TEXTO PAGINA: 80
80 NORMAS LEGALES Viernes 28 de junio de 2024 El Peruano / Que, el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, recoge las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 054-2018 PCM, lo que permitirá cumplir con los objetivos institucionales contempladas en dicho Decreto, contribuir a brindar servicios de manera efi caz, como también coadyuvar el cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional de Modernización de Gestión Pública al 2030, aprobada con Decreto Supremo N° 103-2022-PCM; Que, la propuesta, está orientada a formalizar una nueva estructura orgánica, sus funciones y la de los órganos que la integran, de acuerdo con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece el Decreto Legislativo N° 1446, que modi fi ca la Ley N° 27658, Ley marco de modernización de Gestión del Estado; Que, el numeral 45.2 del artículo 45°, del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, establece que, las entidades que no formen parte del poder ejecutivo, aprueban su ROF de la siguiente manera (…), “Las municipalidades y sus organismos públicos locales, por Ordenanza Municipal”; Que, los numerales 3) y 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local, así como aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los actuados; por su parte del artículo 40º de la misma norma, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales en la materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Concejo de Ministros mediante O fi cio N° D000315- 2024-PCM/SGP, remite el Informe N° D000203-2024-PCM-SSAP, que emite opinión favorable al proyecto del Reglamento de Organización y funciones modi fi cado, indicando que se encuentra alineado al Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado; Que, mediante el Informe N° 054-2024-MDA/GPE, la Gerencia de Plani fi cación Estratégica, en concordancia con el Informe N° 119-2024-MDA/GPE-SGMI, de la Subgerencia de Modernización Institucional, ha cumplido con emitir el nuevo proyecto de ROF, adecuado a los Lineamientos de Organización del Estado y sustenta la propuesta de aprobar el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Ate; el cual, se encuentra reconocida por la Secretaría de Gestión Pública; Que, mediante Informe N° 0191-2024-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de sus facultades considerando lo antes expuesto y las opiniones técnicas de la Gerencia de Plani fi cación Estratégica y la Subgerencia de Modernización Institucional y teniendo en cuenta que se encuentra dentro del marco legal vigente, emite opinión considerando viable el nuevo proyecto de Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a los Lineamientos de Organización del Estado, establecidos en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, recomendando continuar con el trámite correspondiente; Que, con Memorando N° 1080-2024-MDA/GM, la Gerencia Municipal, remite los actuados a Secretaría General a fi n de que se ponga a consideración del Concejo Municipal de la Entidad; Que, mediante Dictamen N° 002-2024-MDA/CAPE, la Comisión de Administración y Plani fi cación Estratégica recomienda, la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ate, solicitando elevar los actuados al Pleno de Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, CON LA OPINIÓN FAVORABLE DE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA DE LA PRESIDENCIA DEL CONCEJO DE MINISTROS (PCM), Y EN USO DE FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR MAYORÍA DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE. Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), el mismo que consta de dos (02) títulos, siete (07) capítulos y ochenta y dos (82) artículos, y la ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL ORGANIGRAMA de la Municipalidad Distrital de Ate, cuyo texto en 38 páginas forman parte integrante de la presente disposición. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ate, y la adecuación de los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, adoptar las acciones necesarias para la adecuación de las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Ate a la nueva estructura orgánica aprobada con la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General disponga la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional (www.muniate.gob.pe). Artículo Quinto.- DEROGAR las Ordenanzas N° 491- MDA, N° 514-MDA y N° 554-MDA y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Vacatio Legis Única.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, los instrumentos de gestión de la Municipalidad Distrital de Ate, deberán de adecuarse en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCO VIDAL MORALES Alcalde 2301969-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza que otorga beneficios para el pago de las deudas tributarias y no tributarias en el distrito de Carabayllo ORDENANZA Nº 500-2024/MDC Carabayllo, 21 de junio de 2024 VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica; el Informe Técnico Nº 282-2024-SGREC-GATR/MDC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva; el Informe Nº 055-2024-GATR-MDC