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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2024 (18/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 18 de julio de 2024 El Peruano / S.A. contempla a partir del primer año regulatorio el uso del Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y los Planos Estrati fi cados 2020 del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). III. IMPACTO ESPERADO La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, aplicables por EPS EMAPACOP S.A. favorece, por un lado, al prestador de servicios de saneamiento y, por el otro, a la población atendida. Al prestador de servicios de saneamiento, debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad fi nanciera; y a la población, porque se bene fi ciará del compromiso del prestador de servicios de saneamiento re fl ejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios. 1 Recibido por EPS EMAPACOP S.A. el 27 de agosto de 2021. 2 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 3 Aprobado por Decreto Supremo N.º 017-2001-PCM. 4 Publicado el 29 de diciembre 2016 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano. 5 Aprobado mediante Decreto Supremo N.º 016-2021-VIVIENDA. ANEXO N.º 1 FÓRMULA TARIFARIA DE EPS E MAPACOP S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2025-2029 A. FÓRMULA TARIFARIA BASE Por el servicio de agua potable Por el servicio de saneamiento T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + Φ) T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0,100) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0,100) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0,110) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0,110) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ) Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Los incrementos tarifarios del segundo y tercer año regulatorio de 10% y 11%, respectivamente, en los servicios de agua potable y saneamiento, permitirán fi nanciar: i) los costos incrementales de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y saneamiento; ii) los costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados y; iii) costos de intervenciones para: mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos ( MRSE ), gestión del riesgo de desastres ( GRD ) y adaptación al cambio climático ( ACC ). Los incrementos tarifarios del segundo y tercer años regulatorios se aplicarán de manera automática en el ciclo de facturación posterior al inicio del segundo y tercer años regulatorios, respectivamente. En el primer y quinto año del periodo regulatorio 2025-2029 se realizará un reordenamiento de las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo señalado en el Subcapítulo VI.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2029” del estudio tarifario, lo cual representará un incremento en la tarifa media de 5,19%, y 4,19% en el primer y quinto año del periodo regulatorio, respectivamente. El mencionado estudio tarifario, puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/informes-publicaciones ANEXO N.º 2 ESTRUCTURA TARIFARIA DE EPS EMAPACOP S.A. DEL PERIODO REGULATORIO 2025-2029 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructuras tarifarias Para las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Para el primer año regulatorio, EPS EMAPACOP S.A. aplicará las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 3,60 1 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 2. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el primer año regulatorio Pucallpa (1er año) Categoría RangoTarifa Agua Tarifa saneamiento S//m3S//m3 Social 0 a más 0,48 0,24 Doméstico0 a 8 0,59 0,30 8 a 20 1,15 0,58 20 a más 2,01 1,01 Estatal 0 a más 2,34 1,18 Comercial y otros0 a 30 3,04 1,54 30 a más 5,77 2,91 Industrial 0 a más 6,03 3,04 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 35 25 30 50 40 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, en los casos que, por primera vez, corresponda instalar el medidor en una conexión domiciliaria existente y el usuario se oponga a dicha instalación, se considerará un VAF equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría y horario de abastecimiento. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento 3. I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados por localidades Los usuarios de la categoría doméstico con una Clasi fi cación Socioeconómica de pobre o pobre extremo en el Padrón General de Hogares (PGH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), así como aquellos usuarios cuya manzana de residencia se encuentra dentro