Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2024 (14/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2024 El Peruano / como dos de sus funciones, tiene la facultad de: i) dirigir y supervisar el diseño e implementación de las políticas públicas en materia de discapacidad, en el marco del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS) y de la política nacional en materia de discapacidad; y, ii) emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, con el Informe N° D000127-2024- CONADIS-OAJ concluye en declarar jurídicamente viable la propuesta de Foros de Diálogo con Organizaciones de Personas con Discapacidad por los 25 años del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, para el año 2024, considerando que la misma se encuentra bajo los alcances de la normativa vigente y alineada a los objetivos institucionales; Con el visto bueno de la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad; la Subdirección de Promoción y Concientización en discapacidad; la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP y sus modi fi catorias; la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2021-MIMP; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, aprobado por Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; y, la Resolución Suprema N° 005-2023- MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR los Foros de Diálogo con Organizaciones de y para Personas con Discapacidad, como espacios de promoción para la participación activa de las personas con discapacidad, así como para el intercambio de conocimiento y experiencias en materia de discapacidad. Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad o la que haga sus veces, la implementación de lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS (www.gob.pe/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRA PILAR PIRO MARCOS Presidenta Consejo Nacional para la Integraciónde la Persona con DiscapacidadCONADIS 2269945-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) RESOLUCIÓN SECRETARÍA GENERAL N° 0283-2024-RE Lima, 13 de marzo de 2024 VISTOS: El Informe Técnico N° ORH-024-2024, anexo al Memorándum N° ORH00424/2024, de 12 de febrero de 2024, de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe ORM N° 014-2024, de la O fi cina de Racionalización y Métodos, anexo al Memorándum N° OPP00518/2024, de 13 de febrero de 2024, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Memorándum N° LEG00536/2024, de 8 de marzo de 2024, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los per fi les de puestos; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, de fi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que el numeral 6.1.4 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH precisa que, la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasi fi cación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo N° 5); debiendo recurrir, en adición a los documentos citados en el numeral 6.1.3 de la misma, a la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, y al MOF vigente de la entidad, de corresponder; Que, asimismo, el numeral 6.1.7 de la Directiva en cuestión, dispone que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, elabora la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos, así como el informe técnico sustentatorio; por su parte, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, emite opinión sobre dicha propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones vigente; mientras que el/la Titular de la entidad aprueba el citado documento, y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, el numeral 6.1.9 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH establece que la entidad pública, en su portal de transparencia publica el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) aprobado y el dispositivo legal mediante el que se formaliza la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la citada norma en el Diario O fi cial El Peruano, o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la competencia o del territorio, de corresponder; Que, asimismo, el numeral 6.1.10. de la Directiva en mención precisa que las modi fi caciones que se den en el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicha Directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;