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51 NORMAS LEGALES Jueves 18 de julio de 2024 El Peruano / Que, mediante Resolución Ministerial N° 588-2019-MINEDU, de fecha 02 de diciembre de 2019, se aprobó Lineamientos para la formulación del de Organización de Funciones - ROF de las Universidades Públicas. Que, mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, de fecha 27 de julio de 2021, se aprobó el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”. Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 0274-2020-UNIFSLB/CO, de fecha 18 de setiembre de 2020, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua. Que, mediante O fi cio N° 0383-2023-UNIFSLB-CO/P, de fecha 13 de diciembre de 2023, el Presidente de la Comisión Organizadora de la UNIFSLB, solicita a la Dirección General de Educación Superior Universitaria – DIGESU, opinión técnica sobre propuesta de modi fi cación del ROF Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua. Que, mediante O fi cio N° 01892-2023-MINEDU/ VMGP-DIGESU, de fecha 20 de diciembre de 2023, el Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, hace llegar el Informe N° 00153-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de fecha 18 de diciembre de 2023, mediante el cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, en el marco de sus funciones de asistencia técnica a las universidades públicas asignadas mediante el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua. Que, en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora Número Treinta y Siete (37), de fecha 28 de diciembre de 2023, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua y deroga la Resolución de Comisión Organizadora N° 0274-2020-UNIFSLB/CO, de fecha 18 de setiembre de 2020, a partir de la entrada en vigencia del presente ROF. Que, de conformidad con el Artículo 59° de la Ley Universitaria N° 30220; el Ítem 6.1.4 de la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y el Artículo 33° del Estatuto de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente. Artículo Segundo.- DEROGAR la Resolución de Comisión Organizadora N° 0274-2020-UNIFSLB/CO, de fecha 18 de setiembre de 2020, a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNIFSLB, aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución, así como su anexo en la página web del portal institucional de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. MAURO JUAN RAMIREZ HERRERA Presidente de la Comisión Organizadora ARNULFO BUSTAMANTE MEJIA Secretario General 2301274-1MINISTERIO PÚBLICO Cesan por límite de edad a fiscal adjunta provincial titular penal del Cusco, Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1492-2024-MP-FN Lima, 1 de julio de 2024VISTO: El ofi cio Nº 3739-2024-MP-FN-OREF, de fecha 01 de julio de 2024, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 767-2011-MP-FN, de fecha 11 de mayo de 2011, se reincorporó a la abogada Gloria José Yaquetto Paredes en el cargo de fi scal adjunta provincial titular penal del Cusco, Distrito Judicial del Cusco, en la actualidad Distrito Fiscal del Cusco; y, designó en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 123-2011-CNM, actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 14 de abril de 2011. A través del o fi cio de visto la gerente de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales informa que la abogada citada en el párrafo precedente, cumplió 70 años de edad, el día 1 de julio del año en curso, adjuntando para tal fi n copia de la consulta en línea efectuada al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC. El numeral 9 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece que el cargo de fi scal termina por alcanzar la edad límite de setenta (70) años. El literal c. del artículo 182 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que: “El término de la Carrera Administrativa de acuerdo a la Ley se produce por: Cese defi nitivo; (…)”; asimismo, en el literal a. del artículo 186 del referido decreto se señala que “El cese de fi nitivo de un servidor se produce de acuerdo a la Ley por las causas justifi cadas siguientes: Límite de setenta años de edad; (…)”. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en atención a que la abogada Gloria José Yaquetto Paredes, cumplió 70 años de edad, corresponde disponer su cese por límite de edad a partir del día 1 de julio de 2024. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 1 de julio de 2024, a la abogada Gloria José Yaquetto Paredes, fi scal adjunta provincial titular penal del Cusco, Distrito Fiscal del Cusco, designada en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 767-2011-MP-FN, de fecha 11 de mayo de 2011; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado a la referida fi scal en su condición de reincorporada, mediante Resolución Nº 123-2011-CNM, de fecha 14 de abril de 2011. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Gloria José Yaquetto Paredes que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General n. o 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.