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21 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora ALICIA RENE RODRIGUEZ PERALTA, en el cargo de Directora de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2269822-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban primera convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de ciento cuarenta y dos Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, dirigida a damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales en el distrito y provincia de Sullana del departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 083-2024-VIVIENDA Lima, 12 de marzo de 2024VISTOS: El Informe N° 072-2024-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU), el Informe N° 290-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU, el Informe Técnico N° 006-2024-DGPPVU-DEPPVU-FJCZ y el Informe Técnico Legal N° 032-2024-DGPPVU- DEPPVU-CITV-VISCH de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, el Memorándum N° 437-2024-VIVIENDA/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 187-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° 216-2024-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ), y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damni fi cado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en Estado de Emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia; Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA establece, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, a través del Decreto Supremo N° 029-2023- PCM, se declara el Estado de Emergencia en el distrito y provincia de Sullana del departamento de Piura, entre otros, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, por el Decreto Supremo N° 043-2023- PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional, por desastre de gran magnitud, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales en el departamento de Piura, entre otros, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado por el Decreto Supremo N° 065-2023-PCM; Que, con el Informe N° 072-2024-VIVIENDA- VMVU-DGPPVU, el Informe N° 290-2024-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU-DEPPVU, el Informe Técnico N° 006-2024-DGPPVU-DEPPVU-FJCZ y el Informe Técnico Legal N° 032-2024-DGPPVU-DEPPVU-CITV-VISCH, la DGPPVU sustenta la relación de ciento cuarenta y dos potenciales bene fi ciarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales en el distrito y provincia de Sullana del departamento de Piura, en el marco del Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, y del Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 043-2023-PCM y su prórroga; Que, en mérito a ello, la DGPPVU propone la primera convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del BAE a los potenciales bene fi ciarios con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas dentro de las zonas declaradas en Estado de Emergencia y en Estado de Emergencia Nacional por los Decretos Supremos citados en el considerando anterior, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31526 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA, señalando que se cuenta con recursos su fi cientes para atender la convocatoria propuesta; Que, mediante el Informe N° 216-2024-VIVIENDA/ OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con la aprobación de la propuesta efectuada y sustentada por la DGPPVU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA;