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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2024 (23/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Sábado 23 de marzo de 2024 El Peruano / a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de las O fi cinas Generales de Logística y Finanzas, proceda con la adquisición de los pasajes aéreos internacionales en tarifa económica, la asignación de viáticos y seguro de viaje, conforme al detalle siguiente: Pasajes Aéreos (tarifa económica)Viáticos Seguro de viaje US$ 1 500,00US$ 849,00 (por 3 días)US$ 60,00 Artículo Tercero.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicios, la fi scal mencionada en el artículo primero de la presente resolución, deberá presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe detallado en el que describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la citada comisión materia de la resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, Gerencia General, O fi cina General de Logística, Ofi cina General de Finanzas, O fi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a la interesada, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2273319-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Autorizan transferencia financiera para cofinanciar proyectos mediante convenio entre el Gobierno Regional de Ayacucho y los gobiernos locales de la Región Ayacucho CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 024 -2024-GRA/CR Ayacucho, 7 de marzo de 2024EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 07 de marzo de 2024, trató y deliberó el Dictamen sobre autorización de transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales de la jurisdicción de la Región Ayacucho, por el monto de S/. 14’,783,752.00 soles; a solicitud del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de Gobierno Regional de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional Ley de Bases de la Descentralización y el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias. y demás disposiciones concordantes, vigentes en materia de descentralización y regionalización; Que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce las funciones y atribuciones que establece la Ley conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias y demás disposiciones concordantes, vigentes en materia de descentralización y regionalización; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 07 de marzo de 2024, se trató el O fi cio Nº 228- 2024-GRA/GR-GG presentado por la Gerencia General por el cual solicita al Consejo Regional cambio de rubro de fi nanciamiento a la propuesta de transferencia a los Gobiernos Locales aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 023-2024-GRA/CR, adjunta el Ofi cio Nº 219-2024-GRA/GR-GG-GRPPAT, Informe Nº 032-2024-GRA/GG-GRPPAT-SGF de la Sub Gerencia de Finanzas, Informe Nº 65-2024-GRA/GG-DRO-SGO e Informe Nº 61-2024-GRA/GG-DRO-SGO de la Sub Gerencia de Obras, “en atención al documento proveniente de la Sub Gerencia de Obras, el cual solicita el cambio de rubro de fi nanciamiento de 15. Fondo de Compensación Regional – FONCOR a 18. Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones dentro de la fuente de fi nanciamiento 5. Recursos Determinados, que informa la necesidad de este cambio a razón principalmente de la reciente publicación del Lineamiento Nº 04: LINEAMIENTOS SOBRE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS PARA LA EJECUCIÓN DEL GASTO EN PROYECTOS DE LOS PLIEGOS CON CARGO A SU PRESUPUESTO INSTITUCIONAL APROBADO DE LA DIRECTIVA Nº 0001-2024-EF/50.01 - DIRECTIVA PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA, APROBADO CON RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0009-2024-EF/50.01, en alusión al numeral 7.2, inciso g) La O fi cina de Presupuesto debe sustentar que la fuente de fi nanciamiento y rubro propuesto en la modi fi cación es válida para una transferencia fi nanciera, donde menciona además, que debemos Considerar el artículo 3 del DS Nº 038-2022 que defi ne como inversiones de impacto regional a aquellas que son de competencia de los gobiernos regionales, por lo que el rubro FONCOR no podrá ser propuesto para habilitar recursos a pliegos del Gobierno Nacional o a los gobiernos locales; e informa que este cambio de rubro de fi nanciamiento, no afectaría los montos a transferir a cada proyecto de los gobiernos locales, por lo que concluye que, en observancia al numeral 13.1 articulo 13 Ley Nº 31953 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, al numeral 4 y 5 del Lineamiento Nº 04 de la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 – Directiva para la Ejecución Presupuestaria, y el Lineamiento 4 ” Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en proyectos de los pliegos con cargo a su presupuesto institucional aprobado”, y demás normativas presupuestarias vigentes que se especi fi can en la parte II) y III) del presente informe, se proceda a continuar con los trámites correspondientes respecto a las transferencias fi nancieras a los gobiernos locales”; con la sustentación y lectura de los documentos, con el amplio debate del pedido por el pleno y con el voto mayoritario