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92 NORMAS LEGALES Sábado 23 de marzo de 2024 El Peruano / EF/50.01 - “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, establece que para efectuar modi fi caciones presupuestarias que impliquen la anulación o habilitación de créditos presupuestarios de inversiones y proyectos a los que se re fi ere los presentes Lineamientos, la O fi cina de Presupuesto, de la entidad, en coordinación con la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), según corresponda. Por otro lado, el numeral 7) de la norma legal invocada, señala que las entidades que realicen modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, autorizadas en el marco de la normativa vigente, con la fi nalidad de efectuar transferencias fi nancieras y de partidas, deberán habilitar la genérica “Donaciones y Transferencias” de Gasto de Capital, siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para fi nanciar inversiones. Asimismo, para el caso de transferencias fi nancieras se puede usar la genérica “Otros Gastos”, de corresponder; Que, el numeral 16 del Anexo 2 - “Lineamientos sobre Modi fi caciones Presupuestarias para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las Entidades Públicas, con cargo al presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022” de la Directiva Nº 002-2021-EF/50.01 - “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, precisa que las entidades que efectúen la anulación de los créditos presupuestarios de las inversiones y proyectos con cargo a los recursos de su presupuesto institucional no podrán solicitar recursos adicionales al Tesoro Público para cubrir las inversiones y proyectos cuyos créditos presupuestarios fueron anulados en el presente año fi scal; y es responsabilidad del Titular de la Entidad la priorización de los recursos de la entidad hasta la culminación de las referidas inversiones y proyectos en los años subsiguientes; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 07 de marzo de 2024, se trató solicitud del Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho sobre autorización de transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales de la jurisdicción de la Región Ayacucho, por el monto de S/. 4’,724,356.00 soles; admitido su tratamiento por el total de número de miembros del Consejo Regional, con la lectura de los documentos, en primer término se sometió a voto dispensar la emisión del dictamen por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional del Consejo Regional respecto a la propuesta, dispensa que fue aprobado con el voto unánime de los miembros; con el debate del pedido por el pleno con el voto unánime de los miembros se aprobó autorizar la solicitud de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de 03 Gobiernos Locales (distrital), por un monto de S/. 4’724,356.00, en el marco de la normativa de la Ley Nº. 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2024; Que, el literal a) y k) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y fi scalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; asimismo el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 29053, establece entre las atribuciones del Gobernador Regional de promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer (…) y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; asimismo el artículo 39º del cuerpo legal acotado establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modi fi catorias, Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR y normas conexas, el Consejo Regional con el voto mayoritario de los miembros, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONALArtículo Primero.- AUTORIZA R LA TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA COFINANCIAR PROYECTOS MEDIANTE CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Y LOS GOBIERNOS LOCALES (Municipalidades Distritales) de la jurisdicción de la Región Ayacucho, con cargo a la anulación del crédito presupuestario de los proyectos: Nº Meta CUI Nº Nombre del InversionesAnulación de CréditoFte. Fto.Rubro 1 0001 2277778INSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIÓN MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO UMPIKIRI Y MARGEN DERECHA DEL RÍO MAYAPO, EN LA LOCALIDAD DE MAYAPO, DISTRITO DE LLOCHEGUA - HUANTA - AYACUCHO1,590,242.00 RO 00 2 0002 2445848CREACIÓN DE SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES DEL RÍO CAMPOSCUCHO POR OCURRENCIAS DE LLUVIAS, DEL CENTRO POBLADO DE TUTUMBARU DEL DISTRITO DE SIVIA - PROVINCIA DE HUANTA - DEPARTAMENTO DE AYACUCHO1,680,536.00 RO 00 3 0003 2449501CREACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA PROBABLE INUNDACIÓN DE LOS RÍOS PUCCAMAYO Y MEJIAMAYO EN EL CENTRO POBLADO DE PALMAPAMPA DEL DISTRITO DE SAMUGARI - PROVINCIA DE LA MAR - DEPARTAMENTO DE AYACUCHO1,453,578.00 RO 00 TOTAL, ANULACION PRESUPUESTAL 4,724,356.00 Para co fi nanciar TRES (03) PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA en las Municipalidades distritales correspondiente a 03 municipalidades, respectivamente, conforme se detalla a continuación: Nº CUI Nº Nombre del InversionesHabilitación de CréditoFte. Fto.Rubro 1 050408-301837: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLOCHEGUA 1.1 2277778INSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIÓN MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO UMPIKIRI Y MARGEN DERECHA DEL RÍO MAYAPO, EN LA LOCALIDAD DE MAYAPO, DISTRITO DE LLOCHEGUA - HUANTA - AYACUCHO1,590,242.00 RO 00