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71 NORMAS LEGALES Jueves 15 de febrero de 2024 El Peruano / y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza N° 740-2023-MDEA, se aprobó los bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de El Agustino, facultándose al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la mencionada Ordenanza, así como para determinar y aprobar las prórrogas de su vigencia de acuerdo a sus atribuciones, conforme lo indica la Tercera Disposición Final de la referida Ordenanza; Que, a través del informe N° 041-2024-GATR/MDEA, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, informó que existen contribuyentes que aún no han cumplido con los pagos de sus obligaciones tributarias al año 2023, en tal sentido, dicha gerencia solicita la prórroga de bene fi cios tributarios y no tributarios del 01 al 29 de febrero del presente año; Que, con informe N° 075-2024-OGAJ/MDEA, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, es de la opinión que es viable la propuesta de prórroga de los bene fi cios tributarios y no tributarios desde el día 01 al 29 de febrero del 2024, la misma que debe establecerse por Decreto de Alcaldía, en consideración con lo señalado en la Tercera Disposición Final de la Ordenanza N° 740-2024-MDEA; Que, mediante memorándum N° 236-2024-GM-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal, remite los informes de vistos -relacionado a la prórroga de los bene fi cios tributarios y no tributarios, propuesto por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas- a la O fi cina General de Secretaría a efectos se dé tramite y se emita el Decreto de Alcaldía respectivo; Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 06 del artículo 20°, el artículo 39° y el 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR del 01 de febrero al 29 de febrero del 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 740-2024-MDEA que establece Bene fi cios Tributarios y No Tributarios a favor de los Contribuyentes del Distrito de El Agustino. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Administración y la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría y a la O fi cina General de Administración, disponer las acciones para su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTEAlcalde 2259640-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza que establece el descuento otorgado por incentivo de Pronto Pago, cronograma de pagos para el Impuesto Predial y Arbitrios 2024 y determinación del monto mínimo del Impuesto Predial 2024 ORDENANZA N° 618-MPL Pueblo Libre, 14 de febrero de 2024LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando en uso de las facultes indicadas en el numeral 8 del artículo 9; así como, el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria; Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico; Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Concejo Municipal de la Municipalidad de Pueblo Libre, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y del trámite de aprobación del acta; aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DESCUENTO OTORGADO POR INCENTIVO DE PRONTO PAGO, CRONOGRAMA DE PAGOS PARA EL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS 2024 Y DETERMINACIÓN DEL MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL 2024 Artículo 1.- OBJETO Y FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por objeto y fi nalidad establecer el monto mínimo del Impuesto Predial, las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, incentivos por Pronto Pago de dichos tributos en el ejercicio 2024. Artículo 2.- MONTO MÍNIMO Establecer el monto equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de 2024, el cual asciende a S/ 30.90 (Treinta con 90/100 Soles), como Impuesto Predial mínimo a pagar para el Ejercicio Fiscal 2024. Artículo 3.- FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2024, serán las siguientes: Pago al Contado: Hasta el 29 de febreroPago Fraccionado:1° Cuota Hasta el 29 de febrero 2° Cuota Hasta el 31 de mayo 3° Cuota Hasta el 31 de agosto 4° Cuota Hasta el 30 de noviembre Artículo 4.- FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Las fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, para el ejercicio 2024, serán las siguientes: Enero 29 de febrero Febrero 29 de febreroMarzo 30 de marzoAbril 30 de abrilMayo 31 de mayoJunio 28 de junioJulio 31 de julioAgosto 31 de agostoSetiembre 30 de septiembreOctubre 31 de octubreNoviembre 30 de noviembreDiciembre 31 de diciembre Artículo 5.- INTERÉS MORATORIO Los pagos que se efectúen con posterioridad a las fechas antes señaladas, estarán sujetas al interés moratorio de conformidad a lo establecido en el artículo 33 del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EP.