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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2024 (18/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 18 de julio de 2024 El Peruano / 13.2 del artículo 13 de la citada Ley Nº 31953 y en el marco de sus competencias atribuidas en el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS; asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440, adjunta la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N°600-2024; Que, con Informe Legal N° 000205-2024-OTASS-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, contando con los informes técnicos de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, así como de la Dirección de Integración; emite opinión favorable respecto de la viabilidad legal de la emisión de la resolución directoral que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte S.A.; Que, mediante Informe N° 000151-2024-OTASS- GG, la Gerencia General, efectúa la revisión de la documentación que conforma el expediente administrativo para la autorización de la transferencia a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte S.A., encontrándolo conforme; Con el visado de la Dirección de Integración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31953 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE, y la Directiva N° 002-2021-OTASS-DME Versión 04, aprobada con Resolución del Consejo Directivo N° 000047-2023-OTASS-CD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, hasta por la suma de S/ 815,585.00 (ochocientos quince mil quinientos ochenta y cinco con 00/100 soles), a favor de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO AGUAS DE LIMA NORTE S.A., con cargo a los recursos asignados en la fuente de fi nanciamiento recursos ordinarios, destinada a fi nanciar la Ficha Técnica: FI-001- GO, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2024 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores reciben Asistencia Técnica y Financiera para la prestación del servicio, Actividad 5006376: Integración de Prestadores de Servicios de Saneamiento, Meta Presupuestal 0030: Asistencia económico - fi nanciera para la integración de prestadores de los servicios de saneamiento, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gastos de capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Sub Genérica de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, Detalle de la Especí fi ca de Gasto: 2.4.2.3.1.4: A otras Entidades Públicas. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento El órgano competente del OTASS, realiza el monitoreo y seguimiento al cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la Ofi cina de Administración, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Integración, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación y a la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO AGUAS DE LIMA NORTE S.A., para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- PublicaciónDisponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA Director Ejecutivo ANEXO EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO AGUAS DE LIMA NORTE S.A. N° CÓDIGO DE FICHANOMBRE DE LA ACCIÓNPRESUPUESTO S/ 1 FI-001-GO“ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA LA MEJORA DE LA GESTIÓN OPERATIVA DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE LA PEQUEÑA CIUDAD NUEVE DE OCTUBRE, DISTRITO DE SAYÁN, PROVINCIA DE HUAURA, DEPARTAMENTO DE LIMA; INTEGRADA AL ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD DE LA EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A.” 815,585.00 MONTO A TRANSFERIR (S/) 815,585.00 2307722-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de magistradas, magistrados, funcionarios y trabajadores del Poder Judicial para participar en curso a realizarse en la India Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000087-2024 -P-CE-PJ Lima, 5 de julio del 2024