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44 NORMAS LEGALES Jueves 18 de julio de 2024 El Peruano / Que, en ese contexto, esta Entidad Fiscalizadora Superior mediante Resolución de Contraloría Nº 146-2019-CG, aprobó la Directiva Nº 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado”, que regula las disposiciones para que las entidades bajo su alcance implementen el Sistema de Control Interno como una herramienta de gestión permanente, que contribuye al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueve una gestión e fi caz, efi ciente, ética y transparente; habiendo sido modi fi cada mediante Resoluciones de Contraloría N° 130-2020-CG, N° 093-2021-CG, N° 095-2022-CG, N° 073-2023-CG y N° 041-2024-CG; Que, como parte de la mejora continua a los procesos para el ejercicio del control gubernamental, y con el propósito de propiciar la adopción de acciones oportunas e inmediatas por parte de las entidades sujetas a control bajo el alcance de la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG, a fi n de coadyuvar al funcionamiento de la implementación del sistema de control interno como una herramienta de gestión permanente para cumplir con los objetivos institucionales y promover una gestión e fi caz, e fi ciente, ética y transparente en las entidades; la Subgerencia de Prevención e Integridad, ha identi fi cado la necesidad de hacer exigible el uso y aplicación de criterios y/o estándares generales y especí fi cos para el cumplimiento de las condiciones establecidas en las preguntas del “Cuestionario de Evaluación de la Implementación del Sistema de Control Interno”, contenido en el Anexo N° 1 de la referida Directiva Nº 006-2019-CG/INTEG, a través de la incorporación de un anexo que contiene las Fichas de revisión de la documentación que sustenta el desarrollo del Cuestionario; así como, mediante la modi fi cación e incorporación de disposiciones relacionadas, entre otros, a la estandarización de plazos y a la optimización de la metodología; Que, en dicho contexto, la Subgerencia de Prevención e Integridad, a través de las Hojas Informativas N° 000056-2024-CG/PREVI y N° 000057-2024-CG/PREVI, y del Memorando N° 001659-2024-CG/PREVI, propone y sustenta la modi fi cación e incorporación de diversas disposiciones a la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, y modi fi catorias; propuesta normativa que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Prevención y Control Social y de la entonces Vicecontraloría de Integridad y Control, hoy Vicecontraloría de Gestión Estratégica, Integridad y Control según Resolución de Contraloría N° 293-2024-CG, a través de los Memorandos N° 000275-2024-CG/GPCS y N° 000280-2024-CG/GPCS, y, el Memorando N° 000113-2024-CG/VCIC, respectivamente; Que, conforme a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000802-2024-CG/GJNC, y estando a lo expuesto por la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental en la Hoja Informativa N° 000197-2024-CG/NORM, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo que aprueba la modi fi cación e incorporación de diversas disposiciones a la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado” aprobada por Resolución de Contraloría N° 146-2019-CG, y modi fi catorias; atendiendo a la propuesta formulada y sustentada por la Subgerencia de Prevención e Integridad; De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias, así como lo dispuesto por el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el literal k. del numeral 6.1, el literal a. del numeral 6.5.1, los numerales 6.5.3 y 7.1, el literal c. del numeral 7.2.2, el numeral 7.3, el literal a. del numeral 7.3.1, los numerales 7.3.2, 7.3.3, 7.4.2 y 10, el Anexo N° 1, el Anexo N° 2, el Anexo N° 3, el Anexo N° 5, el Anexo N° 6, el Anexo N° 8, el Anexo N° 9 y el Anexo N° 10; e, incorporar la Novena Disposición Complementaria Final y el Anexo N° 12 a la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno de las entidades del Estado”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 146-2019-CG, modi fi cada mediante Resoluciones de Contraloría N° 130-2020-CG, N° 093-2021-CG, N° 095-2022-CG, N° 073-2023-CG y N° 041-2024-CG, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La Gerencia de Prevención y Control Social o la que haga sus veces, gestiona en coordinación con la Gerencia de Tecnologías de la Información o la que haga sus veces, las adecuaciones al Aplicativo Informático que soporta el proceso de implementación del sistema control interno, para la aplicación de las modi fi caciones e incorporaciones a la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG, aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que las modi fi caciones e incorporaciones a la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG, aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución, entrarán en vigencia a los treinta (30) días hábiles siguientes a su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, a su vez ésta con su Anexo, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2307873-1 Aprueban la Directiva N° 011-2024-CG/ PREVI “Evaluación de la Implementación del Sistema de Control Interno a cargo de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 321-2024-CG Lima, 16 de julio de 2024 VISTOS: Las Hojas Informativas N° 000056-2024-CG/PREVI y N° 000057-2024-CG/PREVI, y el Memorando N° 001625-2024-CG/PREVI, de la Subgerencia de Prevención e Integridad; los Memorandos N° 000275-2024-CG/GPCS y N° 000280-2024-CG/GPCS, de la Gerencia de Prevención y Control Social; el Memorando N° 000113- 2024-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; la Hoja Informativa N° 000191-2024-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; y el Memorando N° 000800-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normativa en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a Control; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, establece que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verifi cación de los actos y resultados de la gestión pública,