y comuníquese y publíquese.MIRTHA A. RAZURI ALPISTE Gerente General 2259595-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan Gerente de Administración y Finanzas de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Accionariado Municipal de Pisco Sociedad Anónima – EPS EMAPISCO S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000006-2024-OTASS-CD Lima, 8 de febrero de 2024VISTOS: El Informe N° 000041-2024-OTASS-DO de la Dirección de Operaciones, el Informe N° 000115-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 000038-2024-OTASS-OA de la O fi cina de Administración, el Memorando N° 000021-2024-OTASS-ST-CD de la Secretaría Técnica del Consejo Directivo, y el Informe N°000064-2024-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación se los servicios de agua potable y saneamiento; y, la política de integración de prestadores; Que, el inciso 101.1 del artículo 101 de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, dispone que a partir del inicio y durante la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio, la responsabilidad y la administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en el ámbito de las empresas prestadoras se encuentra a cargo del OTASS, encontrándose facultado entre otros: “(…) 3. Respecto del personal de Con fi anza, el OTASS: i) Contrata personal de con fi anza bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), de fi niéndose en cada empresa prestadora el número de personas que tienen la calidad de personal de con fi anza, de acuerdo al número de conexiones de agua potable que administran, considerando hasta un profesional de con fi anza por cada siete mil (7,000) conexiones, en un número no menor a cinco (5); exceptuándose del requisito de que la plaza se encuentre previamente prevista en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), CAP Provisional, Cuadro de Puestos de la Entidad y Presupuesto Analítico de Personal; así como, de la condición establecida en la parte fi nal de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; y, de los límites establecidos por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, de cada EPS en RAT, y el artículo 77 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; ii) Asume las gerencias con profesionales pertenecientes al OTASS; y/o, iii) Rati fi ca en sus cargos a los gerentes que venían desempeñándose previo al inicio del Régimen de Apoyo Transitorio (…)”; Que, el numeral 101.4. del artículo 101 del TUO del Decreto Legislativo N° 1280, Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, señala que: “El Acuerdo de Consejo Directivo del OTASS que designa a los Directores y a los Gerentes en las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio, es título sufi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la o fi cina registral respectiva.”; Que, a través de la Sesión Ordinaria N° 003-2024 llevada a cabo el día 7 de febrero de 2024, el Consejo Directivo del OTASS, en mérito al estado situacional del personal en cargos de con fi anza contenido en el Informe N° 000041-2024-OTASS-DO de la Dirección de Operaciones, la veri fi cación de cumplimiento de requisitos e impedimentos para la designación contenidos en el Informe N° 000115-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos y en el Informe N° 000038-2024-OTASS-OA de la O fi cina de Administración; se acordó dar por concluida la encargatura de la Gerente de Administración y Finanzas; seguidamente, designar al Gerente de Administración y Finanzas de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Accionariado Municipal de Pisco Sociedad Anónima – EPS EMAPISCO S.A., en consecuencia, corresponde formalizar el acuerdo adoptado a través de la presente resolución; Que, mediante Informe N°000064-2024-OTASS-OAJ de fecha 08 de febrero de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica remite el proyecto de resolución que formaliza el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; Con el visado de la Dirección de Operaciones, Unidad de Recursos Humanos, O fi cina de Administración, O fi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia General y de la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modi fi catorias; los “Lineamientos para la selección y designación de los integrantes de las Comisiones de Dirección Transitoria, Directorio, Gerentes Generales, Gerentes de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento para las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio” - Versión 03, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 000048-2023-OTASS-CD; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE;