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100 NORMAS LEGALES Sábado 23 de marzo de 2024 El Peruano / EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; VISTOS: El Informe N° D000044-2024-MML-GDH- SSPAE de la Subgerencia de Salud Pública y Agua de Emergencia, el Memorando N° D000265-2024-MML-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe N° D000075-2024-MML-OGPEM-OPEM de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización, el Informe N° D000316-2024-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D000629-2024-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza N° 2536, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó la creación del Programa Municipal “Veterinarias Solidarias de Atención Integral a la Mascota-VETSOL” y que establece la certi fi cación de establecimientos “Mascota Amigable” en la provincia de Lima, a través de servicios veterinarios integrales dirigidos a la salud pública, logrando con esto mitigar el riesgo de transmisión de enfermedades zoonóticas, a fi n de velar por la salud y bienestar de las mascotas, en el marco del cumplimiento de las normas vigentes de salud pública; Que, asimismo, el referido dispositivo normativo municipal en su Cuarta Disposición Complementaria, facultó al Alcalde Metropolitano de Lima para que, mediante Decreto de Alcaldía, establezca disposiciones adicionales y/o complementarias de ser necesario; así como, reglamente lo dispuesto en la ordenanza indicada en un plazo de noventa (90) días calendarios contados a partir de su entrada en vigencia; Que, mediante Memorando N° D000265-2024-MML- GDH, la Gerencia de Desarrollo Humano remite el proyecto de Reglamento de la Ordenanza N° 2536, Ordenanza que crea el programa municipal de “Veterinarias Solidarias de atención integral a la mascota-VETSOL” y que establece la certi fi cación a establecimientos “Mascota Amigable” en la provincia de Lima, el cual cuenta con opinión favorable sustentada mediante el Informe N° D000003-2024-MML-GDH-SSPAE-JBV del Área Legal de la Subgerencia de Salud Pública y Agua de Emergencia, la misma que fue ratifi cada por la referida unidad orgánica; Que, mediante Informe N° D000075-2024-MML- OGPEM-OPEM, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización (ahora O fi cina de Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera), emite opinión sobre el proyecto de Reglamento de la Ordenanza N° 2536, Ordenanza que crea el programa municipal de “Veterinarias Solidarias de atención integral a la mascota-VETSOL” y que establece la certi fi cación a establecimientos “Mascota Amigable” en la provincia de Lima, concluyendo lo siguiente: i) La elaboración del proyecto de reglamento derivado de la Ordenanza N° 2536 responde a una necesidad urgente y justi fi cada, en consonancia con los plazos establecidos y el encargo especí fi co dado a la Gerencia de Desarrollo Humano; ii) El proyecto de reglamento se alinea adecuadamente con los objetivos y procesos estratégicos delineados en el Plan de Gobierno 2023-2026, especialmente en lo que respecta a la promoción de la salud, la protección ambiental y el desarrollo socioeconómico. A su vez, se evidencia una clara coherencia con las políticas de salud pública, demostrando su contribución a la vigilancia, prevención y control de zoonosis, así como a la promoción de la salud animal y la protección ambiental; y, iii) La obtención de opiniones favorables por parte de las áreas técnicas competentes refuerza la viabilidad y pertinencia del proyecto, lo que respalda la recomendación de continuar con su trámite; Que, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos mediante el Informe N° D000316-2024-MML-OGAJ, emite opinión sobre el proyecto de Reglamento de la Ordenanza N° 2536, concluyendo entre otros que resulta conforme a la normativa vigente aprobar mediante decreto de alcaldía el proyecto de Reglamento de la Ordenanza N° 2536, Ordenanza que crea el programa municipal de “Veterinarias Solidarias de atención integral a la mascota-VETSOL” y que establece la certi fi cación a establecimientos “Mascota Amigable” en la provincia de Lima, de conformidad con lo sustentado por la Gerencia de Desarrollo Humano y la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización (ahora O fi cina de Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera); Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Ordenanza N° 2536, Ordenanza que crea el Programa Municipal “Veterinarias Solidarias de atención integral a la mascota-VETSOL” y que establece la certi fi cación de establecimientos “Mascota Amigable” en la provincia de Lima, el cual consta de dos (2) títulos, catorce (14) artículos y tres (3) disposiciones complementarias fi nales, que como anexo forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto de alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Humano, para que conforme a sus atribuciones y competencias ejecute las acciones que correspondan. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación del presente decreto de alcaldía en el diario o fi cial El Peruano, y a la Ofi cina de Gobierno Digital su publicación, incluyendo su anexo, en el portal institucional: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2272670-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza que autoriza la emisión de licencias temporales excepcionales para establecimientos comerciales con zonificación no compatible ORDENANZA Nº 495-2024/MDC Carabayllo, 6 de marzo de 2024 VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica; el Informe Nº 1393-2023-SC-GDELT/MDC de la Subgerencia de Comercialización; el Informe Nº 161-2023-GDELT/MDC de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo; el Informe Nº 144-2023-GPPCI/MDC de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional; el Informe Nº 535-2023-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 2402-2023-GM/MDC de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 02-2024-CDELyC/MDC de la Comisión de Desarrollo Económico; referidos a la Ordenanza que Autoriza la Emisión de Licencias Temporales Excepcionales para Establecimientos Comerciales con Zoni fi cación no Compatible. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú preceptúa que “las Municipalidades Provinciales y