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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (13/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Jueves 13 de junio de 2024 El Peruano / REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 000059-2024/SGEN/RENIEC Lima, 12 de junio de 2024VISTOS: El Memorando Nº 000318-2024/OPH/RENIEC (31MAY2024) de la O fi cina de Potencial Humano; el Informe Nº 000179-2024/OPH/UGP/RENIEC (31MAY2024) de la Unidad de Gestión de Personal de la O fi cina de Potencial Humano; el Memorando Nº 000885-2024/OPP/ RENIEC (06JUN2024) de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización); el Informe Nº 000163-2024/OPP/URM/RENIEC (05JUN2024) de la Unidad de Racionalización y Modernización de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy Unidad de Modernización Organizacional de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) y el Informe Nº 000714-2024/OAJ/RENIEC (11JUN2024) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil -RENIEC, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que a través de la Resolución Jefatural Nº 000061- 2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modi fi catorias, establece los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización del Estado, lo cual implica una reorganización integral de los sectores, incluyendo aspectos funcionales, estructurales y de recursos humanos, entre otros; Que en el artículo 4° de la referida Ley Nº 27658, se establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado, la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal para lograr una mejor atención a la ciudadanía, optimizando el uso de los recursos públicos y haciendo transparente su gestión, con la colaboración de servidores públicos califi cados; Que mediante la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, se establecen los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; asimismo, el numeral 2.1 del artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 31419, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, señala que las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción; Que a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE (16NOV2021), se ha aprobado la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, denominada “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya fi nalidad consiste en que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), y administrar los cargos y las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos; Que el numeral 6 de la referida Directiva describe en forma detallada el proceso de elaboración y aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la entidad, estableciéndose en el numeral 6.1.7 que la O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; y, de obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad.; Que a través de los documentos de vistos, la Ofi cina de Potencial Humano sustenta la necesidad de aprobar la actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, cuya propuesta señala que se adecúa a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Que por su parte, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) y la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través de los documentos de vistos y en cumplimiento de sus respectivas funciones, han emitido opinión favorable respecto a la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC; Que previo a la aprobación de la propuesta debe dejarse sin efecto el Clasi fi cador de Cargos del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil MCC – RENIEC, aprobado mediante Resolución Secretarial Nº 000057-2022/SGEN/RENIEC (17JUN2022) y sus modi fi catorias aprobadas mediante la Resolución Secretarial Nº 000022-2023/SGEN/RENIEC (02MAR2023) y la Resolución Secretarial Nº 000127-2023/SGEN/RENIEC (07DIC2023); Que de conformidad con los numerales 5.1 y 5.2.2 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH se de fi ne al Titular de la Entidad como la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y que es el Titular de la entidad el que aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos por lo que, en concordancia con lo señalado en el artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) corresponde a la Secretaría General del RENIEC aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC; y, Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), la O fi cina de Asesoría Jurídica y las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024); de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 5.1 y 5.2.2 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH aprobada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE (16NOV2021); y, a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS;