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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (24/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Sábado 24 de febrero de 2024 El Peruano / a la circulación vial de las Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación”, características que de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 016-2023-MTC, son exigibles a partir del 1 de enero de 2025; Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Autorizaciones en Transportes a través del Informe N° 0047-2024-MTC/17.03 de la Dirección de Circulación Vial, y por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial mediante Informe N° 0123-2024-MTC/18.01, en el marco del inicio de la exigibilidad de la referida Directiva, resulta necesario incorporar disposiciones relacionadas con las características técnicas de la infraestructura cerrada a la circulación vial para la instrucción y evaluación de habilidades en la conducción a los postulantes de licencias de conducir de la clase B; Que, asimismo, es necesario concordar las disposiciones de la citada Directiva con respecto a la Directiva N° 001-2020-MTC/18 “Protocolo de Evaluación de habilidades en la Conducción en la Infraestructura Cerrada a la Circulación Vial y en la Vía Pública para el Otorgamiento de las Licencias de Conducir”, aprobada por Resolución Directoral N° 028-2020-MTC/18, tomando en consideración además las condiciones económicas, geográ fi cas y sociales de los Gobiernos Regionales y Municipalidades Provinciales, a cargo de los Centros de Evaluación; así como a las Escuelas de Conductores; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el diario o fi cial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, a efectos de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, conforme al numeral 6.2.5 de la Directiva Nº 010- 2018-MTC/01, Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01, en el caso de los proyectos normativos de rango inferior a una Resolución Viceministerial o a una Resolución de Secretaría General, la aprobación de la difusión está a cargo de la dependencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones proponente; Que, en consecuencia, se dispone la publicación del proyecto de Resolución Directoral que modi fi ca la Directiva Nº 001-2016-MTC/15, que establece las “Características de la infraestructura cerrada a la circulación vial de las Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación”, y sus Anexos, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con la fi nalidad de recibir comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 “Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto de Resolución Directoral Disponer la publicación del proyecto de Resolución Directoral que modi fi ca la Directiva Nº 001-2016-MTC/15, que establece las “Características de la infraestructura cerrada a la circulación vial de las Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación”, y sus Anexos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario ofi cial El Peruano, con el objeto de recibir observaciones, comentarios y/o aportes de entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de su publicación. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Directoral que modi fi ca la Directiva Nº 001-2016-MTC/15, que establece las “Características de la infraestructura cerrada a la circulación vial de las Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación”, y sus Anexos, a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, ubicada en Jr. Zorritos N° 1203 - Cercado de Lima, o a la dirección electrónica: normasvial@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR ADRIAN ARROYO TOCTO Director General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal 2264442-1 Disponen la publicación de Proyecto de Resolución Directoral que modifica el Manual de Inspecciones Técnicas Vehiculares y la Tabla de Interpretación de Defectos de Inspecciones Técnicas Vehiculares RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 003-2024-MTC/18 Lima, 16 de febrero de 2024VISTO: El Informe N° 166-2024-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, asumiendo, entre otras, competencias normativas; Que, en el marco de la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el cual tiene por objeto regular el mencionado Sistema de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley, cuya fi nalidad constituye certi fi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como, veri fi car que éstos cumplan las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, conforme a lo dispuesto en el mencionado Reglamento, las inspecciones técnicas vehiculares son realizadas, entre otros, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante el Manual, así como en la Tabla de Interpretación de Defectos de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante la Tabla, los cuales son aprobados por Resolución Directoral de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; siendo en ese sentido, que mediante los artículos 1 y 4 de la Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC/15, se aprobaron el Manual y la Tabla, respectivamente;