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48 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2024 El Peruano / señala que: “El Acuerdo de Consejo Directivo del OTASS que designa a los Directores y a los Gerentes en las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio, es título su fi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la o fi cina registral respectiva.”; Que, a través de la Sesión Extraordinaria N° 006- 2024 llevada a cabo el día 12 de marzo de 2024, el Consejo Directivo del OTASS, en mérito al estado situacional del personal en cargos de con fi anza contenido en el Informe N° 000183-2024-OTASS-DO de la Dirección de Operaciones, la veri fi cación de cumplimiento de requisitos e impedimentos para la designación contenidos en el Informe N° 000224-2024-OTASS- URH de la Unidad de Recursos Humanos y en el Informe N° 000082-2024-OTASS-OA de la O fi cina de Administración; se acordó designar a la Gerente de Administración y Finanzas y Gerente de Comercial de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Marañón Sociedad Anónima – EPS MARAÑÓN S.A.; en consecuencia, corresponde formalizar los acuerdos adoptados a través de la presente resolución; Que, mediante Informe N° 000104-2024-OTASS-OAJ de fecha 13 de marzo de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica remite el proyecto de resolución que formaliza los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; Con el visado de la Dirección de Operaciones, Unidad de Recursos Humanos, O fi cina de Administración, O fi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia General y de la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modi fi catorias; los “Lineamientos para la selección y designación de los integrantes de las Comisiones de Dirección Transitoria, Directorio, Gerentes Generales, Gerentes de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento para las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio” - Versión 03, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 000048-2023-OTASS-CD; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación conforme al Decreto Legislativo N° 1280 Designar a la Gerente de Administración y Finanzas y al Gerente Comercial de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Marañón Sociedad Anónima – EPS MARAÑÓN S.A., incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio, conforme al Decreto Legislativo N° 1280, según el siguiente detalle: N° CARGONOMBRES Y APELLIDOSD.N.I.INICIO DE LABORES 1GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZASLUISA TEODORA JURADO VILLALOBOS15357710A partir de la fecha de publicación en el diario o fi cial “El Peruano” 2GERENTE COMERCIALANIBAL OSVER ORDOÑEZ CHULLUNCUY70787468A partir de la fecha de publicación en el diario o fi cial “El Peruano” Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a los servidores citados en el artículo 1 precedente, a la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, y a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Marañón Sociedad Anónima – EPS MARAÑON S.A, para su conocimiento y fi nes pertinentes.Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR MURILLO HUAMAN Presidente del Consejo Directivo 2270118-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 00032-2024-SUNARP/SN Lima, 12 de marzo de 2024VISTOS:El O fi cio Nº 860-2022-CG/SGE del 17 de noviembre de 2022, del Secretario General de la Contraloría General de la República; el O fi cio Nº 128-2024-SUNARP/ ZRIX/JEF del 16 de febrero de 2024, del Jefe (e) de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima; el Memorándum Nº 448-2024-SUNARP/OPPM del 4 de marzo de 2024, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 178-2024-SUNARP/OAJ del 6 de marzo de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 223-2023-SUNARP/SN del 29 de diciembre de 2023, se aprobaron los recursos que fi nancian el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, en el numeral 1.1. del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cado por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5’000,000.00 (Cinco Millones y 00/100 soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, en el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, se precisa que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refi ere el artículo 1 de la referida ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, se autoriza a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la precitada Ley, a realizar