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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2024 (14/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2024 El Peruano / Que, de los resultados fi nales de proyección de la demanda, se veri fi ca un crecimiento del 3,1% para el 2024 y del 3,2% para el 2025, siendo estos valores acordes al crecimiento indicado por la recurrente; Que, asimismo, se han considerado los cambios en el mercado de generación, tanto en la oferta de generación como en la demanda de electricidad del SEIN, habiéndose evaluado nuevamente el despacho de la CT. San Rosa, conforme al detalle desarrollado en el Informe N° 157-2024-GRT; Que, por los argumentos expuestos, corresponde declarar fundado en parte este extremo del recurso de reconsideración de Cálidda; Que, se han emitido el Informe Técnico N° 150-2024- GRT, elaborado por la División de Gas Natural, el Informe N° 157-2024-GRT, elaborado por la División de Generación y Transmisión Eléctrica, y el Informe Legal N° 151-2024-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, que complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, Reglamento General de Osinergmin; en el Decreto Supremo N° 010-2016- PCM, Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin; en el Decreto Supremo N° 040-2008-EM, Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como en sus respectivas normas modi fi catorias y complementarias, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 09-2024 de fecha 12 de marzo de 2024. SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar fundado el extremo del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. contra la Resolución N° 014-2024-OS/CD a que se re fi ere el numeral 3.1, por las razones señaladas en el numeral 4.1 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Declarar fundado el extremo del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. contra la Resolución N° 014-2024-OS/CD a que se re fi ere el numeral 3.2, por las razones señaladas en el numeral 4.2 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Declarar infundado el extremo del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. contra la Resolución N° 014-2024-OS/CD a que se re fi ere el numeral 3.3, por las razones señaladas en el numeral 4.3 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 4.- Declarar fundado en parte el extremo del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. contra la Resolución N° 014-2024-OS/CD a que se re fi ere el numeral 3.4, por las razones señaladas en el numeral 4.4 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 5.- Incorporar el Informe Técnico N° 150- 2024-GRT, el Informe N° 157-2024-GRT y el Informe Legal N° 151-2024-GRT como partes integrantes de la presente resolución. Artículo 6.- Las modi fi caciones a la Resolución N° 014-2024-OS/CD que resulten de lo dispuesto en la presente resolución, serán consignadas mediante resolución complementaria. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y consignarla, junto con el Informe Técnico N° 150-2024-GRT, el Informe N° 157-2024-GRT y el Informe Legal N° 151-2024- GRT, en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones- GRT-2024.aspx OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 1 Publicado en el Portal WEB de Osinergmin: https://www.osinergmin. gob.pe/seccion/centro_documental/gart/procesosregulatorios/gas- natural/tarifas-distribucion-gas-natural/Fijacion-Gas-Natural-Lima-Callao-2022_2026/14.2.4.2.1%20Modelo%20Tarifario.rar 2269962-1 Resolución de Consejo Directivo que modifica la Resolución N° 014-2024-OS/ CD que aprueba la Actualización del Plan Quinquenal de Inversiones 2022 – 2026 y los Factores de Ajuste Tarifario de la Concesión de Distribución de Gas Natural por red de ductos de Lima y Callao RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 036-2024-OS/CD Lima, 12 de marzo de 2024 CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de la función reguladora reconocida en el artículo 3 de la Ley N° 27732, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, mediante Resolución N° 079-2022-OS/ CD, modi fi cada con Resolución N° 138-2022-OS/CD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”) aprobó, entre otros, las Tarifas Únicas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante “TUD”), el Plan Quinquenal de Inversiones y la Demanda Anual Proyectada, aplicables a la Concesión de Distribución de Gas Natural por red de ductos de Lima y Callao durante el periodo regulatorio 2022 – 2026; Que, con fecha 01 de febrero de 2024, se publicó la Resolución N° 014-2024-OS/CD (en adelante “Resolución 014”), mediante la cual s e aprobó la Actualización del Plan Quinquenal de Inversiones 2022 – 2026 (en adelante “Actualización del Plan Quinquenal 2022 - 2026”), se actualizó la Demanda Anual Proyectada para el periodo 2022 – 2026, se aprobaron los Factores de Ajuste Tarifario, así como el valor de la alícuota aplicable a la TUD de la Concesión de Distribución de Gas Natural por red de ductos de Lima y Callao; Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos por las empresas Corporación Rex S.A., Opp Film S.A. y Gas Natural de Lima y Callao S.A. - Cálidda contra la Resolución 014, se han expedido las Resoluciones Osinergmin N° 024-2024-OS/CD, N° 033- 2024-OS/CD y N° 035-2024-OS/CD respectivamente; Que, de acuerdo a las resoluciones mencionadas, Osinergmin declaró fundados y fundado en parte determinados extremos de los petitorios de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución 014, habiendo dispuesto que se proceda a consignar mediante resolución complementaria las modi fi caciones pertinentes a la Resolución 014, las cuales se encuentran sustentadas en los Informes Técnicos N° 153-2024-GRT y N° 154-2024-GRT; Que, considerando que de acuerdo con el literal e) del artículo 63c del del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2008-EM (en adelante “Reglamento de Distribución”), la Actualización del Plan Quinquenal conlleva al reajuste tarifario, correspondiendo determinar los factores de reajuste tarifario respectivos, los cuales serán aplicados a la TUD, a efectos de que se reconozcan las nuevas inversiones que deberá ejecutar la empresa Cálidda debido a la